La Corte de Tucumán tiene la oportunidad histórica de pronunciarse sobre la obligación de investigar con debida diligencia cuando una mujer denuncia que recibió violencia institucional al ser atendida en un hospital público por un aborto. Hace más de un año que el máximo tribunal del país le ordenó a la Corte provincial que dicte sentencia en un caso emblemático, revelado en su momento por Página/12 y conocido como “María Magdalena”, el nombre ficticio de una paciente que en 2012 tenía 26 años y era madre de tres hijos, y llegó con un aborto en curso para ser atendida en la Maternidad Nuestra Señora de las Mercedes. Las dos ginecólogas que la atendieron llamaron a la policía para denunciarla ante la sospecha de que se había hecho un aborto, y dejaron ingresar a la madrugada a la sala de partos comunitaria –donde había parturientas y sus familiares– a dos uniformados para tomarle declaración. Pero antes la sometieron a un interrogatorio cargado de maltrato, le practicaron un legrado sin anestesia, de acuerdo con el testimonio de la paciente, y a continuación hicieron entrar nuevamente a su pareja con el objeto de mostrarle al feto que se la acusaba de haber abortado.
“El fallo de la Corte provincial podría sentar un precedente fundamental para la protección de los derechos de las mujeres que van a atenderse a un hospital”, señaló la abogada Soledad Deza, de Mujeres x Mujeres, representante legal de María Magdalena.
El 27 de febrero de 2020 la Corte Suprema de Justicia de la Nación anuló la orden de archivo de la causa contra las dos médicas que había dictado el tribunal superior de Tucumán y le indicó que reabra la investigación. La sentencia del máximo tribunal argentino se fundamenta en el artículo 7º de la “Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer”, conocida como Convención de Belén do Pará, que establece la obligación de los Estados de investigar con debida diligencia las violencias. La Maternidad Nuestra Señora de las Mercedes depende del gobierno provincial y está ubicada en la capital tucumana.
La causa lleva en la justicia nueve años. Vergonzosamente, todas las instancias judiciales de Tucumán se negaron a investigar la violación de secreto médico y las violencias denunciadas por María Magdalena. Es probable que si el caso se hubiera investigado y se hubiera sancionado a las médicas responsables, no se habría repetido la situación unos años después, en 2014, con la denuncia contra Belén ante la sospecha de que se había practicado una interrupción voluntaria de embarazo: otro caso paradigmático, de una joven que tras sufrir un aborto espontáneo en el Hospital Avellaneda, de Tucumán, terminó con una condena arbitraria por homicidio doblemente agravado y encarcelada casi 900 días. Luego, en 2017, la misma Corte tucumana la absolvió.
Las médicas que denunciaron a María Magdalena son Claudia Callejas y Alejandra Berenguer, la primera era jefa de guardia y la otra residente en el Hospital María de las Mercedes. Callejas fue denunciada este año en la justicia de Calafate, Santa Cruz, por violencia obstétrica durante un parto. María Magdalena fue absuelta por la denuncia de aborto.
Es curioso pero la mayoría de los integrantes de la corte tucumana se excusaron de intervenir en la causa que espera sentencia: la jueza Eleonora Rodríguez Campos por ser sobrina de Edmundo Jiménez, el Ministro Fiscal que opinó que debía archivarse el caso; Daniel Posse y Antonio Estofan porque firmaron la sentencia anulada por la Corte Suprema de la Nación; y Claudia Sbdar, sin motivo. La querella cuestionó el planteo de Sbdar pero no fue tratado por el tribunal. Solo quedó Daniel Leiva como miembro de la corte tucumana para dictar el fallo y por esa razón tuvieron que conformar el tribunal con otros dos magistrados: Fabián Fradejas y Carolina Bahler. Fradejas es uno de los jueces que --como miembro de la Cámara Penal III de Tucumán-- condenó sin pruebas a Belén, en una causa que se inició como “aborto seguido de presunto homicidio”, tipo penal imposible e inexistente, y luego se recaratuló como “homicidio doblemente agravado por el vínculo y por alevosía”, y le aplicaron 8 años de cárcel.
Cinco organizaciones que defienden los derechos humanos se presentaron como amicus curiae en el expediente que tramita en la corte tucumana para acompañar el planteo de la querella y señalar que se deben investigar las violencias denunciadas por María Magdalena: Amnistía Internacional, el CELS, la Asociación Católicas por el Derecho a Decidir, la Fundación para el Desarrollo de Políticas Sustentables (Fundeps) y el Instituto O´Neill for National and Global Health Law en la Universidad de Georgetown.
¿Qué pasó con la denuncia de María Magdalena?
