El Gobierno estableció este martes el regreso presencial al trabajo de empleades estatales que tengan al menos una dosis de la vacuna contra el coronavirus. También deberán regresar quienes tengan decidido no inmunizarse, aunque tendrán que firmar una declaración jurada comprometiéndose a tomar “todos los recaudos necesarios para evitar los perjuicios que su decisión pudiere ocasionar”. La medida ya había sido cuestionada por representantes de la Asociación de Trabajadores del Estado (ATE).
A través de la Resolución 91/2021, publicada en el Boletín Oficial, la secretaria de Gestión y Empleo Público, Ana Gabriela Castellani, precisó que "serán convocables al retorno a la actividad laboral presencial los trabajadores que hubieren recibido al menos la primera dosis de cualquiera de las vacunas destinadas a generar inmunidad adquirida contra el COVID-19 autorizadas para su uso en la REPÚBLICA ARGENTINA, independientemente de la edad y la condición de riesgo, transcurridos 14 días de la inoculación".
El texto especifica que cada sector de Recursos Humanos "deberá solicitar a los convocados el Certificado de Vacunación, al cual podrán acceder desde la aplicación Mi Argentina".
Los trámites a realizar
En el caso de les empleades que hayan elegido no vacunarse deberán actuar de buena fe, dirigiéndose al Departamento de Sanidad (o su equivalente en cada organismo), a fin de obtener información sobre la vacuna en cuestión".
"De continuar con la decisión de no vacunarse, deberán firmar una nota con carácter de Declaración Jurada, expresando los motivos de su decisión y comprometiéndose a tomar todos los recaudos necesarios para evitar los perjuicios que su decisión pudiere ocasionar al normal desempeño del equipo de trabajo al cual pertenece, debiendo ser convocados a la prestación presencial de labores", remarca el texto.
Les superiores tendrán que informar el regreso presencial a las oficinas "por lo menos 72 horas hábiles antes de su efectivo cumplimiento".
De la medida están exceptuadas las personas embarazadas, con inmunodeficiencias y pacientes oncológicos y trasplantados.
Los casos exceptuados
La resolución de la Jefatura de Gabinete señaló que cuando sea necesaria la alternancia de la modalidad presencial para poder cumplir con el protocolo vigente en cada área estará justificado el trabajo remoto.
Al momento de establecer los períodos de alternancia entre presencialidad y trabajo remoto, deberán contemplarse las situaciones de las madres, padres, encargados o tutores de niñes de hasta 13 años inclusive, que asistan alternadamente a los establecimientos educativos.
Asimismo, se indicó que el trabajo remoto podrá disponerse "a tiempo parcial": "La prestación de servicios de carácter presencial a tiempo parcial no podrá disponerse por fracciones inferiores al 50% de la jornada normal, habitual y permanente dispuesta para la categoría de revista de cada agente".
También se fijó que los empleados no podrán realizar sus tareas a distancia desde domicilios que superen los 100 kilómetros del lugar de residencia declarados en sus legajos.
El Gobierno advirtió que “las y los agentes que habiendo sido convocados fehacientemente no cumplieran con la presencialidad requerida, serán pasibles de las sanciones que correspondan de conformidad con el régimen disciplinario aplicables”.
A fines de junio, el secretario general de ATE Capital, Daniel Catalano, había cuestionado la decisión del Gobierno de intentar establecer el regreso al trabajo presencial de les empleades públicos que hayan recibido al menos una dosis de la vacuna contra el coronavirus.
"Avanzar en este marco es bastante complicado. Los edificios públicos no están preparados para recibirnos. No hay ventilación, no hay personal capacitado para garantizar el marco de higiene, es todo parte de un protocolo que hay que ir construyendo", había señalado el dirigente gremial en diálogo con Caballero de Día, el programa que conduce Roberto Caballero en La990.