Antes de que concluya esta semana Amnistía Internacional, el CELS, el Equipo Latinoamericano de Justicia y Género (ELA), la Fundación para el Desarrollo de Políticas Sustentables y MujeresxMujeres presentarán un recurso extraordinario ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación pidiendo que se expida sobre el fallo de segunda instancia por el que la Cámara Federal de Apelaciones de Salta concedió legitimidad legal para litigar en contra de la Ley 27.610, de Interrupción Voluntaria del Embarazo, a un grupo de personas que dice representar los derechos del "niño por nacer".
Así lo informó la directora ejecutiva de Amnistía Internacional en Argentina, Mariela Belski, en declaraciones a la agencia de noticias Télam.
La organización anticipó que presentará un "recurso extraordinario federal" para que la Corte Suprema revoque el fallo de la Cámara salteña que a su vez revocó una resolución de primera instancia que ya había negado legitimidad para litigar a un grupo antiderechos entre los que se cuentan la diputada provincial Cristina Fiore y el diputado también provincial Andrés Suriani.
"Amnistía Internacional presentará un recurso extraordinario federal para que la Corte rechace la demanda", adelantó la directora ejecutiva, quien consideró que "era previsible que se diera una avanzada conservadora cuestionando la ley". El fallo de la Cámara, en voto dividido, se conoció en la misma semana en que grupos reaccionarios lanzaron un ataque mediático y judicial en contra de la única médica que garantiza el acceso al aborto legal en la ciudad de Tartagal, la ciudad más importante del norte salteño.
La demanda contra la Ley 27.610 se presentó en enero pasado, ni bien se sancionó esta norma. El grupo pedía la aplicación de medidas cautelares mientras se decidía la cuestión de fondo planteada, que cuestiona la constitucionalidad de la ley. Pero a fines de abril la jueza federal subrogante Mariela Giménez declaró la improcedencia formal del pedido de inconstitucionalidad por “carecer los presentantes de la calidad de sujetos legitimados activos en relación directa a la noción de causa o controversia”.
El grupo apeló esta decisión y tuvo el respaldo del fiscal federal Ricardo Toranzos, que argumentó a favor de reconocerle legitimidad, y así se llegó al fallo, decidido a finales de agosto por los jueces Guillermo Elías y Alejandro Castellanos, que le concede legitimidad para seguir litigando contra la ley, en representación del "niño por nacer".
"Hasta el momento, el Poder Judicial había rechazado consistentemente casi todas las causas entendiendo que quienes se presentan lo hacen bajo una figura jurídica que no tiene respaldo legal como es la representación colectiva de las personas por nacer", indicó Belski en las declaraciones que cita Télam.
En este marco, consideró "fundamental que la Corte acompañe su propia jurisprudencia sobre el derecho a interrumpir legalmente un embarazo y las decisiones que desde la sanción de la norma ha emitido el Poder Judicial alrededor del país sobre la falta de legitimación de este colectivo, que pretende anular a las mujeres e impedir que ejerzan sus derechos humanos, incluido el acceso a un aborto legal".
La directora ejecutiva de Amnistía Internacional Argentina señaló que "esta demanda contra el Estado nacional pide, como las que ya fueron rechazadas por inadmisibles, que se declare inconstitucional la Ley 27.610 de Acceso a la Interrupción Voluntaria del Embarazo", y advirtió que "bajo esa figura se pretende reeditar en el Poder Judicial el debate que ya se resolvió en el Congreso".
Además, entendió que "la demanda también emite un mensaje preocupante porque reinstala un entramado violento en contra de las mujeres que deciden no continuar con un embarazo" dado que "no solo pide la suspensión de la ley sino que además solicita que se ordene la adopción de medidas que podrían implicar violencia contra las mujeres".
No obstante, aclaró que el reciente fallo de la Cámara Federal salteña "no tiene ningún efecto sobre la vigencia de la Ley 27.610 en todo el país".
"La ley de acceso a la interrupción voluntaria del embarazo significó una conquista para las mujeres y el reconocimiento de sus derechos en línea con el derecho internacional de los derechos humanos. Fue aprobada por el Congreso después de un debate amplio y participativo. Esta demanda ya fue rechazada por inadmisible por el juez de primera instancia. La Cámara debería haber confirmado esa decisión", planteó la representante de Amnistía Internacional en la Argentina.
En este sentido, sostuvo que "la posibilidad de que cualquier ciudadano pueda representar al colectivo de personas por nacer en contra de los derechos de las mujeres es contraria a la Constitución Nacional porque viola el derecho de las mujeres a tomar decisiones autónomas sobre su propio cuerpo, como así también el principio de división de poderes".
Tal como argumentó el fiscal Toranzos, los jueces Elías y Castellanos interpretaron en su fallo que la legitimación amplia que prevé la Ley de Protección Integral de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes para la tutela de esos sujetos alcanza a la defensa de los derechos del "niño por nacer". En cambio, la jueza Mariana Catalano, se pronunció por rechazar la apelación siguiendo la argumentación de la jueza de primera instancia.