Un hombre de 70 años quedó detenido por violar la orden judicial de la jueza de Violencia Familiar y de Género N° 1 de la ciudad de Salta, Noemí Valdez, que establecía la prohibición de acercamiento a la madre de sus hijos. El sujeto se encontraba esperando a la mujer cuando fue a solicitar asesoría a la Defensoría Oficial de Violencia Familiar y de Género. La defensora Liza Medrano, que conoce al hombre porque está interviniendo en otras causas en las que está involucrado, solicitó la intervención policial cuando se enteró que existía una perimetral.
Medrano destacó ante Salta/12 que cuando hay una orden judicial de prohibición de acercamiento y el agresor la incumple, aunque haya consentimiento de la víctima para el encuentro, se está ante "la comisión de un delito" y "deberá proceder el personal policial" cuyo deber, aclaró, no es pedirle que se vaya, sino aprehenderlo. “El actuar policial frente a supuestos como el acontecido, sorprender en flagrancia en la comisión de un delito, es obligatorio, no opcional, ya que la norma estipula claramente que en dichos casos tienen el deber de aprehender”.
El pasado 11 de junio, una víctima que tendría 23 o 24 años acudió a las dependencias del Ministerio Público de la Defensa acompañada de un hombre de 70 años, quien es el padre de sus hijos menores de edad y la aguardaba en un espacio verde del edificio.
Medrano había visto al hombre en el edificio y lo conocía por intervenir en otras causas que lo involucran, al tomar conocimiento de que había una orden judicial que establecía una perimetral de 300 metros respecto de la víctima, dispuso la intervención de las fuerzas policiales. La defensora oficial indicó que estaba obligada a denunciar, como cualquier ciudadana, que se está cometiendo un delito. "Fue en flagrancia", aclaró. El hombre, sobre quien pesa además una medida de exclusión de hogar, fue detenido por personal policial a pedido de la fiscala de Violencia Familiar y de Género N° 1, Claudia Geria.
La defensora dijo que la víctima fue a buscar asesoría "a los fines de que se le explique en que consistían las medidas, alcances de la orden judicial, cuando pierden vigencia. Se la asesoró y se le encomendó que las medidas debían cumplirse", manifestó.
Medrano explicó que no puede representar a la víctima por intereses contrapuestos con otras personas a las que está asistiendo. En Salta Capital hay solo dos defensorías, y ante la ausencia de la otra defensora ella estaba de interina también en sus funciones, por ello se le ofreció la representación de un "defensor ad hoc".
Otro aspecto destacable de este caso es que la primera intervención de la jueza Valdez cuando dictó las medidas cautelares no se dió por denuncia de la víctima, sino de un tercero. Medrano señaló que muchas veces las víctimas no realizan las denuncias por temor, o porque han naturalizado la situación de violencia, y por ello, explicó que un tercero puede hacer la denuncia, incluso de forma anónima, y también funcionarixs o un organismo público. "Muchas víctimas sufren hechos atroces dentro del domicilio y no se animan a denunciar", ejemplificó. Además, dijo que lxs jueces y fiscales deben intervenir y que se tienen que dictar las medidas de protección para la víctima antes de llamarla a una audiencia para ratificar o rectificar.
La defensora indicó que se deben analizar la situaciones particulares, y destacó que "las denuncias no se levantan" y "no se dejan sin efecto", sino que se tienen que investigar y aunque haya una rectificación, son de suma importancia los informes interdisciplinarios, "la ley dice que si la víctima no ratifica las actuaciones deben archivarse siempre y cuando (los hechos denunciados) no constituyan un delito de acción publica". La defensora también sostuvo que las órdenes judiciales de prohibición de acercamiento solo pueden ser levantadas por el juez o la jueza intervinientes, no por el consentimiento de la víctima.
"En muchos casos las denuncias no se sostienen por la víctima por las características de la violencia de género o ciclos de violencia", explicó Medrano. Dijo que "en la mayoría de los casos de violencia familiar y de género, (las víctimas) sufren manipulación, logran hacer la denuncia, se arrepienten, perdonan al agresor, se sienten culpables, tratan de levantar la medida, y vuelven a ser víctimas de violencia".
En esta situación particular del hombre que fue detenido, "no se sabe si la está coaccionando para que levante las medidas o la manipula", indicó Medrano. El hecho de que la víctima fuera en compañía del agresor a los estrados judiciales para la defensora implica "demasiada impunidad". Indicó que es necesario actuar para que el mensaje también sea correcto porque muchas veces el agresor coacciona a las víctimas diciéndole "a mí nadie me hace nada".
El delito de desobediencia judicial puede implicar detenciones de 15 días a 6 meses, detalló la defensora. Dijo que lo ideal es poder trabajar con la víctima mientras el agresor está privado de la libertad, "decirle que hay otro camino y no vivir en la violencia". Precisó que es un trabajo profundo, y que como defensoras les cuesta sostener a las víctimas. Contó que requieren de la articulación con el Polo de las Mujeres, para que las víctimas tengan acceso a programas sociales y asistencia económica. La jueza Valdez ya requirió la intervención del Polo ante la situación de la joven sobre la que trata esta nota.
El hombre que incumplió la perimetral tiene además otros procesos penales abiertos por abuso sexual con acceso carnal continuado, y agravado. Una de las víctimas es su propia hija, quien lo denunció 14 años después de cometidos estos delitos. Aunque hubo un pedido de privación de la libertad por esta causa, fue rechazado por el juzgado de garantías interviniente. En 2018, la defensora cursó acciones para las asesorías de menores e incapaces, para anoticiar respecto al perfil psicológico de este hombre debido a que tenía hijos pequeños.