La necesidad de la protección al trabajador en la relación laboral parte de la asimetría de poder que, por naturaleza, tiene esa relación. Las convenciones y recomendaciones de la Organización Internacional del Trabajo expresan, habitualmente, el requerimiento de la necesidad de poner de manifiesto en las legislaciones locales ese derecho tutelar. El proyecto de Juntos por el Cambio y la manifestación de uno de sus principales dirigentes, Horacio Rodríguez Larreta, a favor de eliminar las indemnizaciones por despido, supone desconocer la carga precisamente por una de las demostraciones más violentas de esa asimetría de poder, que es la finalización del contrato de manera unilateral y sin causa. La mayorìa de las legislaciones laborales, en particular las más modernas, prevén algún tipo de penalización o traba al despido sin causa. El proyecto de Seguro de Garantía de Indemnización, como lo denominó Juntos por el Cambio, significaría un extraordinario retroceso del país en la materia, sin otro beneficio que el de acumular ganancias patronales abaratando los despidos.
Destacados especialistas en derecho laboral recordaron en estos días que el Convenio 158 de la OIT “Sobre la terminación de la relación de trabajo”, explicita la necesidad de la protección a los trabajadores sobre este evento, “habida cuenta en particular de los graves problemas que se plantean en esta esfera como consecuencia de las dificultades económicas y de los cambios tecnológicos sobrevenidos durante los últimos años en gran número de países”, tal como lo expresa en su preámbulo. O sea, que no es una legislación pensada de manera eventual para problemas individuales (solamente), sino que fundamentalmente considera los cambios estructurales que sufren las economías del mundo.
La pretensión del proyecto que alienta Rodríguez Larreta ignora este aspecto y se aleja de las corrientes internacionales que promueven la armonización de intereses entre clases y sectores sociales y económicos.
Uno de los expertos en la materia consultados por este diario, aclaró que "el punto central es que estamos hablando de indemnizaciones por despido sin causa justa de los trabajadores con contrato de tiempo indeterminado. No los contratos a plazo fijo, estacionales, o en periodo de prueba, ya que nuestra legislación considera causales de despido de tipo individual (inconducta, faltas graves, etc.), así como la posibilidad de convocar a procedimientos preventivos de crisis, en los casos que los problemas son en relación a la rentabilidad de la empresa. En estos se pueden negociar bajas temporales de los salarios y sus componentes constitutivos, suspensiones temporarias, vacaciones anticipadas, etc. Claro que en estas se requiere una cierta dosis de transparencia en lo que respecta a la información empresarial".
Señaló que, a diferencia de esos casos, "las indemnizaciones son una penalidad para el empresario que no quiere explicitar las causas del despido".
Los especialistas señalan que una ley como la de Juntos por el Cambio tendría consecuencias tales como:
-Incrementar la rotación espuria de trabajadores, "sin costo económico ni cuestionamietno moral";
-Desproteger a los trabajadores de mayor edad y mayores remuneraciones, induciendo su reemplazo por trabajadores más baratos;
-Reduciría de manera significativa lo que el trabajador reciba cuando es despedido, ya que no incorpora diversos componentes que tiene la indemnización por despido en la ley de contrato del trabajo. "La fórmula omite aguinaldo, preaviso y vacaciones pagas, que constituyen la indemnización actual. Seria una baja de facto de los montos indemnizatorios", indican.
Por otra parte, los especialistas sugieren que "si hay empleadores que quieren contratar un seguro de este tipo, que lo hagan de manera privada o agrupados, pagando una prima por este servicio, que sin dudas se incrementaría si la empresa tiene una tendencia mayor a rotar trabajadores, o si el sector no tiene una historia de retención. Tal como sucedería con un seguro de accidentes".