El policía Facundo Amendolara le gritó a Santiago Chano Charpentier “¡Alto, policía!” varias veces antes de dispararle, según declaró en la causa judicial una de las agentes que estaban también allí, en la casa del Barrio La Verdad de Exaltación de la Cruz. La frase “alto policía” suena algo disparatada, o fuera de contexto, si se aprecia la escena: Chano atravesaba una crisis de salud mental, tal vez provocada o exacerbada por sus consumos problemáticos, y difícilmente podamos saber cuál era su percepción de los hechos ni su conciencia sobre la violencia aparentemente desplegada. Algunas descripciones de quienes estaban allí coincidieron en que tenía un cuchillo en la mano, y que amenazó al uniformado que antes se supone que había intentado dialogar con él para finalmente espetarle “alto policía”, como si antes no hubiera mediado palabra. Pueder ser un automatismo o una formalidad. Quizá la testigo que evoca esa advertencia sabe que puede ayudar a su colega a justificar lo que se llama “legítima defensa”. Pero esas dos palabras parecen decir mucho más sobre cómo y con qué son abordados este tipo de episodios, bastante más frecuentes de lo que se conoce.
En los últimos quince días hubo dos casos similares con intervención policial que terminaron en muertes, según recuerda la coordinadora del área de Salud Mental del Centro de Estudios Legales y Sociales, Macarena Sabin Paz. El 13 de julio fue detenido en Salta Matías Nicolás Ruiz, un peluquero que estaba desnudo en la calle. La policía lo tuvo esposado y llamó una hora más tarde a una ambulancia. Ruiz ya estaba muerto, con moretones y marcas en cuerpo. En Entre Ríos, la pareja de Victoria Núñez, una joven trans de 27 años, llamó al servicio de emergencias cuando la chica estaba con miedos extremos y nerviosismo: en lugar de enviar una ambulancia le dijeron que llamara a la policía, contó la madre a esta cronista. A Vicky la tiraron al suelo, la esposaron, la llevaron al hospital San Martín en circunstancias dudosas, y murió. Dos meses atrás, el Grupo Especial de Operaciones de la Policía de Chubut asesinó a Martín Alejandro John, de 63 años, que padecía trastorno bipolar, antes de que recibiera atención especializada.
El psicoanalista Adelqui Del Do y el abogado e investigador Esteban Rodríguez Alzueta señalan en un artículo en Cosecha Roja que el gran problema de fondo es “la policía a cargo de la salud”. El paradigma policial se planta frente a una persona con un cuadro psiquiátrico o consecuencia del consumo problemático de drogas, con el uso de la fuerza y preguntándose cómo se la puede castigar. Es paradigma que marcó ciertos discursos periodísticos de estos días que efatizaban la pregunta sobre si Chano no es acaso un “peligro” y debería estar institucionalizado, por no decir encerrado. Es una forma de reproducir la estigmatización. Es un ángulo que se posa en el castigo, y no en el que ofrece la Ley de Salud Mental aprobada, tras una larga batalla, 10 años atrás: la protección, la de la salud mental de las personas y la de los derechos humanos.
Mientras Chano pelea por su vida, el ministro de seguridad de la provincia de Buenos Aires, Sergio Berni, aprovechó para volver a meter por la ventana la discusión sobre las pistolas taser. Con una taser, dijo "esto no hubiese ocurrido”. Defendió al agente Amendolara que, según él, “hizo lo que tenía que hacer” porque el músico tenía un cuchillo y “está vivo porque tuvo suerte”. El ministro se adelantó a conclusiones de la investigación penal y, más aún, dio por sentado que está bien disparar ante una persona que experimenta un trastorno de orden psiquiátrico o similar. El Ministerio de Seguridad de la Nación replicó que las provincias pueden comprar sus armas, que la regulación es de la Agencia Nacional de Materiales Controlados pero que “el propio fabricante desaconseja utilizar las pistolas eléctricas para casos de personas bajo los efectos de sustancias o víctima de padecimientos mentales”.