El primero que ordenó el archivo de la denuncia contra las médicas fue el fiscal Arnoldo Suasnabar con el argumento de que cuando hay sospechas de maniobras abortivas, los médicos tienen obligación de denunciar. Entonces, no había violencias y nada que investigar. En esa resolución –que ninguna instancia judicial quiso revisar en Tucumán–, el fiscal sostuvo que la relación médico paciente en el ámbito público es “no formal”, creando así una diferencia jurídica, restándole derechos. Es decir, las personas que se atienden en hospitales públicos no gozan, a su criterio, del derecho a la confidencialidad en la relación médico paciente. La abogada de María Magdalena, Soledad Deza, apeló la decisión del fiscal, pero su planteo no tuvo eco ni en el juzgado de Instrucción a cargo del juez Carlos Pisa, ni en la Cámara de Apelaciones en lo Penal ni en la Corte provincial, donde sucesivamente se fue archivando la causa. Hasta que la Corte de Justicia de la Nación ordenó que se reabra.
¿Qué denunció María Magdalena?
El hecho que disparó la denuncia contra las dos médicas ocurrió en el verano de 2012. María Magdalena ingresó a la guardia de la Maternidad María de las Mercedes en la madrugada del 12 de enero con fuertes dolores abdominales. La acompañaban su pareja y su madre. “Luego de maniobras ginecológicas de exploración, se me acusa de haberme provocado un aborto”, contó en la denuncia, que realizó con el patrocinio de Deza. La mujer negó haberse sometido a un aborto y contó que estaba bajo tratamiento por una patología biliar y que utilizaba un método anticonceptivo inyectable. Ambos tratamientos le fueron proporcionados en el CAPS (Centro de Asistencia Primaria de Salud) de la zona donde vivía, en el departamento tucumano de Cruz Alta. María Magdalena negó además conocer que estaba embarazada, incluso detalló que en diciembre –es decir, un mes antes– le habían hecho una ecografía abdominal donde no le informaron de ninguna gestación en curso.
Pero las médicas en la guardia Callejas y Berenguer, jefa y residente, la interrogaron en un contexto de profundo maltrato, según denunció. “El acoso del personal médico fue de tal magnitud que mi madre se vio presa de un ataque de nervios y mi pareja se vio fuertemente consternada no sólo con la sorpresa del embarazo que – reitero– desconocíamos, sino además con el trato que se me proporcionaba: altamente violento, hostigador y acusador, lo cual me llevó a permanecer casi todo el tiempo en estado de llanto”, detalló en la presentación judicial. “Luego se me hizo un legrado, sin recibir anestesia, y se hizo ingresar nuevamente a mi pareja con el objeto de mostrarle el feto que se me acusaba de haber abortado. La madrugada fue para mí insoportable, no sólo por los dolores físicos sino por el maltrato psicológico. En todo momento se me agredía verbalmente y las médicas que me atendían en ese momento emitían juicios de valor sobre mi conducta, que ya habían juzgado como delictiva y cruel. Llegaron a decirme en presencia de mi pareja que por lo que había hecho “él ni siquiera flores me iba a llevar a la tumba si yo me moría de una infección”. Aclaro que es el padre de mis tres hijos y estamos juntos desde hace más de 10 años, pese a mis cortos 26 años de vida”, detalló María Magdalena en la denuncia.
Las médicas llamaron a la policía y denunciaron a la mujer por la supuesta realización de un aborto. Cuando los uniformados ingresaron a la sala de internación comunitaria, interrogaron a María Magdalena, con el consentimiento de las dos ginecólogas. La mujer negó en todo momento haber interrumpido un embarazo. “Sin embargo, las acusaciones del personal médico eran permanentes y de viva voz, con lo cual recibí también la censura de las demás parturientas, lo cual agravaba aún más mi desazón al ver que las mismas personas que me acusaban y maltrataban eran de las cuales dependía mi salud. Por la mañana ingresó una psicóloga donde yo estaba internada y al constatar que me rodeaban dos policías uniformados y uno de seguridad privada en el lecho de convalecencia, quienes además me hacían preguntas sobre la denuncia formulada por mis médicas tratantes, ordenó se retiraran de inmediato, me llevaran a un lugar donde dispusiera de privacidad y dijo expresamente que se estaba violando mi intimidad”, siguió María Magdalena en su denuncia. Esa psicóloga y otras dos más que vieron la escena dejaron constancia de la violación del secreto profesional, de la intimidad y de la violencia obstétrica contra la paciente. Según pudo saber la abogada de la paciente, las psicólogas presentaron una nota a la subdirectora de la Maternidad, María Inés Martinini, y al jefe de Partos, dando cuenta de la violación de los derechos de la paciente, pero luego de una investigación interna las autoridades hospitalarias, con un dictamen de la abogada Daniela De Francesco, resolvieron archivar el caso.