En diez días una empresa que tiene un emprendimiento de producción de cueros en el barrio Atocha, en jurisdicción del municipio San Lorenzo, cercano a la ciudad de Salta, deberá presentar “un informe circunstanciado, aportando todas las pruebas que estime pertinentes en sustento de sus derechos”, tras la solicitud de clausura del lugar.
Así lo dispuso el juez de la Sala III de la Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial, Marcelo Domínguez, quien abrió un proceso de amparo colectivo, dispuso la comunicación pertinente al Registro de Procesos Colectivos de la Corte de Justicia de Salta y ordenó que la demandada presente en el plazo otorgado un informe circunstanciado, aportando todas las pruebas que estime pertinentes en sustento de sus derechos.
La presentación fue realizada por el fiscal Civil, Comercial, del Trabajo y en lo Contencioso Administrativo Nº 1, Rodrigo Erazo Schmidt, quien solicitó la clausura de la curtiembre Lauju SRL, por realizar actividades ambientales sin la debida gestión de efluentes.
En diálogo con Salta/12, el fiscal explicó que la causa tuvo su origen en 2009, cuando por noticia criminis se inició una investigación de la curtiembre por olores nauseabundos. A diez años de iniciada la causa, y cuando se iba a enviar a archivo, se solicitó a los especialistas ambientales del Cuerpo de Investigaciones Fiscales (CIF), que hicieran una inspección al lugar. “Se dan con que la situación no había cambiado en nada a pesar del tiempo transcurrido”, sostuvo el fiscal al indicar que fue entonces que levantaron las muestras y marcaron las irregularidades en las que incurría la empresa a nivel administrativo.
Se instó entonces a la Secretaría de Ambiente de la provincia a ejercer sus funciones de control y fue entonces que se intimó a la empresa a presentar el Certificado de Aptitud Ambiental y la certificación del tratamiento de efluentes. Esto aconteció en 2019, y la empresa solicitó prórroga. “Los tiempos se dilataron hasta que no quedó otro camino que el de iniciar el amparo ambiental”, dijo Erazo Schmidt.
En el marco de la causa judicial iniciada, la Procuración denunció que para el proceso de curtido de cueros se generan efluentes que en su composición poseen metales pesados nocivos -tales como plomo, cromo, cobre y manganeso-, sumamente peligrosos para la salud y el ambiente, sin ningún tipo de estudio de impacto ambiental. Además, los efluentes son volcados –a través de una cañería de aproximadamente 200 metros- en el arroyo Isasmendi.
En el amparo ambiental colectivo, el fiscal destacó que “el principio precautorio que rige en materia ambiental invita a actuar antes de que se obtenga la prueba de un riesgo real para el medio ambiente y la salud de los ciudadanos”. El funcionario del Ministerio Público Fiscal añadió que con este proceso “lo que se busca no es impedir el desarrollo de la industria lícita, pero si una gestión ambiental adecuada”. Pese a que este medio intentó contactar a los socios de la firma, se hizo saber que no darían declaraciones.
Actuaciones administrativas
Ante la falta de cumplimiento a normativas administrativas y ambientales en 2019, la Secretaría de Medio Ambiente y Desarrollo Sustentable de la Provincia de Salta informó que, en calidad de autoridad de aplicación de la ley 7070, se procedería a elaborar un Plan de Gestión Ambiental conjunto entre los distintos organismos competentes: las secretarías de Recursos Hídricos y de Industria de la provincia de Salta; la Municipalidad de San Lorenzo y representantes de la curtiembre.
El 3 de marzo de 2020 todas las partes mantuvieron una reunión en la que se intimó a Lauju SRL para que en el plazo de 10 días regularice su situación ante el Programa Registros Ambientales adjuntando Memoria Técnica del Sistema de Producción; en el plazo de 30 días, presente ante la Secretaría de Industria de la Provincia de Salta, una Auditoría Ambiental y un plan de Gestión Ambiental que contemple entre otros datos, acciones relacionadas con el tratamiento, disposición final y plan de monitoreo (incluyendo plazos de ejecución, indicadores y frecuencia de medición) de los residuos, efluentes y emisiones que la actividad industrial de procesamiento de cueros.
Asimismo, también en el plazo de 30 días debe presentar el "Uso conforme" en el ámbito municipal; tiene igual plazo para presentar la documentación tendiente a regularizar la inscripción del pozo de agua preexistente que utiliza para su proceso industrial; debe tramitar la concesión de agua para uso industrial y comunicar el sistema de tratamiento de efluentes indicando puntos de vuelco a cursos de agua con georreferenciación ante la Secretaría de Recursos Hídricos.
En junio de 2020, y ante consultas de la Fiscalía sobre avances en la causa, la Secretaría de Medio Ambiente y Desarrollo Sustentable realizó una inspección en el predio, dejando expuesto en el informe que: “Ya habiendo ingresado al lugar encontramos, almacenamiento de los siguientes productos los cuales pueden asociar todos al curtido de cueros: Sulfato de cromo, Ácido oxálico, Sulfato de amonio, Ácido Bórico, Ácido fórmico”. El informe reseña también que encontraron “a 3 personas trabajando para llevar el caño por otro camino al mismo arroyo de descarga, la zanja elaborada para pasar el caño pasaba a la altura del cordón cuneta de la calle de atrás de la empresa y luego atraviesa un predio cercano a la misma para dirigirse al arroyo”. Y concluye: "existen impactos ambientales que la empresa debe minimizar a fin de evitar la contaminación ambiental provocada por el vuelco de efluentes, el tratamiento de residuos peligrosos y el uso irresponsable de los recursos naturales de uso público, como lo es el agua que se utiliza en el proceso”. Sin embargo, se le otorgó a Luaju un “nuevo plazo improrrogable de 20 días”.
En octubre de 2020, Ambiente informó a la Procuración General que no había recibido ninguna presentación de Lauju SRL, pero que la Secretaría de Industria recibió un “Plan de Gestión Ambiental” que “no cumple las condiciones mínimas para poder ser evaluado y acompañar a la empresa en un camino a una producción amigable con el medio ambiente”.
Ya en febrero de este año, la División Rural y Ambiental de la Policía verificó que la curtiembre se encuentra funcionando, reconociendo que los efluentes industriales líquidos son conducidos por una cañería de aproximadamente 200 metros hacía el arroyo Isasmendi.
Por otra parte, una vecina del lugar realizó una denuncia –que se tramita en la Unidad Fiscal Contravencional- contra Lauju por arrojar residuos en lugares públicos, lo que derivó en una investigación sobre la posible pinchadura o rotura del caño soterrado que transporta efluentes desde la curtiembre al arroyo Isasmendi.