Organizaciones de mujeres de Catamarca le dijeron no al veto a la Ley Orgánica Municipal y Régimen Comunal, que marca la imposibilidad de que intendentes o miembros de Concejos Deliberantes continúen en sus cargos existiendo condenas por delitos dolosos en su contra.
La norma plantea la destitución o suspensión del Intendente o un miembro del Concejo Deliberante “si fuese condenado penalmente por delito doloso, hasta tanto se resuelva en sentencia definitiva”, y también “por desorden de conducta en ejercicio de sus funciones y/o inhabilidad física o moral grave sobreviniente”.
El Ejecutivo pretende dejar sin efecto la Ley. Este miércoles diputados podrá insistir en su promulgación.
El Ejecutivo argumentó que la ley no cumplía las condiciones para garantizar el principio de inocencia previsto tanto por la Constitución Provincial, Nacional y demás normas de orden internacional.
Para la abogada feminista Ana Clara Barros, la ley en cuestión “No ataca el principio de defensa, el principio de inocencia”. Barros interpela: ¿Cuáles son los motivos para que se inicie el procedimiento para suspender o destituir? Aquí hubo un juicio, en ningún momento se negó el derecho de defensa”, explica en alusión al caso del intendente de Puerta de Corral Quemado, Enrique Aybar. Y reflexiona: “Creo que lo que más molesta e incomoda es la otra causal: desorden de conducta o inhabilidad física o moral grave sobreviniente”.
Una norma es producto de un proceso democrático. Y es posible por consensos de coyuntura meramente políticos. Esos mismos consensos que cuando no se logran, como en el caso de la Reforma de la Constitución, impiden mejorar la vida de las y los ciudadanos.
El Gobierno no es ajeno a nada de esto, sino todo lo contrario. La norma conocida como “cláusula Aybar” - porque venía justamente a intentar resolver una cuestión que solo las agrupaciones feministas estaban planteando (ver caso Aybar) -, fue una medida de emergencia ante la presión de las mujeres, que descomprimió los reclamos, pero sobre todo le permitió al Gobierno quitarse de encima la demanda. Lo que hubiera sido una resolución a la altura del caso, y que desde muchos sectores e incluso legisladores del oficialismo habían planteado, era la necesidad de adecuar normativas para la intervención del municipio de Puerta de Corral Quemado.
La respuesta para el Ejecutivo fue volver al vacío legal, con los casos ya conocidos en danza que involucran a miembros de Concejos Deliberantes en distintos lugares de la provincia.
Frente a esto, la fuerza que cobra la presión que hoy también asumen mujeres de la política, es indispensable: “El sistema político debe encontrar la forma de darle la espalda a los violentos y abusadores, y abrazar, contener y proteger a las víctimas de las violencias. No solo el principio de inocencia tiene raigambre constitucional, tmbién lo tiene el derecho de las mujeres y disidencias de vivir una vida libre de violencias. No se pueden seguir tolerando pactos machistas que consagren, convaliden o consientan la perpetuación de impunidades", consideró Cecilia Guerrero, presidenta de la Cámara de Diputadas y Diputados de Catamarca.
También la diputada Adriana Díaz opinó: “Sigo considerando que cuando un funcionario público es procesado, corresponde el apartamiento de las funciones hasta tanto se resuelva. Y, si es condenado, su inmediata destitución”, posteó. “De esta manera se contempla la dimensión ética, y también la dimensión de desigualdad que de hecho se genera ante la ley, sobre todo si se tiene en cuenta que para un cargo de docente, por ejemplo, se precisa un certificado de antecedentes limpio”.
“Lo personal es político”, titula su comunicado el movimiento Mujeres por la Igualdad, en el que expresan: “ratificamos nuestra postura de No más aybares en la política, y que el Estado y sus efectores deban estar para acompañar a las víctimas”.
Apartan además un párrafo para los casos actuales: “funcionarios políticos denunciados que no cumplen con el requisito de integridad moral deben apartarse de sus cargos, para ponerse a disposición de las requisitorias judiciales”.
Hicieron también un llamado concreto a la política: “resulta violento el hecho de que políticos denunciados, imputados y o procesados puedan encarnar en si un poder estatal, con obvia desconfianza publica en cualquier medida política que se intente legislar o aplicar”; al Poder Legislativo para que “se modifique la Constitución Provincial, y también se incluyan claramente los requisitos que debe exhibir un ciudadano para ser candidato, basados en la integridad ética y moral que impida poner en riesgo la vigencia de consensos básicos que hacen a una sociedad democrática respetuosa de los derechos humanos”; y a la Justicia por “celeridad en las causas, perspectiva de género, apertura de las investigaciones sin dilaciones para justamente evitar la revictimización de las mujeres que acuden solicitando justicia y protección”.
En un documento que señala “El paradigma patriarcal en marcha”, la agrupación de mujeres radicales Ramonas, expresan que “el veto del Gobierno es una afrenta contra las sobrevivientes de delitos contra la integridad sexual que buscaron justicia en los últimos tiempos junto a organizaciones feministas”. Aseguran que “el caso Aybar fue fundamental para obtener una ley que supla el vacío legal existente (…) lamentablemente el andamiaje del paradigma patriarcal hizo que lo que parecía un avance en materia de derechos, tuviera un gran retroceso”.
En relación con el ex intendente de Puerta de Corral Quemado, Enrique Aybar - que pertenece a su propio partido - y sobre cuyo caso se fundamentó la modificación de la norma, remarcaron que “seguiría siendo todavía intendente de no mediar un pedido de la Corte de Justicia para que el mismo este privado de libertad. Hubiera sido un escándalo que el mismo continuara como jefe comunal, con una condena y lo que significa y representa para la sociedad”.
“Qué el árbol no tape el bosque”
El grupo de comunicadoras feministas Las Eulalias, fueron las primeras en pronunciarse: “Consideramos que la norma, que tuvo la intención de subsanar el vacío legal que permitía que en Catamarca un intendente condenado por abuso sexual agravado cometido, además, en el marco de sus funciones continuara en el cargo, sólo fue un parche del Poder Legislativo que no acompañó la gravedad de la situación, que fue la revictimización de una niña y de todo un pueblo, y la vergüenza de mantener en el ejercicio del poder a un abusador sexual condenado”.
En relación con los argumentos esgrimidos en el veto, señalaron: “Comprendemos perfectamente que lo que se dirime pone en pugna a dos derechos humanos consagrados por las constituciones como lo son el principio de inocencia y la erradicación de todo tipo de discriminación y violencia contra las mujeres, pero sabemos que este vacío legal vigente que permite que un abusador sexual gobierne y decida sobre la vida de un pueblo sólo existe en el sector municipal, ya que las normas impiden que suceda lo mismo en los tres Poderes del Estado”.
Sobre los casos actuales del mismo tenor en la provincia, marcaron que “el Estado conoce las situaciones de vulneraciones de derechos y asimetrías que se originan y repiten en los municipios de Bañado de Ovanta (con Elpidio Guaráz), Capital (con Daniel Zelaya) e Icaño (con Franco Carletta), - todos del oficialismo -, que continúan sosteniéndose. En estos casos es una elección del Estado poner por encima del de las víctimas, el derecho de los victimarios”.