Sobre la actuación de Amendolara deberán sacar conclusiones el fiscal Martín Zocca y el juzgado. Hay resultados balísticos y planimétricos pendientes para conocer la distancia del disparo y cómo fue el episodio en detalle. La promocionada reunión del agente con el policía Luis Chocobar (aplaudido por Mauricio Macri tras matar por la espalda al joven Pablo Kukoc después de un robo, condenado a 2 años en suspenso) y la incursión de su abogado en este nuevo caso sólo parecen colaborar con la esquemática idea de legitimar que la policía se dedique a “meter bala”. Son hechos muy distintos, por más que pongan en juego algunas cuestiones de fondo comunes sobre la cultura policial. Para el expediente sobre Chano, que habla del delito de posibles lesiones gravísimas agravadas por el uso de arma de fuego y por ser funcionario policial, habrá que ver si la fiscalía tiene en cuenta todas las disposiciones que existen para la intervención policial.
En 2013 una resolución de la exministra Nilda Garré fijó “criterios para la intervención del personal perteneciente a los cuerpos policiales y fuerzas de seguridad con el fin de preservar la seguridad en situaciones que involucran a personas con presunto padecimiento mental o en situaciones de consumo problemático de sustancias en riesgo inminente para sí o para terceros”. Esa normativa, vigente, se basa en la Ley de Salud Mental. Dice: “La atención inmediata del equipo de salud es la primera estrategia de mayor utilidad y prioridad en estas situaciones de urgencia (...) las/los integrantes de las fuerzas de seguridad y/o fuerza policial que intervengan en el procedimiento deben priorizar las técnicas disuasivas y preventivas”. La reglamentación de la norma precisa que “deberán intervenir procurando evitar daños, dando parte inmediatamente y colaborando con el sistema de emergencias sanitarias”. Se suman, menos conocidas, las pautas sobre capacitación de la Comisión Nacional Interministerial en Políticas para Salud Mental y Adicciones que señala “indispensable que los agentes intervinientes (...) posean una formación técnica y profesional acorde, con conocimiento de las normativas vigentes y principalmente una apropiación de sus herramientas fundamentales”.
Así, la intervención policial está habilitada con criterios particulares que todavía pujan con una vieja cultura estigmatizante que esta norma empezó a poner en cuestión. Uno de los grandes cambios fue que ya no es un/a juez/a el que decide la internación de una persona cuando no es voluntaria: son psicólogos/as y/o psiquiatras, y recién después viene la judicialización con el fin de preservar los derechos.
Las herramientas adecuadas existen, pero no se usan o se usan mal. La provincia de Buenos Aires, donde fue baleado Chano, no adhiere a estos protocolos. La falta de capacitación del personal policial para situaciones de este tipo es una carencia ostensible. Pero también lo es la plena aplicación de la Ley de Salud Mental. Es un reflejo común llamar a la policía cuando alguien está en una crisis de salud mental, porque es lo conocido. A veces, incluso, contaba a este diario una vecina de zona norte que más de una vez se vio atacada con violencia por su hijo, consumidor de cocaína, “llamás a la policía o a la Comisaría de la Mujer y para una situación así no quieren venir”. Aún está en pleno desarrollo la atención en salud mental en los hospitales generales, cuentan en la subsecretaría especializada --en este caso bonaerenses pero es una cuestión extendida-- y es casi no hay instituciones intermedias, comunitarias, previstas en la legislación. Ante ese vacío, las respuestas son impredecibles.
En el Ministerio de Seguridad notaron durante la pandemia la multiplicación de casos de cuadros de salud mental o adicciones, algunos en plena calle. A partir de la muerte del policía federal Juan Pablo Roldán, acuchillado cerca del MALBA por un hombre con trastornos psiquiátricos, Rodrigo Roza, quien también falleció por los disparos, se pusieron a actualizar la normativa de 2013. Ahora comenzarían un relevamiento.
La salud mental sigue sin ser prioridad la agenda pública y en esto confluyen no sólo los gobiernos sino los medios de comunicación, pocas veces abiertos al análisis a fondo de determinados fenómenos. Todavía hace fuerza por colonizar protagonismo la discusión simplificada sobre las taser o la “peligrosidad” de Chano u otros. Seguimos atrapados en una lógica policíaca y reduccionista sobre si estuvo bien o mal el disparo, cuando --como dice Sabin Paz-- “no responde a ninguna razonabilidad que una persona que está atravesando una crisis, que se encuentra en una situación de extrema vulnerabilidad y necesita ser cuidada sea atacada con un arma de fuego a manos de la policía”.