El Tribunal Oral Federal 8 (TOF8) podrá seguir a cargo de la causa del Memorándum con Irán ya que recibió el respaldo de otro Tribunal, el número 1, que rechazó las recusaciones contra sus actuales integrantes. La DAIA y la querella de dos familiares de AMIA habían intentado apartar a la jueza María Gabriela López Iñíguez y a los jueces Daniel Obligado y Juan Michilini, a quienes acusaron de actuar con parcialidad por convocar a una audiencia pública y ordenar medidas de prueba para evaluar los pedidos de nulidad y sobresemiento que plantearon Cristina Fernández de Kirchner y el resto de los imputados. "La actuación cuestionada", "amén de no encuadrar en ninguno de los motivos" establecidos para el apartamiento o inhibición de jueces/zas, dice la resolución, "de ningún modo aparece teñida de parcialidad o animosidad respecto de las partes intervinientes en la causa". Este mismo viernes el TOF8 aceptó como "amicus curieae" --un tercero que puede hacer aportes al expediente-- al Llamamiento Judío Argentino, una agrupación progresista de la colectividad que cuestiona la legitimidad y el poder de representación de la DAIA.
La DAIA y los familiares allegados a ella, Luis Czyzewski y Mario Averbuch, son las querellas que lograron que la Cámara de Casación Penal, con los votos de los jueces Gustavo Hornos y Mariano Borinsky, reabriera en diciembre de 2016 la causa por el Memorándum contra CFK y el fallecido canciller Héctor Timerman, entre otras personas, a quienes acusaron de encubrimiento de los iraníes sospechosos del atentado a la AMIA en línea con el fiscal Alberto Nisman y en sintonía con lo que buscaba el gobierno de Mauricio Macri, con el que se reunían. De ahí que se opongan sistemáticamente a los pedidos de nulidad y de sobreseimientos de las defensas y a toda situación que implique dar publicidad a la trama de la causa. No quisieron que se debatieran de manera accesible para todos/as los ciudadanos/as los planteos contra los jueces de Casación por su contacto fluido con el expresidente, como muestran sus visitas a la Casa Rosada y la Quinta de Olivos, ni la continuidad que el dieron a un caso donde estaba firme la decisión del juez Daniel Rafecas de archivar por inexistencia de delito basada en que el Memorándum nunca entró en vigencia y las alertas rojas sobre los iraníes acusados jamás perdieron vigencia.
Entre los obstáculos que intentaron interponer la DAIA y los familiares, recusaron a los jueces y la jueza que integran el TOF8 para este expediente. Otro tribunal integrado por Adrián Grunberg, Ricardo Basílico y Javier Ríos, rechazó el pedido de desplazamiento. Un tema clave que señalaron es que la realización de una audiencia oral y pública pedida por las defensas y admitida por el tribunal no implicaba adelantar opinión ni ponía en duda la imparcialidad, tampoco el hecho de haber ordenado medidas de prueba para evaluar la actuación de Hornos y Borinsky. "No advertimos motivos que permitan arribar a tan grave conclusión. En efecto, los querellantes no han podido poner en evidencia cómo la decisión a la que hacen referencia daría muestras de ausencia de imparcialidad ni, mucho menos, de un adelanto de opinión por parte de los magistrados y de la magistrada con respecto al tema bajo decisión. En cambio, lo que parece vislumbrarse es el mero descontento de los acusadores particulares con decisiones que estiman adversas a sus intereses y que pretenden cuestionar haciendo uso de una herramienta procesal inidónea y sin fundamento alguno", concluyeron. Incluso interpretaron que las pruebas ordenadas son una muestra de "prudencia".
También desestimaron por extemporáneas otras dos razones esgrimidas en la recusación: una, que la jueza López Iñíguez no debía participar más en la causa tras conceder las excarcelaciones a Carlos Zannini, Luis D'Elía y Jorge Khalil, cuyas detenciones había ordenado el fallecido Claudio Bonadio; otra, que se hubiera convocado al juicio al exsecretario de Interpol Ronald Noble, quien había afirmado públicamente que la Argentina jamás pidió el levantamiento de las alertas rojas y que estaban vigentes (pero que nunca había cito citado a dar testimonio por Bonadio).
El miércoles próximo podría ser la última audiencia previa a la decisión del TOF8 sobre el futuro de este expediente. Ese día harán uso del derecho a réplica todas las defensas que esta semana escucharon con perplejidad al fiscal Marcelo Colombo decir que no había pruebas suficientes de que los jueces de Casación hubieran violado la garantía del juez imparcial pese a que dio por probados sus múltiples encuentros con Macri (al menos 15 Borinsky y 8 Hornos), y que tampoco diera cuenta de la violación de la independencia de poderes, establecida en la Constitución. Colombo djio que una declaración de nulidad "sería prematura". Insistió también en que la Corte Suprema ya había dado su aval y que en todo caso habría que revisar las evidencia en el juicio oral. El tribunal tendrá que analizar los argumentos y las pruebas recabadas sobre cómo se construyó esta causa y decidir si corresponde o no hacer un juicio oral. El fiscal sostuvo que sólo se debe analizar el planteo de nulidad. Habrá que ver si los jueces y la jueza admiten analizar los pedidos de sobreseimiento basados en la "inexistencia de delito". Podrían resolver hacia fin de mes.
La aceptación del Llamamiento Judío como "amicus curiae" es una incorporación importante en el expediente, ya que es una asociación civil que se constituyó con una visión muy diferente a la de la DAIA, incluso respecto de la investigación misma del atentado a la AMIA. Tendrá posibilidad ahora de plantear sus argumentos, elementos y postura. El TOF8 consideró que como asociación tiene un "interés legítimo" para participar.
"La decisión implica que no hay una sola representación de la comunidad judía, como falsamente la DAIA declama, y como incluso invocó para solicitar la reapertura de la penosa denuncia de Nisman. En este caso es particularmente relevante porque la dirigencia comunitaria fue funcional al verdadero encubrimiento de la causa AMIA, actuando en yunta con el exjuez (Juan José) Galeano, la SIDE, jefes de la Federal y el gobierno de (Carlos) Menem. Sin hacer jamás una corrección o autocrítica", le dijo a este diario Horacio Lutzky, quien había hecho la presentación ante el TOF8 junto con otro abogado del Llamamiento, Luis Kon.
Lutzky agregó que "luego para tapar aquellos enchastres se prestaron al lawfare operado por el macrismo en esta causa distractiva, para fines que nada tienen que ver con averigüar la verdad de lo ocurrido en la AMIA. Pero ahora el Llamamiento ha sido habilitado judicialmente para evidenciar por qué la posición de la DAIA como querellante en esta causa es desde todo punto de vista insostenible".