Después de demorar su decisión durante un año, la Corte Suprema de Justicia dispuso por unanimidad rechazar un recurso de queja de la defensa de Diego Lagomarsino, en el marco de la causa por la muerte del fiscal Alberto Nisman, y lo hizo apelando a una facultad que le permite resolver sin dar ningún fundamento.
Los abogados del técnico informático habían solicitado que se impidiera al fiscal de la causa, así como a los peritos designados, conocer el contenido de los dispositivos electrónicos que le secuestraron a Lagomarsino, entre los que se encuentra su teléfono celular y dos computadoras. Argumentaron que sólo el juez debe tener acceso al contenido porque incluye, por ejemplo, los mensajes entre Lagomarsino y sus abogados --lo que violaría la confidencialidad de las comunicaciones entre el imputado y sus defensores--, además de cuestiones personales que no tienen nada que ver con la investigación.
El litigio llegó a la Corte Suprema hace un año y recién ahora los jueces decidieron aplicar el artículo 280 del Código Civil y Comercial, una atribución que habilita a los supremos a rechazar sin dar explicaciones. Así, los cinco miembros del máximo tribunal denegaron el pedido del técnico informático por considerar que su queja no se dirige contra una sentencia que la Corte pueda revisar.
De esta manera, quedó allanado el camino para que se analice el contenido de los aparatos electrónicos de Lagomarsino, a los que tendrán acceso el fiscal Eduardo Taiano y los peritos.
Los dispositivos en cuestión fueron secuestrados en un allanamiento realizado en 2017 y el fiscal solicitó peritarlos en 2019. Fuentes de la defensa de Lagomarsino aclararon que el recurso se dirigió a que fuera el juez Julián Ercolini, y no el fiscal, quien hiciera el peritaje, sobre la base de que Taiano es parte interesada en el proceso. También señalaron que la queja por el recurso extraordinario denegado no tenía efecto suspensivo, con lo cual si no se hizo el peritaje sobre los aparatos fue “por decisión de los investigadores".
Al rechazar la Corte la presentación de la defensa, seguirá su curso el expediente que tiene a Lagomarsino procesado como partícipe necesario de la muerte de Nisman, por haber facilitado el arma que lo mató en su departamento de Puerto Madero en enero de 2015, pese a que no hay ningún indicio ni prueba que sostengan la hipótesis del homicidio.