Con la premisa de no generar confusión en el electorado y favorecer una captación indebida de votos, y tomando en cuenta los antecedentes de las últimas elecciones nacionales y de las próximas provinciales, el juez Federal 1, Julio Bavio, resolvió concederle la denominación de Frente de Todos a la alianza que integra, entre otros, el Partido de la Victoria.
De esta manera el otro frente solicitante, encabezado por el Partido Justicialista, deberá buscar otro nombre para competir en las elecciones nacionales, aunque todavía tiene la instancia de apelar el fallo del juez salteño en la Cámara Electoral Nacional.
Bavio en sus argumentaciones cita a la Corte Suprema de Justicia, que señala en un fallo anterior “que el nombre partidario no deberá provocar confusión material o ideológica. Cabe resaltar que, tal como fue puesto de manifiesto por el máximo Tribunal, al regular la denominación partidaria, ‘el sistema de la ley 23.298 procura eliminar la confusión del electorado y la captación indebida de adherentes’”.
También considera que “la mayoría de los partidos que participaron en las elecciones nacionales del año 2.019, en la alianza Frente de Todos, hoy se encuentran participando en la alianza B, encolumnados junto al Partido de la Victoria, que fuera su principal referente en este distrito”.
También indica que “a esa conclusión se arriba teniendo en cuenta que quien fuera su presidente en esa oportunidad (y lo sigue siendo en la actualidad), figuró como candidato a senador nacional en primer término (Sergio Leavy), adosando su boleta a la de la fórmula presidencial del frente de igual denominación. Como otro dato relevante, cabe señalar que, en el acuerdo de distribución de los aportes del Fondo Partidario Permanente, se convino que al Partido de la Victoria le correspondía el treinta por ciento y a las restantes fuerzas el diez por ciento a cada una (cf. fs. 1/3 vta. del expte. Nº “CNE 4206/2019 Frente de Todos s/ reconocimiento de alianza electoral” citado anteriormente), entre ellas el Frente Salteño, el Partido Kolina y el Frente Grande”.
Por el contrario, Bavio remarca que el Partido Justicialista, "la agrupación política de mayor cantidad de afiliados", no fue parte del Frente de Todos en las elecciones del año 2019, e incluso la fórmula presidencial que apoyó fue la de otra alianza nacional denominada “Consenso Federal”.
El juez federal también hace referencia a las próximas elecciones provinciales y que el Tribunal Electoral de la Provincia “otorgó la denominación en cuestión a la alianza integrada por el Partido de la Victoria, el Partido Felicidad y el Partido Izquierda Popular”.
“En ese horizonte y en una visión integral de los procesos electorales que se avecinan en la provincia de Salta, el hecho de que en el comicio local que se llevará a cabo el 15 de agosto de 2021” de otorgar el nombre a la alianza encabezada por el PJ “se daría la peculiar situación de que entre las primarias nacionales del 12 de septiembre y las generales del 14 de noviembre, se celebraría aquella elección provincial interviniendo la alianza Frente de Todos con otra composición, lo que importa un dato objetivo y concreto susceptible de generar desconcierto y confusión en el electorado”.
Nacional pero no de distrito único
Entre los argumentos presentado por la alianza encabezada por el PJ, sostuvieron que “el Frente Grande, el Frente Salteño y Kolina, integraron el Frente de Todos en el orden nacional en este distrito”. Y también expresaron que obtuvieron del Frente de Todos de orden nacional, la autorización para la utilización de esa denominación en el distrito Salta.
Al respecto Bavio indicó que "en los presentes comicios nacionales sólo se eligen Diputados Nacionales, de conformidad con lo establecido por el 158 del Código Nacional Electoral. De esa manera, la contienda electoral se encuentra circunscripta a este distrito, entre la distintas fuerzas reconocidas en él (a diferencia de cuando se elige Presidente y Vicepresidente de la Nación, a cuyo fin el territorio nacional constituye un único distrito de acuerdo a lo establecido por el art. 148 del Código citado)”.
“Por lo que en orden a evitar la confusión de los votantes locales, por las razones expuestas precedentemente, resulta intrascendente que la denominación cuestionada sea usada a nivel nacional o en otra provincia”, concluyó el magistrado federal, echando por tierra el argumento más fuerte que había presentado el PJ.
De esta manera queda habilitado entonces para utilizar el nombre de Frente de Todos, la alianza compuesta por el Partido de la Victoria, Partido Instrumento Electoral por la Unidad Popular, Partido Felicidad, Partido de Izquierda Popular y Partido del Trabajo y del Pueblo del Frente de Todos.
El otro frente en pugna lo componen los partidos Justicialista, Memoria y Movilización Social, Movimiento Libres del Sur, Partido Fe, Partido del Trabajo y la Equidad, Unión Victoria Popular, Frente Salteño, Frente Plural, Partido Kolina y Frente Grande.