Con un análisis sobre la situación social, la violencia y las organizaciones delictivas, la Justicia condenó ayer a Ariel "Guille" Cantero y otras seis personas por la saga de balaceras cometidas entre mayo y agosto de 2018 contra objetivos judiciales. Acusado como instigador de 7 de los 14 ataques juzgados, Cantero recibió su séptima pena, esta vez a 22 años de prisión. La misma se unificó en 28 años y 8 meses, con la sentencia que le impusieron el año pasado por amenazas telefónicas a un ex juez. Los otros seis imputados recibieron penas que van de 20 a 7 años de cárcel. 

"Los hechos objeto de este juicio no reconocen precedente en nuestro país", dijeron los integrantes del tribunal en su resolución. "Aspiramos a que éste sea un punto de inflexión, un hito a partir del cual se ponga un freno definitivo a las organizaciones que ponen en vilo a las instituciones democráticas", expresaron en el veredicto que se dio en el marco de un fuerte operativo de seguridad en los alrededores del Centro de Justicia Penal. Es que ese edificio, donde durante un mes se realizó el juicio, fue baleado dos noches antes del inicio del debate a fines de agosto.

Tras escuchar la resolución, los fiscales Matías Edery, Miguel Moreno, Gastón Ávila, quienes imputaron los hechos sobre el móvil de la "intimidación y amedrentamiento hacia los magistrados que debían decidir cuestiones relacionadas con Cantero en sus causas penales", manifestaron conformidad. Los acusados escucharon el veredicto vía zoom, desde sus lugares de detención.

Además de Cantero, fueron condenados Matías César y Lucía Uberti, a 20 años de prisión; Daniel Delgado, a 12 años y 6 meses, que se unifica en 33 años y seis meses con la pena que cumple por el triple crimen de villa Moreno cometido en 2012. Leonardo "Chulo" Olivera, recibió pena de 11 años; Daniel Chavez, fue penado a 7 años; y Leonel Fernández, a 8 años. "Las penas se ajustan en aproximación con lo que solicitamos", dijo Moreno. Al mismo tiempo, los fiscales analizaron que "la venta de violencia es rentable y se debe a la diversificación de los negocios".

Si bien el tribunal integrado por Hebe Marcogliese, Pablo Pinto y Rafael Coria dará a conocer los fundamentos del fallo en los próximos días, hizo algunas apreciaciones. "La Fiscalía presentó un caso complejo, con hechos vinculados entre sí, no sólo por la sindicación de Cantero como instigador en al menos siete, sino por conformar una saga que sólo puede comprenderse si se la enmarca en el contexto en que ocurrieron. Se inician entre el veredicto condenatorio (por la causa seguida a Cantero y otros integrantes de la banda de Los Monos por asociación Ilícita), el traslado de Cantero dispuesto por la justicia federal hacia una unidad penitenciaria federal de Chaco (en mayo de de 2018); y finalizan con la detención de César y Uberti (en septiembre de ese año)", contextualizaron.

"El análisis de la prueba permite tener un panorama sobre el cómo, quién o quiénes y por qué materializaron los hechos. Se demostró que los objetivos agredidos se vincularon a dos de los jueces que integraron el tribunal que condenó en primera instancia a Cantero (en 2018), y a dos de las magistradas que integraron el tribunal de apelación, como también a dos comisarios del equipo de la pesquisa de aquella causa". También fueron blanco "el edificio del Centro de Justicia Penal, la entonces sede del Ministerio Público de la Acusación y de la Policía de Investigaciones", recordaron.

Para el tribunal hay "similitud entre todos los hechos". Y consideraron "acreditado que Cantero tenía vinculación directa" con los demás imputados. "Desde su lugar de detención, se comunicaba con Delgado, César y Olivera para orquestar los ataques", dijeron.

En su análisis, plantearon que hay situaciones de violencia "donde la vida propia ni ajena tiene valor". Sobre los involucrados, señalaron que "son precisamente aquellas actividades teñidas de violencia amedrentamientos, usurpaciones, uso de armas, comercio de estupefacientes, como demostró la prueba, las que signan el tipo de relación que los unía". 

En ese sentido, reflexionaron: "Los hechos objeto de este juicio no reconocen precedente en nuestro país. En un lapso de cerca de 90 días se llevaron adelante doce ataques con armas de fuego que no tuvieron como objetivo principal a personas, sino a las instituciones que representan (...). Un poder el de la violencia y el miedo confrontando, desafiando y negando el poder del Estado, que no es otro que el de la sociedad en su conjunto. Los jueces penales, como todos los actores que integran este sistema, comprendemos que el fenómeno no se restringe a un problema de seguridad que pueda ser resuelto en un tribunal". 

También, sostuvieron que la situación exige un abordaje "a través de políticas públicas comprometidas, que superen el ámbito de la incidencia delictiva, que se nutran de información y planificación, que garanticen los recursos necesarios para su ejecución y sobre todo que trasciendan a los gobiernos y a las gestiones. Y para ello es necesario el compromiso de todos los poderes y niveles del Estado, de la sociedad intermedia y de la ciudadanía en su conjunto". Además, plantearon "que las respuestas no se reduzcan al sistema penal, al castigo y al encierro, sino que también se aborden desde la inclusión social y desde la igualdad de oportunidades". 

Penas

Cantero tiene 33 años y está preso desde 2013. Su primera condena fue en 2016, a 2 años por tenencia de arma de guerra. En 2018 fue condenado a 22 años, en la causa contra la banda de Cantero, que precedió a los ataques que fueron juzgados en el debate que terminó ayer; y a fines de ese año, la justicia federal le dio 15 años en el marco de la causa Los Patrones. Luego tuvo otras penas por amenazas y secuestro extorsivo, que en total suman más de 80 años, pero que deben ser unificadas, según aclaró ayer el fiscal Moreno. "Esto está sujeto a una unificación global, conforme vayan quedando firmes las penas. En función de lo que prevé el código, la pena (resultante de la unificación) no va a exceder los 50 años", dijo. La sentencia de ayer se unificó con la única que ya está firme.

En tanto, en la previa del juicio fueron condenados en juicios abreviados Claudio Canavo, a 17 años -sumado a una causa de homicidio-, Tobías Barrios y José Castillo, a 5 años y medio, y Aldana Mazzeo, 3 años.

Por otro lado, tras el fallo, el Consejo Directivo del Colegio de Magistrados y Funcionarios del Poder Judicial provincial (zona sur) destacó la "relevancia social e institucional de haberse llevado adelante una causa penal donde se juzgaron hechos de amedrentamiento e intimidación contra domicilios de distintos operadores judiciales, como así también de edificios públicos", expresaron en un comunicado.