El pasado 24 de agosto la Cámara Federal de Apelaciones de Salta admitió un recurso de casación presentado por la defensa de Marcos Jacobo Levin, en una causa en la que está procesado por los secuestros y torturas de 17 personas que en 1976 trabajaban en la empresa de transporte La Veloz del Norte, que por entonces era de propiedad del empresario.
La decisión se tomó por mayoría. Con los votos de la jueza Mariana Catalano y el juez Ernesto Solá, y la oposición del juez Alejandro Castellanos, la Cámara Federal de Salta declaró admisibles recursos de casación interpuestos por las defensas de Levin, los policías retirados Víctor Hugo Almirón y Enrique Víctor Cardozo, y el civil José Antonio Grueso en contra de la confirmación del procesamiento dictada a fines de julio pasado por este mismo tribunal.
Ayer, la Secretaría de Derechos Humanos de la Nación criticó esta decisión del tribunal federal salteño por entender que "va en contra de lo resuelto por la Corte Suprema de Justicia de la Nación en 2018" y "se vuelve a frenar la causa que investiga a Marcos Levin, dueño de la Veloz del Norte, por secuestros y torturas a trabajadores".
La Secretaría recordó que en 2018 la Corte Suprema decidió que los hechos por los cuales se acusa a Levin debían ser investigados bajo la calificación de delitos de lesa humanidad y que correspondía la intervención de la Justicia Federal.
Reseñó que a partir de esa decisión, la causa avanzó hasta que en julio de este año la Cámara Federal de Salta confirmó el procesamiento de Levin; de Grueso, que era el jefe de personal de La Veloz del Norte, y de Almirón y Cardozo, que cumplían funciones en la Comisaría 4°, el lugar donde les trabajadores detenides fueron alojades y sometides a tortura en algunos casos.
"La causa ya estaba lista para ser enviada a juicio y determinar la responsabilidad en esos crímenes", afirmó la Secretaría de Derechos Humanos antes de recriminar que "Sin embargo, este martes la misma Cámara, con los votos de los jueces Ernesto Solá y Mariana Catalano, hizo lugar a un pedido de las defensas para que la Cámara Federal de Casación Penal revise el procesamiento. Se procura evitar así el juicio oral y volver a paralizar el proceso", denunció.
Y calificó como "llamativo" que cuando se trata de delitos comunes, aplicando el mismo Código Procesal Penal de la Nación, "la Justicia nunca habilita los recursos ante la Casación para revisar procesamientos que ya fueron confirmados". Y, en cambio, "En los casos de civiles acusados por crímenes de lesa humanidad, parece ser la norma".
"Tal como se hizo con Carlos Blaquier en 2013, se pretende beneficiar a Levin con una decisión arbitraria y por fuera de la ley, que provoca una demora injustificada y evitable en el juicio en su contra", insitió la Secretaría de DDHH.
Recordó que en el caso de Blaquier, dueño del ingenio Ledesma, la causa en la que es investigado se frenó por 8 años, y recién en julio de este año la Corte Suprema "dijo que lo decidido por la Casación había obstaculizado indebidamente el proceso y ordenó proseguir la investigación".
La Secretaría anunció que en el caso de esta causa contra el empresario de Salta se presentará ante Casación Federal "para que declare mal concedido el recurso de casación de Levin y los otros imputados" porque "Solo así se podrá avanzar al juicio oral que las víctimas esperan hace 45 años".
Un largo proceso
La investigación de estos hechos se inició en 2008, y su tramite viene demorándose desde entonces, en una discusión sobre si son delitos de lesa humanidad (y por lo tanto, imprescriptibles) o no.
Cuatro años después de las denuncias, el 15 de octubre de 2012, el juez Julio Bavio procesó al subcomisario Víctor Hugo Bocos y Cardozo por imposición de tormento, y a Levin, como instigador de este delito. El juez sostuvo que el empresario se aprovechó de la estructura del Estado para intimidar a trabajadores de su empresa. A Almirón y Grueso les dictó la falta de mérito. Este procesamiento fue solo respecto de los hechos de los que fue víctima Víctor Cobos, que era delegado gremial; en cambio, respecto del otro grupo de trabajadores consideró que fueron detenciones comunes no comprendidas en el marco del terrorismo de Estado y por eso declaró la incompetencia de la Justicia federal.
El 8 de abril de 2013 la Cámara Federal de Salta confirmó el procesamiento de Bocos, Cardozo y Levin, y la falta de mérito de Grueso, y revocó la falta de mérito a Almirón y lo procesó por los tormentos a Cobos. Y confirmó también la declaración de incompetencia de la Justicia federal respecto de les otres denunciantes.
A partir de esta resolución, el trámite se dividió, por un lado la causa por Cobos, y por otro, lo de les otres trabajadores.
En la causa de Cobos el 23 de mayo de 2016 el Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Salta condenó a Levin, Almirón y Bocos a 12 años de prisión, mientras que Cardozo fue condenado a ocho años. Pero el 4 de octubre de 2017 la Sala III de la Cámara Federal de Casación Penal anuló esta sentencia, entendiendo que no se trata de delitos de lesa humanidad, y devolvió el expediente al TOF para que se dicte un nuevo pronunciamiento. Sin embargo, esta decisión no está firme porque la fiscalía recurrió a la Corte Suprema de Justicia de la Nación, que todavía no se pronunció.
Mientras, en la otra causa, el 20 de noviembre de 2014 la Sala III de Casación confirmó la incompetencia parcial del fuero federal. Pero el 18 de septiembre de 2018 la Corte Suprema declaró la competencia de la Justicia federal al entender que hasta el momento no se descartó que estos hechos estén vinculados al terrorismo estatal.
Entonces este trámite volvió al juez instructor, que el año pasado procesó a Levin, Almirón, Cardozo y Grueso.
Como es habitual en los procesos por delitos cometidos en la dictadura, hubo apelaciones. Pero el procesamiento fue confirmado el 28 de julio de este año por la misma Cámara Federal de Salta que ahora admitió la casación de las defensas. Entonces el voto también fue dividido: Catalano y Solá votaron por la confirmación del procesamiento, porque “No puede descartarse que los hechos que se imputan a Levin, Cardozo, Grueso y Almirón constituyan delitos de lesa humanidad", en palabras de la jueza. Y Castellanos se opuso, por entender que “los hechos materia de investigación no son susceptibles de ser encasillados como delitos de lesa humanidad”.