Desde Santa Fe
Los organismos de derechos humanos denunciaron que el Tribunal Oral de Santa Fe que condenó el 7 de julio a seis represores por delitos de lesa humanidad en el juicio de Laguna Paiva –conocido como causa Chartier-, dejó en libertad condicional a cuatro de ellos, con lo cual todos cumplieron la condena en la casa, y tres, ni siquiera pasaron un minuto en la cárcel. Los cuatro ya están en la calle. “Es una clara revictimización de los sobrevivientes del genocidio” y “un gran retroceso en materia de derechos humanos y en la lucha colectiva por juicio y castigo a los culpables de los crímenes más aberrantes de nuestra historia reciente”, alertaron.
El record fue impugnado el viernes, en una protesta en las puertas del Tribunal, que convocaron el Foro contra la Impunidad y por la Justicia, Hijos, Familiares de Desaparecidos, la Asamblea por los Derechos Humanos (APDH), El colectivo de la memoria y la Liga Argentina por los Derechos Humanos, entre otras organizaciones.
En el juicio que se desarrolló en mayo y junio, los jueces José María Escobar Cello, María Ivón Vella y Luciano Lauría juzgaron la persecución al último referente del PRT en Santa Fe, Catalino Páez, su esposa y su hijo Mario de 15 años y ocho compañeros de militancia que eran obreros del Frigorífico Nelson, ferroviarios en Laguna Paiva y uno supervisor en Acindar, en Villa Constitución, entre febrero y abril de 1980. Pero las audiencias revelaron que la cacería se extendió a los dos hermanos de Catalino y sus parejas y a 16 niños y niñas de las tres familias que fueron violentados y abandonados, el más chiquito de cinco años. Una cuñada de Catalino y sus cuatro hijos estuvieron cautivos más de un mes en la Guardia de Infantería Reforzada, que era una prisión del Ejército.
El 7 de julio, el Tribunal condenó a los seis imputados, todos ex policías: el ex jefe del D2, Germán Chartier (16 años de prisión); el comisario Eduardo Riuli, que ocupó el mismo cargo en una época posterior (6 años y seis meses), el sargento Rubén Insaurralde (6 años) y los otros tres: el comisario Fernando Mendoza y los suboficiales Antonio González y Omar Epifanio Molina (a 5 años). El fiscal Martín Suárez Faisal había pedido 20 años de prisión para Chartier y ocho años para Riuli y los abogados querellantes de la APDH, 25 años para ambos.
Suárez Faisal anunció que se iniciaría una segunda investigación por el terrorismo de estado contra los 16 niñas y niños, y la querella de APDH ya formalizó la denuncia ante el juez federal Reinaldo Rodriguez en la que pidió la indagatoria y la prisión preventiva en cárcel común de los seis condenados y agregó un séptimo: el ex juez Víctor Brusa.
Después del veredicto, en agosto, el Tribunal dejó en libertad a cuatro condenados: Mendoza, Insaurralde, González y Riuli. Mendoza y González porque ya cumplieron la sentencia en la casa y los otros porque sobrepasaron dos tercios de la pena, también en el domicilio. En el caso de Riuli, la única restricción es no acercarse a menos de 200 metros de la casa de sus víctimas, en Laguna Paiva. "Todas las libertades dispuestas por el Tribunal fueron muy revictimizante para las víctimas”, dijo el abogado de la APDH, Federico Pagliero.
Los organismos denunciaron la libertad de los “cuatro genocidas” en un documento al que titularon: “Se escribe libertad condicional, se pronuncia impunidad”. “Las condenas del Tribunal (entre 5 a 6 años y medio de prisión) fueron extremadamente bajas a pesar de la gravedad de los hechos acreditados en el juicio: privaciones ilegales de la libertad agravadas y torturas agravadas en un contexto de terrorismo de estado. Escasas penas, que no se corresponden con los delitos cometidos y la crueldad propia del plan sistemático de represión”.
“Estas condenas vergonzantes –advirtió- alejan a la Argentina de las obligaciones internacionales asumidas en materia de juzgamiento y sanción adecuada” del terrorismo de estado. “Más aún, si el propio Tribunal las usa de fundamento para otorgar las libertades condicionales que denunciamos. Si el máximo de la escala penal no se pensó para estos delitos aberrantes ¿para cuáles se reserva?”, preguntó.
La salida a la calle de los “condenados por delitos de lesa humanidad redundan en un claro perjuicio para la sociedad y en especial para las víctimas, sobrevivientes y familiares, que ven burlado el largo camino” en demanda de justicia.
“La mayoría de las víctimas y sobrevivientes viven Laguna Paiva, la misma ciudad en la que conviven con Riuli, responsable del padecimiento, secuestros y torturas de familias enteras”, en una “prolongación del terror e impunidad que resultan intolerables. Una clara revictimización de los sobrevivientes del genocidio”, apuntó. “El único lugar para un genocida es la cárcel común y efectiva”.