La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (Anmat) prohibió este lunes la comercialización en todo el país de una marca de miel por no cumplir con la normativa alimentaria.
De acuerdo a la Disposición 4706/2021 publicada en el Boletín Oficial establece la la prohibición de “la elaboración, fraccionamiento y comercialización en todo el territorio nacional del producto: " Miel Floral 100% Natural, marca Estancia Las Margaritas, RNE: 04001370 - RNPA: 04013478, Ruta Nac. N° 8 Km. 614 Holmberg - Córdoba Argentina”.
El Departamento Vigilancia Sanitaria y Nutricional de los Alimentos del Instituto Nacional de Alimentos (INAL) intervino en el caso después de la denuncia de un consumidor que alegó que “el producto estaría adulterado”.
“El INAL realizó las consultas federales a la Dirección General de Control de la Industria Alimenticia de la provincia de Córdoba, a fin de verificar si los registros sanitarios exhibidos en el rótulo del producto investigado se encuentran habilitados, a lo que informó que el RNE y RNPA son inexistentes”, expresa la Disposición.
El texto sostiene que “por tratarse de un producto que no puede ser identificado en forma fehaciente y clara como producido, elaborado y/o fraccionado en un establecimiento determinado, no podrá ser elaborado en ninguna parte del país, ni comercializado ni expendido en el territorio de la República”.
Asimismo, Anmat advierte que está prohibida la comercialización de “todos aquellos productos que exhiban en sus rótulos los registros sanitarios RNE N° 04001370 y RNPA N° 04013478” porque los registros que usan son inexistentes y, en consecuencia, ilegales.
Finalmente, la Disposición señala que como no se puede garantizar la trazabilidad, condiciones de elaboración, la calidad ni la inocuidad del producto, el Departamento de Rectoría en Normativa Alimentaria del INAL recomienda “prohibir la elaboración, fraccionamiento y comercialización en todo el territorio nacional del citado alimento”.