Fiscalía apeló la decisión del juez santafesino Rodolfo Mingarini, que dejó en libertad a un hombre imputado por abuso sexual. Se trata del magistrado por el que se abrió una investigación administrativa por orden de la Corte Suprema provincial, tras contemplar durante la audiencia imputativa, que el acusado se colocó un profiláctico, entre otras cuestiones de su análisis del caso. Al mismo tiempo, el Procurador General Jorge Barraguirre pidió el legajo de un fallo anterior de Mingarini (ver nota aparte).
Para el equipo de fiscales que presentó el recurso, la reciente resolución de Mingarini contiene "graves y evidentes prejuicios de género", por lo que aseguran que la presentación del recurso "no es una mera disconformidad" con lo resuelto, sino con los fundamentos. Reclaman que se anule el fallo y se dicte la prisión preventiva del acusado. También apuntaron a la "nacesidad de evaluar los casos con perspectiva de género y desterrar prejuicios".
En un escrito firmado por el equipo de fiscales compuesto por Celeste Minniti, Alejandra Del Río Ayala, Matías Broggi y Roberto Olcese, de la Unidad Fiscal Especial de Violencias de Género, Familiar y Sexual, se cuestionan las consideraciones que llevaron a la decisión del juez, por entender que falta perspectiva de género.
Una de las cuestiones a las que apuntaron tiene que ver con frases que "implican una referencia implícita a una exigencia de que la violencia desplegada sea de cierta magnitud", por lo que aclararon que "la tipificación penal no establece en ningún sentido una exigencia de magnitud".
También plantearon que "corresponde que se comience a pensar en cómo acciones históricamente acontecidas afectaron a víctimas de carne y hueso, dejando la construcción teórica y la especulación sobre la afectación para el campo de la dogmática, ya que a diferencia de los autores que pueden postular situaciones imaginarias, los jueces se encuentran frente a sucesos reales".
En otro de los agravios, apuntaron a una "falta de imparcialidad por razonamiento basado en estereotipos de género, lo cual convierte a la resolución en nula". "En varios pasajes de la resolución (el magistrado) incurre en graves y evidentes prejuicios de género. Su razonamiento parte de un condicionamiento de cómo debe comportarse una mujer -adulta- ante una agresión sexual, el cual presupone que debe resistirse, para luego continuar sobre cuál debe ser su grado de resistencia -física, por cierto-, y las lesiones que deberían existir ante una violación sexual ‘por la fuerza’".
El escrito expresa que "el tipo penal no exige resistencia alguna (por parte de la víctima). Menos aún, podría exigir una resistencia en todo momento, heroica, continua, hasta el último aliento -que sí es la que parece estar exigiendo el juez-, por lo que es perfectamente posible colocarse un preservativo en circunstancias como las descriptas".
Al mismo tiempo, la apelación menciona que el magistrado "olvida que (la víctima) puede haber quedado paralizada por el miedo o que puede haber reaccionado de cualquier otra forma, ya que no existe una única reacción, menos aún una correcta, al igual que no existe una única víctima".
Para los fiscales, el juez concluyó "guiado por premisas tradicionalmente utilizadas para responsabilizar a las víctimas de este tipo de delitos, y juzgar sus comportamientos antes, durante, o después de las violaciones sexuales". Incluso, evidencian en la resolución "aquel cliché que los estudios de género en materia de estereotipos, suelen resaltar y que sigue siendo una constante en resoluciones de algunos magistrados de los tribunales santafesinos el invocar circunstancias que pretenden hacer ver a las mujeres o a quienes denuncian bajo los roles de “(des)honesta”, “instrumental”, “mendaz”, “corresponsable” o “fabuladora”.
Para los fiscales, "el juzgar con perspectiva de género lleva consigo garantizar el ejercicio de los derechos de las mujeres, a la igualdad de género y a una tutela judicial efectiva, evitando realizar valoraciones de cómo deben comportarse las personas en función de su sexo o género, desalentando el sesgo discriminatorio que tradicionalmente ha regido la valoración probatoria a través de visiones estereotipadas y prejuiciosas sobre la víctima".
Caso. El 2 de junio pasado, la periodista Bárbara Favant publicó en el portal feminista santafesino Periódicas, que "una mujer del norte de la ciudad de Santa Fe denunció que un albañil que trabaja frente a su casa ingresó a su domicilio y la abusó sexualmente. Ante la policía, dijo textualmente: 'Me violaron'. De acuerdo a la presentación que hizo la fiscal Minitti, en la audiencia por medidas cautelares".
Preocupación. En la red social Facebook, la Mesa Ni Una Menos Santa Fe manifestó preocupación por la designación del juez Alejandro Tizón (para la investigación administrativa del accionar de Mingarini). "Pues existe el antecedente que ya ha respaldado a Mingarini en un fallo de tenor machista, carente de enfoque de género. Dicha preocupación no sólo se funda en la estrecha relación que ambos mantienen como presidente y vice del Colegio Pleno de Jueces Penales sino que además se sienta en el precedente de otro caso de violencia de género donde Tizón, en segunda instancia, avaló la decisión de Mingarini, por la que un violento que había quemado y golpeado a una mujer quedó en libertad, negando el pedido de prisión preventiva solicitado por la Fiscal a cargo, dejando a la víctima en situación de desprotección y expuesta a nuevas agresiones del violento. Ante este panorama alarmante nos pronunciamos, las mujeres y diversidades organizadas no admitiremos ni justicia machista ni protección corporativa. Basta de violadores y violentos sueltos", expresaron.