Según informó el Ministerio Público Fiscal de Salta, la acusación del fiscal ante la Corte de Justicia Eduardo Silvester se basó en seis hechos en los que sostiene que el fiscal penal de Salvador Mazza, Armando Cazón, incurrió en mal desempeño de sus funciones por demoras en casos sobre abusos sexuales y violencia de género. También le reprocha irregularidades en el manejo de dinero secuestrado, que diera órdenes en causas de otras provincias y coacción a gendarmes e inoperancia e ineficacia procesal en un robo con armas. 

Sylvester pidió que Cazón sea destituido y se lo inhabilite "de por vida para ocupar cargos públicos".

Cazón negó las acusaciones y aseguró que demandará "por calumnias e injurias al fiscal de Corte Sylvester por difamar con causas para buscar efectos negativos cuando en realidad contribuir para que se condene y de investigue los verdaderos responsables". Aseguró asimismo que se trata de una "persecución Judicial de algunos jueces" y sostuvo que más adelante aportará pruebas de esta afirmación. "Son todas acusaciones de mala fe, serán debidamente contestadas en su oportunidad", sostuvo. 

En la solicitud de juicio político realizada ante el Jurado de Enjuiciamiento el fiscal ante la Corte reprochó demoras en dos causas por denuncias de abusos sexuales. Una se abrió por denuncia de la madre de una niña de 15 años con retraso madurativo que habría sufrido un abuso sexual de la que fue testigo una hermana, luego amenazada por el agresor. Silvester detalló que el caso llegó a Cazón el 30 de marzo de 2017. "No obstante el gravísimo tenor de la denuncia, el Fiscal no realizó ninguna medida procesal hasta el 29 de abril de 2019, es decir más de 2 años después del hecho delictivo, cuando recién promovió acción penal porque el acusado fue detenido en la vía pública".

En otro caso, el padre y la madre de una menor de edad denunciaron al profesor de su hija el 15 de mayo de 2017 en la Fiscalía de Salvador Mazza. Cazón "no adoptó medida alguna" para "avanzar en la investigación hasta más de un año más tarde, el 24 de octubre de 2018, cuando solicitó la detención del presunto acusado".

Sylvester detalló que en un expediente por violencia, abusos y privación ilegítima de la libertad, Cazón y la defensa llegaron a un acuerdo para solicitar un juicio abreviado. Pero al ser citada la denunciante, dijo que en los días previos al acuerdo recibió un llamado de un número desconocido, un hombre "le dijo que era el Fiscal y le dio a entender que si ella le daba plata o tenía sexo con él, el imputado iba a seguir preso”. También relató que un familiar del imputado le dijo que él nunca iba a llegar a estar preso porque le pagaba al fiscal. 

Sylvester reseñó que esta denuncia fue publicada en la página de Facebook del canal de televisión Videotar de Tartagal, en una entrevista Cazón discutió con la periodista Mabel Carrizo, a la que calificó de “abortera”. Carrizo lo denunció por violencia de género y la jueza de Violencia Familiar y de Género interviniente lo intimó a abstenerse de ejercer actos de violencia y lo obligó a capacitarse en la temática de género y violencia contra las mujeres.

Por otro lado, Sylvester acusó a Cazón por irregularidades en el manejo de dinero secuestrado. "En por lo menos dos causas por tenencia de estupefacientes para comercialización, el fiscal Cazón omitió cumplir con la ley 7838 que lo obliga a hacer el depósito del dinero secuestrado en una cuenta bancaria", sostuvo. 

En otro caso, "no contestó los requerimientos judiciales para informar dónde estaba el dinero secuestrado y después de varios informes policiales haciendo saber que la plata no estaba en esa sede, sugestivamente apareció en la policía un sobre con el dinero luego de que el juez iniciara una investigación al respecto". 

