Por segunda vez, el juez Sebastián Casanello cerró una causa iniciada por el Grupo Macri contra la fiscala Gabriela Boquin, quien interviene en el concurso de acreedores del Correo Argentino y había logrado frenar un acuerdo para licuarle la deuda durante el gobierno de Mauricio Macri, con el entonces presidente de los dos lados del mostrador. La denuncia de origen también apuntaba al actual procurador del Tesoro, Carlos Zannini, quien pidió la quiebra de la empresa postal, y a Ricardo Nissen, el titular de la Inspección General de Justicia, que informó sobre balances irregulares. En sintonía con el fiscal Carlos Rívolo, Casanello dijo que no advierte ningún delito y que la empresa se queja por decisiones judiciales que no son de su agrado, adoptadas en otro fuero (el Comercial), donde tiene la posibilidad de presentar recursos que revisen las resoluciones adversas. "Ante esa ausencia de posibles conductas ilícitas por parte de funcionarios públicos, no corresponde a este fuero criminal federal emitir opinión ni ejercer jurisdicción en asuntos que exceden su competencia", señala la resolución a la que accedió Página/12.
Casanello tuvo que reabrir la causa por orden de la Cámara Federal que, con las firmas de Martín Irurzun y Mariano Llorens, le dijo que no había investigado suficiente y le ordenaba hacer todas las medidas que pedía Correo-Macri, desde investigar las llamadas de las y los funcionarios/as denunciados/as y también las de la exprocuradora Alejandra Gils Carbó, hasta incluso meterse en sus correos electrónicos. Además de solicitar convocar a declarar como testigos a periodistas de La Nación, al exministro de Justicia Germán Garavano, al exsenador y actual auditor Miguel Angel Pichetto y al diputado de JxC Pablo Tonelli, además del director de la empresa, Jaime Cibils Robirosa, que es uno de los interesados en impulsar la denuncia y que está imputado en otro juzgado precisamente por obtener ventajas del gobierno de Macri, otro interesado. El fallo del tribunal daba aire a una denuncia que, como es ostensible, tenía como función ejercer un contraataque a todas las investigaciones penales contra los Macri y el expediente del concurso de acreedores que puede terminar en la quiebra del Correo.
El juez no ordenó ninguna de esas medidas, el fiscal tampoco las impulsó. Consideraron que bastaba con mirar el expediente que tramita en el juzgado de Ariel Lijo, donde están involucrados los titulares del Correo y el ex ministro de Comunicaciones Oscar Aguad, por el acuerdo que fue denunciado por Boquin en febrero de 2017. El problema para la empresa es que la fiscala no sólo detectó aquella posible trampa para ahorrarle al Correo el pago de su deuda millonaria --hoy ronda los 6 mil millones de pesos--, sino que también denunció un sinfín de maniobras para vaciar a esa firma y desviar dinero en favor, entre otras, de otras sociedades del grupo que son Socma y Sideco. Cada evidencia mostrada por Boquin fue complicando el panorama para el futuro de la empresa, para la que crecen las posibilidades de ser declarada en quiebra en un proceso que, además, lleva 20 anómalos años, una duración récord.
El mecanismo de la Cámara recuerda al que aplicó, también con Irurzun a la cabeza, cuando Casanello tenía a cargo la causa contra Lázaro Báez por lavado de dinero, que el propio tribunal se empecinaba en llamar "Ruta del dinero K". Eso era porque fallo tras fallo le ordenaba al juez que investigara a Cristina Fernández de Kirchner hasta que le indicó que la tenía que llamar a indagatoria. De todos modos, terminó con falta de mérito y no hubo ningún exfuncionario en el banquillo. Si el Correo ahora apela, como es posible que suceda, la cámara tendrá otra integración: además de Irurzun, intervienen Eduardo Farah y Roberto Boico.
En esta ocasión, el Correo de los Macri buscó acusar a la fiscala Boquin de intentar dañar a la empresa a través de sus dictámenes y con supuestos datos falsos; cuestionó en particular el dictamen que consideraba abusivo el acuerdo entre el Correo y el Estado (cuando Macri era presidente); le adjudicó cálculos equivocados sobre ella (pese a que hasta la Dirección de Asistencia Judicial en Delitos Complejos los avaló); reprochó sus denuncias sobre operaciones de vaciamiento y el requerimiento para urgir el proceso de "salvataje"; sostuvo que Boquin se apartó de sus funciones.
En la primera denuncia, la empresa se había quejado de que le hubieran designado una interventora, Flor Inés Farber, y que la elección hubiera sido por sorteo (alegan que se pudo manipular, aunque la justicia ya les señaló que pudieron haberlo presenciado). Ya Rívolo había replicado el año pasado que tanto la jueza Marta Cirulli, como Boquin, como la Procuración del Tesoro era parte y tienen un "interés legítimo" en el proceso, por lo que pueden hacer los planteos que quieran. Para el Correo es el Estado el que les debe dinero y no al revés, y la rescisión del contrato en 2003, que derivó en la expropiación, es ilegítima.
El fiscal Rívolo dictaminó que “de haber existido efectivamente omisiones o falsedades en los dictámenes de la fiscal o en las decisiones tomadas por la jueza del concurso, o incluso en las intervenciones de la IGJ, los aquí denunciantes, como parte en ese proceso, cuentan con todos los remedios procesales para poder cuestionarlos en dicho ámbito, y con el derecho que garantiza el acceso a la doble instancia, para que un magistrado de instancia superior revise tales cuestiones (…) no se han aportado constancias que demuestren que dichos actos hayan sido eventualmente declarados nulos o se hayan visto revertidos al ser sometidos a consideración de las instancias revisoras del proceso". El juez apoyó esos argumentos y agregó: "El contexto y los antecedentes descriptos, en el marco de los cuales se suscitaron los hechos inicialmente traídos a estudio, completan un escenario que confirma que aquellos no constituyen hechos delictivos que correspondan a esta instancia penal, sino circunstancias acaecidas en el marco de un complejo vínculo contractual que se remonta a años atrás, como así también en ocasión de la posterior sustanciación de un proceso judicial concursal".
El fallo subraya que todos los funcionarios judiciales señalados por el Correo cumplieron sus funciones y que cualquier crítica la empresa debía plantearla en el expediente del concurso, no en Comodoro Py. En el análisis de antecedentes tampoco se encontraron, dice, actos que "hubieran sido declarados nulos ni revertidos de algún modo al ser sometidos a consideración de las instancias revisoras del proceso". La empresa querellante, agrega Casanello, tampoco presentó una "hipótesis de acusación con elementos que ameriten el inicio de una investigación. Ante esa ausencia de posibles conductas ilícitas por parte de funcionarios públicos, no corresponde a este fuero criminal federal emitir opinión ni ejercer jurisdicción en asuntos que exceden su competencia".