Más de 385 mil argentinos residentes en el exterior se encuentran habilitados para emitir su voto en las elecciones 2021, según informó Cancillería. No pudieron votar en las PASO del 12 de septiembre pero sí pueden hacerlo en las generales del 14 de noviembre.

Sólo estarán habilitados a votar aquellos argentinos que cambiaron su domicilio de algún país del extranjero antes del 27 de abril. El voto será de manera presencial en la Representación Consular correspondiente a la circunscripción donde cada uno viva.

Quienes no hayan realizado cambio de domicilio en el exterior para las generales deberán que justificar la no emisión del voto.

Cómo votar en el exterior

  • Solo podrán votar aquellas personas mayores de 16 años que en su DNI argentino tengan un domicilio en el exterior desde antes del 27 de abril.
  • A partir del 13 de agosto, se podrá chequear si se figura en el padrón electoral.
  • Se puede votar de forma presencial entre las 8:00 hs y 18:00 hs en la embajada o consulado de la jurisdicción que corresponda.
  • Los documentos válidos serán tanto el DNI tarjeta como el DNI libreta celeste; además del DNI libreta celeste que contiene la leyenda “No válido para votar”, el DNI libreta verde, la libreta de enrolamiento y la libreta cívica.

Cómo  y dónde justificar la no emisión del voto en el exterior

El Gobierno estableció indicaciones para aquellos argentinos que por turismo o por no haber cambiado el domicilio no puedan votar en los comicios.

En ambos casos, deben presentar documentación que acredite que el día del sufragio no estaban en el país. El trámite se puede realizar por Internet o en forma presencial

Justificación online

  • Ingresando al Registro de infractores y adjuntando la foto del pasaporte o documentación que acredite que en la fecha de las elecciones no se encontraban en el país.

Justificiación presencial

  • En la Embajada o Consulado Argentino más cercano a la ciudad en la que se encuentren (puede chequearse el Listado de Representaciones Consulares).
  • Al regreso al país ante la Secretaría Electoral que corresponda al domicilio en Argentina. O dirigiéndose a la Cámara Nacional Electoral, en Leandro N. Alem 232, CABA, al regreso al país.

Las embajadas y consulados no emiten justificaciones de no voto para las elecciones provinciales, pero sí se puede solicitar una constancia que certifique que el día de las elecciones se encontraban fuera del país para presentarse ante el órgano pertinente de la provincia.

Si la certificación consular es emitida un día distinto de la fecha de la elección, los ciudadanos deberán adjuntar documentación (pasaporte con sellos migratorios, constancias de pasajes, u otros) que demuestre que estaban fuera del país.