El Senado aprobó y envió a la Cámara de diputados dos proyectos de ley que apuntan a limitar la tasa de interés por mora tanto a servicios públicos como privados que impliquen transporte, agua, internet, gas, cable, electricidad, tarjetas de crédito, telefonía fija y móvil, medicina prepaga, educación privada en todos sus niveles y empresas de seguros, entre otras.

En diálogo con PáginaI12, el autor de los proyectos, el senador Oscar Parrilli, explicó en qué consiste esta iniciativa, cuáles son los límites que tendrán los intereses por mora y por qué es necesaria su implementación.

“La fecha de vencimiento de los pagos de todo lo que son mensualidades; servicios públicos, tarjetas de crédito, prepagas, son un problema para los usuarios. Varias empresas ponen fechas de vencimiento el 1, 2 o 3 del mes y después el segundo vencimiento el 11, 12 o 13, este último siempre con un recargo o multa. Lo que sucede es que la gente termina pagando con recargo porque cobran el 6 o el 7. Hay que regular este abuso de poner la fecha de vencimiento en los primero días del mes ya que presenta una clara imposibilidad de pagar. Esto es lo primero que proponemos: regular las fechas de vencimiento para ayudar a los usuarios y usuarias", indicó el senador. Es a raíz de esta problematica que la iniciativa establece que la fecha del primer vencimiento de las facturas de todos los servicios no podrá ser anterior al día 10 de cada mes.

Desde comienzos de 2016 hasta octubre de 2018 hubo aumentos acumulados promedio de 2057 por ciento en gas, 1941 por ciento en energía eléctrica y de casi el 1000 por ciento en el servicio público de agua potable, sumado a los incrementos tarifarios de los servicios de telefonía móvil, fija y televisión por cable, todos ellos servicios públicos esenciales.

“Estos incrementos excesivos han generado una imposibilidad absoluta en los usuarios a afrontar sus compromisos, lo que se traslada a una mora inusitada en el cumplimiento de los pagos de los mismos”, explica la iniciativa.

La propuesta pone el foco también en el limite de la tasa de interes que los usuarios deben abonar por mora en el pago de las facturas. "Dicha tasa debe ser, ni más ni menos, la tasa pasiva para depósitos a 30 días que establezca el BNA. Esto hace que las empresas no puedan establecer un porcentaje superior a la tasa mencionada como sucede hoy en día. Tampoco podrán imponer cobros extras a las tasas de interés como cargos de reconexión, gastos administrativos, etc.”, explicó Parrilli. La iniciativa establece que las empresas que en el plazo de 30 días desde la publicación de la ley no adecuen su facturación a la tasa de interés por mora serán sancionadas.

En esta línea, el senador agregó que “muchas de estas disposiciones ya estaban en el 2015 pero fueron derogadas por Prat Gay y Sturzenegger. Lo que hicieron fue darle piedra libre a los bancos, a las financieras y a las empresas para que hicieran con el usuario lo que ellos quisieron. Hoy nosotros estamos poniendo un límite. No es casual que el bloque de Cambiemos vote en contra porque entre la gente y las financieras siempre están del lado de las financieras”.

“Nuestra ley busca beneficiar al usuario particular, a las pymes, a los clubes de barrio y las cooperativas de trabajo. Todo lo que no es grandes empresas ni grandes consumidores de servicio”, desarrolló Parrilli.

Durante la sesión del Senado, Juliana Di Tulio, quien asumió en reemplazo de Jorge Taiana (designado ministro de Defensa), sugirió la modificación del proyecto en materia de género. “La modificación establece un monto específico para las mujeres usuarias. Las mismas tendrán el 10 por ciento de rebaja de la tasa. En otras leyes ya hay medidas similares, atendiendo a la situación de que, a igual trabajo, las mujeres cobran menos salario", concluyó.