El Arzobispado de Salta informó mediante un comunicado que la Congregación para la Doctrina de la Fe le ha quitado el sacerdocio a Rubén Agustín Rosa Torino tras declararlo culpable de los cargos por los que se lo acusaba en el foro eclesiástico, aunque no se precisó cuáles eran.
En la Justicia ordinaria, la Sala IV del Tribunal de Juicio condenó el 8 de julio al ahora exsacerdote Rosa Torino a 12 años de prisión efectiva, al encontrarlo autor de los delitos de abuso sexual gravemente ultrajante agravado por ser ministro de culto reconocido en perjuicio del ex novicio Y.Y. y de la exmonja V.Z., y abuso sexual simple agravado por ser ministro de culto reconocido en perjuicio del exnovicio A.J.A.
En el ámbito eclesial las denuncias habrían sido más, y también por otros cargos no especificados. El delegado de la Congregación para la Doctrina de la Fe, el arzobispo José Luis Mollaghan, decretó para Rosa Torino la pena máxima, que implica la pérdida del estado clerical.
El Arzobispado también informó que el cura puede apelar la decisión de la Congregación, "en los términos establecidos por el derecho".
Tribunal eclesiástico
Además, el Arzobispado salteño se refirió al juicio eclesiástico contra el cura José Carlos Aguilera Tassin, y comunicó al respecto que la Congregación para la Doctrina de la Fe ha aceptado la sugerencia de trasladar a otra sede la resolución de la apelación, y le encargó al Tribunal Eclesiástico Bonaerense que lleve adelante el proceso de juzgarlo en segunda instancia.
El Tribunal Eclesiástico que tramitaba el proceso contra Aguilera Tassin lo encontró culpable de abuso sexual, en octubre de 2020, y le aplicó la máxima pena quitándole el estado clerical. Al comunicar esta decisión el prebístero Loyola Pinto y de Sancristóval especificó que el excura fue juzgado por seis denuncias de abuso sexual a menores de edad. Sin embargo, también tenía la posibilidad de apelar.
En la justicia ordinaria Aguilera Tassin fue denunciado en 2019 por abuso sexual en perjuicio de dos varones. Estos abusos, según indicaron las víctimas, fueron cometidos entre 1996 y 1998, cuando eran menores de edad. Sin embargo, la Corte de Justicia de Salta, por cinco votos a cuatro, dispuso la prescripción de estas causas penales y el sobreseimiento del religioso. Las juezas Teresa Ovejero y Virginia Haydeé Solórzano y los jueces Fabián Vittar, Pablo Arancibia y Guillermo Polliotto tomaron esa decisión que favoreció al denunciado.
La Corte desestimó una queja interpuesta por el fiscal de Impugnación Rodolfo Villalba Ovejero en un intento por mantener abierta la investigación en la que Aguilera estaba acusado por "abuso sexual gravamente ultrajante" por hechos cometidos cuando estaba al frente de la parroquia de la pequeña localidad de Campo Santo, en el departamento General Güemes.
En junio de 2019 el juez Adolfo Figueroa, de la Sala IV del Tribunal de Impugnación, sobreseyó a Aguilera Tassin tras declarar prescriptos los delitos. Y luego rechazó un recurso presentado por la Fiscalía de Impugnación. Por eso el fiscal fue en queja a la Corte, afirmando que el recurso había sido mal denegado, porque se estaban afectando derechos constitucionales. Pero la mayoría de la Corte concluyó que "el recurso ha sido bien denegado" y confirmó el sobreseimiento.
En cambio, por minoría, los jueces Pablo López Viñals, Ernesto Sansón, Horacio José Aguilar y la jueza Adriana Rodríguez Faraldo, consideraron que la queja había sido mal denegada por Figueroa porque la Fiscalía había invocado "expresamente la causal de arbitrariedad, por lo que pueden hallarse afectadas aquí las garantías constitucionales expuestas; máxima si tales cuestiones devienen esenciales para la resolución de la causa".
Luego de conocerse la decisión de la Corte salteña, la fiscala interina de Impugnación Ana Inés Salinas Odorisio, interpuso un recurso extraordinario federal ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación esgrimiendo la "arbitrariedad de sentencia" y solicitando que se deje sin efecto el pronunciamiento de lxs magistradx que dejaron firme el sobreseimiento.
Consultado por Salta/12, el abogado de Aguilera Tassin, Juan Casabella, insistió en la inocencia de su defendido. Explicó que en la causa eclesiástica la apelación fue presentada el año pasado pero mediante una letrada de Buenos Aires porque él no fue admitido como defensor por el Arzobispado en Salta, que tiene esa facultad. "Lo que he sostenido es que no tienen gravedad institucional las denuncias por los propios dichos de los denunciantes para abrir recursos extraordinarios. No hay derecho a hacer investigaciones porque esas posibilidades están prescriptas", sostuvo el abogado, refiriéndose tanto al ámbito de la Justicia ordinaria como a la eclesiástica. Además, insistió que las denuncias no se corresponden con delitos de lesa humanidad que implicarían la imprescriptibilidad. Ante el cambio de la sede del Tribunal eclesiástico, dijo que espera que sea "imparcial" ya que consideró que el salteño no lo fue.