Añadió que en ocho casos en los cuales funcionarios de Gendarmería o Migraciones realizaban un control en la frontera y se detuvo a personas que tenían pedidos de captura ordenados por tribunales de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Tucumán, Santiago del Estero y Jujuy, Cazón "decidió por sí mismo, sin consulta a los jueces de las causas y dispuso la libertad de los detenidos", a pesar de que no estaban bajo su jurisdicción. Un juez de la Ciudad Autónoma informó de esta situación a la Procuración General de la Nación, la que a su vez remitió las actuaciones a Salta, donde se inició una investigación.

Sylvester detalló que los gendarmes que intervinieron dijeron primero que Cazón había dado las órdenes de libertad pero después cambiaron sus versiones. Entonces los citaron otra vez a declarar y los gendarmes volvieron a su primera versión y contaron que la segunda vez la cambiaron porque "días después de sus primeras declaraciones, el fiscal los contactó personal y telefónicamente y los presionó para que modificaran sus dichos. Los gendarmes hablaron de presión, insistencias constantes, coacciones y consecuencias jurídicas si no sucedía lo que él pedía".

Además, le reprochó "inoperancia e ineficacia procesal" en una causa por el robo de una camioneta. "La investigación del fiscal Cazón fue tan pobre e incompleta, que al dictar sentencia los jueces la calificaron de 'deficiente, paupérrima e ineficaz' y expusieron que no se hizo reconocimiento en rueda de personas ni careos, ni desgrabación de las cámaras de seguridad; ni croquis ilustrativos; ni reconstrucción del hecho; ni examen del contenido de los teléfonos; ni descripción del arma", sostuvo Sylvester.

Añadió que los jueces también señalaron que Cazón dejó vencer los plazos legales para ofrecer pruebas. Y resaltaron que al acusar, el fiscal de Salvador Mazza no mencionó que se usaron armas de fuego en el robo, e imputó  a una persona sin ninguna prueba y respecto de otro imputado, requirió una pena menor a la del mínimo legal.

El antecedente de Juana  

En el pedido de juicio político, Sylvester sostuvo que las "irregularidades" en el manejo de los expedientes y la "inidoneidad del fiscal Cazón constituyen una verdadera regla de conducta reiterada a lo largo del tiempo".

Y enumeró los antecedentes para sostener esa afirmación. En 2016 se pidió el juicio político del fiscal Cazón por presuntas irregularidades en el trámite de la causa por la violación múltiple de una niña wichí que fue conocida con el nombre ficticio de Juana. Sin embargo, la Corte desestimó este pedido de jury.  

En 2017, el entonces procurador general de la provincia, Pablo López Viñals, lo sancionó con una multa del 15% de su remuneración por no haber producido avances en la investigación de un conflicto gremial en la Municipalidad de Salvador Mazza a pesar de que había recibido 28 denuncias.

En 2019, el Colegio de Gobierno del Ministerio Público confirmó una sanción de suspensión por 20 días y una multa del 20% de su sueldo por "no obstante encontrarse de licencia concedida, continuó ejerciendo actos propios de la función de Fiscal Penal"; además, por reiteradas inobservancias a los plazos del Código Procesal Penal en 21 casos, lo que provocó el cierre definitivo del proceso o la libertad del imputado o la imposibilidad de sostener la acusación por falta de pruebas. También lo sancionaron porque en 7 causas se comprobaron demoras injustificadas en la investigación; en 18 causas observaron incumplimientos en la motivación de los requerimientos fiscales; y porque "se constató el desorden en que el Fiscal Cazón tenía las actuaciones bajo su custodia". 

Finalmente, ahora mismo "se encuentran en trámite ante las Fiscalías de Impugnación cuatro sumarios administrativos dispuestos por Procuración General y numerosas denuncias en contra del Fiscal en cuestión, que están en trámite en esa sede", sostuvo el denunciante.

Sylvester añadió que “aún cuando la cantidad de irregularidades graves en el proceder del fiscal Cazón es enorme", solo acusó "por hechos que pueden corroborarse fácilmente con la prueba incorporada en expedientes judiciales y administrativos”.