Hace 12 años que la Justicia no le cree a tres hermanxs que expresaron como pudieron, con palabras, dibujos, conductas, que su papá los había abusado sexualmente cuando eran muy pequeños: no habían cumplido todavía 3 años los mellizos y la nena tenía un año y algunos meses. Hoy son adolescentes. Los jueces de la Sala 1 de la Cámara Nacional de Casación en lo Criminal y Correccional, Horacio Dias, Daniel Morín y Mario Magariños, tienen la posibilidad de darles otro mensaje. La fiscal Graciela Gils Carbó pidió que revoquen el fallo del TOC N° 30 que en 2017 absolvió al progenitor por el beneficio de la duda, con los votos de los magistrados Luis María Rizzi y Marcela M. Rodríguez –cuestionados ya en otros fallos por sus sesgos machistas--. Gils Carbó planteó que se dicte una nueva sentencia fundada en el voto en disidencia del juez Guillermo Friele, que pidió una condena de 10 años de prisión para el padre “como autor penalmente responsable del delito de abuso sexual gravemente ultrajante cometido en perjuicio de sus hijos menores”, y del delito de amenazas coactivas contra los dos mayores –los mellizos— “por haberlos amenazado con inferir daño a su madre si contaban lo que sucedía”. Puntualmente –contaron— les decía que la iba a matar.

“Estas luchas comienzan siendo individuales, de una familia, pero luego pasan a ser parte de una lucha colectiva”, dijo Karina P., madre de lxs niñxs días atrás, en una audiencia virtual donde relató ante los jueces de Casación el tortuoso camino judicial que han enfrentado sus hijxs.

Organizaciones que trabajan por los derechos humanos y la niñez vienen acompañando a lxs hermanxs y a la madre desde hace una década igual que el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, desde la Unidad de Intervención en Victimología, a cargo de Alberto Linares. “Se trata de un caso emblemático, de gran trascendencia e interés público porque muestra claramente la discriminación que sufren en general las víctimas infantiles frente a las instancias judiciales, que desconocen su palabra o hacen una interpretación sesgada de los hechos que denuncian, cuando deberían respetar y hacer valer sus derechos y especialmente el interés superior de niñas y niños”, señaló a Página/12 Nora Pulido, coordinadora del Colectivo de Derechos de Infancia y Adolescencia y presidenta de la Asociación para los Derechos de la Infancia. Pulido presentó un amicus curiae ante Casación. También la abogada Natalia Gherardi, directora ejecutiva del Equipo Latinoamericano de Justicia y Género (ELA). “Es un caso que refleja cómo se estigmatiza a las madres protectoras, que acompañan a sus hijxs en denuncias de abuso sexual. El Estado argentino asumió compromisos que lo obligan a incorporar la perspectiva de género en la Justicia. Y queda en evidencia en este caso que no se está cumpliendo”, indicó Gherardi a este diario. En el amicus curiae que presentó, la directora de ELA advierte que el juez Rizzi y la jueza Rodríguez interpretaron la decisión de formular, sostener y seguir la denuncia contra el progenitor de sus hijxs como “una represalia de su ex mujer por no haber podido resolver las cuestiones materiales como ella pretendía” en el divorcio de ambos (fs. 296 de la sentencia absolutoria del TOC 30). “Es un claro estereotipo de género”, apuntó.

-¿Por qué acompañan a Karina P. en esta causa? –le preguntó este diario a Linares, responsable de la Unidad de Intervención en Victimología del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos.

-Nos sumamos a acompañarla y supimos prontamente los padecimientos a los que habían sido sometidos esos niñes y su mamá en esos primeros años, que fueron el prolegómeno de un largo catálogo judicial de todo lo que no debe hacerse: la intervención de los fueros de familia y penal desvinculados entre sí, salvo coincidiendo puntualmente en el trato revictimizante a los hermanitos, trato machista y patriarcal a la mamá, falta total de cuidado y empatía con eses niñes tan pequeños, manoseos y sometimiento a la fuerza policial en más de una oportunidad. Daños gravísimos de los que ningún funcionario se ha hecho cargo en estos absurdos 12 años de trámite judicial. Ese sistema además trató al padre denunciado con una total asimetría respecto de la mamá denunciante, permitiéndole como es habitual en estos casos, que se introdujera una supuesta disputa de pareja con tintes económicos, de celos y hasta de supuesta venganza.

La justicia ya se pronunció en tres oportunidades y absolvió al padre denunciado. “Acompañamos a lxs niñxs para que sepan que hay adultos que sí les creen, que pueden ser empáticos con su sufrimiento. En la causa, docentes, personas que estuvieron al cuidado de ellxs, profesionales que les realizaron pericias, dan cuenta de que los abusos existieron”, dijo a este diario Pulido.

La larga historia de la denuncia

Luego de divorciarse de G.M.T. en 2008, Karina P. empezó a tener sospechas de que sus hijos podrían haber sufrido abuso sexual de parte de su ex, cuando iban a su casa, y peregrinó por consultorios de psicólogas especializadas, buscando descartar esa impresión. Pero con enorme dolor, en cambio, la confirmó o, mejor dicho, lo hicieron los mellizos y la nena, con las palabras a su alcance en esa corta edad, con dibujos, e incluso actitud y conductas compatibles con ese trauma, como no controlar esfínteres y sufrir pesadillas o agredir a compañeritos del jardín de infantes, tal como acreditan distintos peritajes de expertos.

En 2009 denunció penalmente a su exmarido. Pero G.M.T. fue sobreseído en primera instancia en 2011 –sin ser indagado ni citadas las terapeutas de los chicos– por el juez Luis Alberto Zelaya, del Juzgado Nacional en lo Criminal de Instrucción N° 13. La absolución fue ratificada por la Cámara de Apelaciones en lo Penal, sobre la base de informes que generaban dudas sobre los hechos: no negaban ni confirmaban los abusos.

Entonces la querella presentó un recurso en queja ante la Cámara Nacional de Casación Penal, que ordenó al juez Zelaya continuar con la instrucción de la causa, y le señaló una serie de pruebas que debía producir y sobre todo, destacó la necesidad de que garantizara el derecho de lxs tres niñxs a ser oídos. Pero el magistrado no siguió las indicaciones, por lo que la querella planteó su recusación y la Cámara de Apelaciones dispuso su apartamiento del caso. El expediente pasó, por sorteo, al Juzgado de Instrucción en lo Criminal N° 21, donde le dieron otro rumbo a la investigación y finalmente procesaron al imputado el 11 de diciembre de 2014. La defensa apeló, sin éxito. Y quedó firme el procesamiento de G.M.T. como autor penalmente responsable del delito de “abuso sexual gravemente ultrajante reiterado en al menos dos ocasiones agravado por haber sido cometido por un ascendente en concurso real con el delito de amenazas coactivas por el que también responderá en calidad de autor”. En 2017, el Tribunal Oral en lo Criminal Nº 30, con los votos de Rizzi y Marcela M. Rodríguez lo volvió a absolver por el beneficio de la duda. La fiscal Gils Carbó recurrió a Casación y se hizo lugar al recurso. La Sala 1 tiene hace tres años y 8 meses el caso para resolver. Los mellizos ya tienen 16 años y la niña, 14.