La Cámara Federal aportó su granito de arena para que queden firmes los sobreseimientos del presidente de Techint, Paolo Rocca, y de dos de los ejecutivos de la empresa, Luis Betnaza y Héctor Zabaleta, a quienes el juez Julián Ercolini había decidido desvincular de la causa de los cuadernos con el argumento de que hicieron pagos ilegales pero estaban justificados por un "estado de necesidad". El tribunal, con las firmas de Leopoldo Bruglia y Pablo Bertuzzi, rechazó un planteo de la Unidad de Información Financiera (UIF) por considerarlo "inadmisible". El organismo antilavado advertía que el juez había hecho un recorte de pruebas para generar un "argumento forzado" y "arbitrario" que exculpara a los empresarios.
La decisión de la Cámara Federal reduce ahora la posibilidad de que se siga investigando a los hombres de Techint. La resolución de tres carillas cuestiona a la UIF por haberse presentado fuera de plazo adhiriendo a la apelación del único imputado de este tramo de la causa, que es el exsecretario de Coordinación del Ministerio Planificación Roberto Baratta, pero con argumentos diferentes. Le dice en términos severos que el planteo tal como está hecho no se puede considerar. Bruglia y Bertuzzi también rechazaron la apelación de Baratta, con fundamentos formales. El fiscal de la causa, Carlos Stornelli, no había apelado, lo que implica un respaldo a la decisión del juzgado. La UIF había señalado en su escrito que era controvertido que en un delito como el de dádivas (que fue el que utilizó Ercolini), donde necesariamente intervienen dos partes, se desvincule a una y se responsabilice penalmente a la otra. Todavía queda una posibilidad más de revisión en la Cámara de Casación Penal Federal.
Como informó este diario, pese a que el caso "cuadernos" fue elevado a juicio oral con 47 personas imputadas, entre empresarios y exfuncionarios, los directivos de Techint lograron que su situación personal quedara misteriosamente escindida del resto, a pesar de que dos de ellos confesaron como arrepentidos el pago de sobornos, y que aparecían anotados en los célebres cuadernos del exchofer de Planificación Oscar Centeno. El argumento de Ercolini para quitarles responsabilidad penal fue que el pago ilegal se consideraba justificado porque estaba destinado a obtener ayuda para evitar la pérdida de empleos y preservar la seguridad en la planta de la empresa en Venezuela, llamada Sidor. Ese tema no había formado parte de los "arrepentimientos". Zabaleta dijo que se había desembolsado 1 millón de dólares, pero no lo relacionó con la fábrica en Venezuela. Relató que si no pagaban les "iban a cortar la luz y el gas de las plantas de Siderar y Siderca". Se refirió a amenazas sobre la producción de tubos en Campana. Betnaza señaló una puja con el gobierno de Hugo Chávez por la nacionalización de Sidor y que, para la indemnización, pidieron ayuda al gobierno argentino. En forma genérica dijo estar preocupado "por la gente allá".
Rocca, por su lado, dijo que supo de los pagos ilegales por los medios, y fue quien mencionó ante las cámaras de televisión el supuesto peligro para fuentes de trabajo en Venezuela, cuestión que luego fue incorporada en algunos escritos en la causa y a las que el juez Ercolini les dio un protagonismo inusitado, sin tampoco mostrar la relación de los pagos con esos presuntos hechos. Esto concluyó el magistrado: "Al concretar el pago de las sumas de dinero requeridas, se vieron en la imperiosa necesidad de afectar a un bien jurídico con el fin de salvar otros bienes jurídicos (...), en este sentido, el daño que pudo haber supuesto el pago ilegal de una suma importante de dinero a un funcionario público del gobierno habría estado justificado por la necesidad de salvar o evitar mayores daños cuya ocurrencia era inminente”.
La UIF retrucó que el texto carecía de lógica y que "se ideó un argumento forzado para recurrir a posteriori a un armado de recortes probatorios que pudieran ajustarse al mismo, en lugar de analizar el conjunto de probanzas y deducir luego, conforme a derecho, el real cuadro fáctico. O sea: se elude el razonamiento deductivo para remplazarlo, en el resolutorio, por un argumento fáctico inductivo y arbitrario, que apunta a excluir la responsabilidad de coimputados a partir de un armado probatorio que se adecue al aserto ideado".
La directora del Centro de Investigación y Prevención para la Criminalidad Económica (CIPCE), Martina Cirimele, le dijo a Página/12 que en esa organización advierten "con preocupación el modo en que el litigio penal en casos estratégicos de corrupción y criminalidad económica es llevado a cabo por el Ministerio Público Fiscal, que en este caso no impulsó la acción y no apeló los sobreseimientos de los empresarios". "De igual forma --agregó-- es alarmante la actuación de los organismos del Poder Ejecutivo cuando se constituyen como querellantes. En ambos casos, por inacción o falta de acción oportuna el destino es el mismo: la impunidad de los poderosos. Se ha perdido la oportunidad de avanzar seriamente en la responsabilidad de los empresarios implicados en esta maniobra, que además aceptaron haber pagado coimas".