El 4 de marzo de 2020, 13 días antes del inicio del Aislamiento Social, Preventivo y Obligatorio (ASPO) impuesto en el país por la pandemia de la covid-19, la jueza en lo Civil y Comercial de Tartagal, Griselda Nieto, dispuso que campesinos que viven hace ya 40 años en las tierras que trabajan, las “devuelvan” a titulares registrales a quienes la magistrada reconoció como los verdaderos dueños de esas superficies.

La notificación de esta resolución de 2020 llegó a manos de Antolín y Nicomedes Soraire el jueves pasado. Esta vez la resolución de Nieto es en el marco del proceso de reivindicación iniciado por Ana Lourdes Bracaglia, representada por el abogado Francisco Saravia Toledo, según indica la notificación.

Los hermanos Soraire iniciaron sus vidas tras casarse en 1980 con nativas de las zona, descendientes también ellas de familias criollas que desde 1930 habitaban tierras de la ahora desmembrada parcela 3.091 deldepartamento Rivadavia, en el Chaco salteño. Una vez unidas las parejas, se instalaron en un lugar cercano al de donde eran sus esposas, en el puesto El Potrero, ubicado a unos dos kilómetros de la ruta nacional 81, cerca de Los Blancos, en Rivadavia Banda Norte.

Durante la pandemia Antolin Soraire alertó sobre la sequía que se sufría en el Chaco salteño en general y en su puesto en particular (https://www.pagina12.com.ar/294340-se-perdio-un-30-del-ganado-bovino-por-la-sequia-en-el-chaco-). Su puesto no cuenta con ningún servicio de lo brindados por el Estado a la mayoría de la ciudadanía. No tiene luz, ni gas, a menos que cargue combustible en el generador o compre una garrafa. De un pozo cuya construcción pagaron ellos mismos extraen el agua para su consumo humano y para poder criar animales.

Él tiene cuatro hijos y su hermano, cinco. Si bien la mayoría vive en el pueblo (Los Blancos), toda la familia subsiste por el trabajo que se hace en el puesto de los hermanos, de una extensión de 673 hectáreas contando el área de pastaje de los animales.

Soraire presentó todos los papeles para poder ser relevado por la provincia en el marco de la Ley 7658, de Regularización Dominial de los Pequeños Productores, que en su artículo 9 suspende todas las instancias de desalojo. El pequeño productor aseguró que la presentación ante las autoridades administrativas de la provincia a cargo del relevamiento y posterior regularización fue elevada en 2019.

Una hectárea a 10 dólares

Al igual que otros casos de campesinos que sufren los embates del avance de la frontera agroganadera, los Soraire se enteraron de que había titulares registrales cuando alguna vez los visitaron para reclamarles la tierra comprada (u obtenida), en papeles. Esas transacción se hizo a miles de kilómetros de donde viven. Sin demasiado conocimiento de la administración judicial, como pudieron, los Soraire consiguieron un abogado e iniciaron el juicio de posesión veinteñal. Pero, como suele suceder con las causas que intentan impulsar los campesinos por la posesión de tierras que trabajaron toda su vida, “todo quedó ahí”.

Según los datos que surgen de la cédula parcelaria, Bracaglia junto a Ana María Sola (ambas de Buenos Aires) obtuvieron en calidad de “Dación de Pago” unas 15 mil hectáreas de la finca con un precio equivalente a 150 mil dólares. La costo de las tierras en aquel año fue, según los cálculos, a 10 dólares por hectárea, equivalentes en ese momento a 93 pesos. En precios actualizados, a un poco menos de dos mil pesos.

En la notificación que llegó a los hermanos y sus familias se ordenó que “en 10 días restituyan a la actora la porción del inmueble rural que ocupan identificado bajo el catastro 3091…bajo apercibimiento de ordenar el desahucio con el auxilio de la fuerza pública”. Aunque Salta/12 se comunicó con Saravia Toledo, abogado de las dos titulares registrales, para poder conocer su posición frente a la causa, no se obtuvieron respuestas.

“No es un desalojo”

Por otro lado, tras las denuncias por el desalojo a instancias de una demanda de Gianfranco Macri contra la familia Segovia, el juzgado a cargo de Nieto ofreció ayer algunas respuestas a través de la página oficial del Poder Judicial de la provincia de Salta.

Este Juzgado no ordenó algún desalojo en ninguna de las actuaciones”, sostuvo la jueza por escrito. Afirmó que solo se hizo lugar “a la acción de reivindicación interpuesta por el demandante en relación a 20 hectáreas, matrícula 3498, paraje El Blanco" y "A la fecha no se inició el proceso de ejecución de sentencia”. En realidad, se trataría de un “previo aviso” de un posible desalojo ante el reconocimiento de la titularidad de las tierras a favor del empresario.

El expediente por el cual se siguió “el proceso de reivindicación es el N° 19139/09 Macri Gianfranco contra Segovia Ramón, Segovia René Tranquilino por reivindicación”, en el que "se interpuso el presente 2021 caducidad de instancia (pedido de conclusión del proceso por inactividad de las partes artículo 310 y subsiguientes del Código Procesal Civil y Comercial) habiéndose corrido vista a Fiscalía Civil y Comercial en fecha 21/09/2021, que a la fecha no se ha expedido. Una vez efectuado, se resolverá el planteo”, se indicó.

La comunicación ratifica lo indicado por los Segovia al sostener que también “tramita el Expediente ‘Segovia René Tranquilino, Segovia Ramón contra Macri Gianfranco por adquisición del dominio por prescripción’, expediente 19700/09 en el cual con fecha 03/04/2019 se declaró la caducidad de instancia (conclusión del proceso por inactividad de las partes- artículo 310 Código Procesal Civil y Comercial)”. Es decir el juicio de posesión veinteñal instado por los campesinos cayó y, en cambio, sigue vigente, la demanda de Macri contra los poseedores.

Señalando responsables

Una aclaración importante de Nieto indicó que el 5 de octubre de 2018 “se informó a la Secretaría de Justicia y Métodos Participativos de Resolución de Conflictos del Ministerio de Gobierno, Derechos Humanos y Justicia (del Ejecutivo provincial), el trámite en relación al expediente” iniciado por Macri contra los Segovia por reivindicación “en virtud de los amplios alcances de la Ley Nº 7658”.

El Juzgado, la jueza en realidad, da por hecho el conocimiento de la normativa. Pues sostiene que “dicha ley no solo suspende por dos años a partir del 31 de diciembre de 2019, las ejecuciones de sentencias, de medidas cautelares y demás actuaciones o disposiciones judiciales, cuyo objeto sea el desalojo, desocupación o modificación de la situación de hecho de tierras poseídas por familias rurales y pequeños productores agropecuarios que se encuentren en los casos previstos en los artículos 1898 o 1899 del Código Civil y Comercial”, sino que “también tiene por objetivo proteger la identidad cultural de los pequeños productores agropecuarios y familias que habitan en zonas rurales de la provincia de Salta y evitar desalojos de pequeños productores y familias rurales de las tierras en las que habitan a base de documentos firmados con ardid o engaño"

El comunicado agrega que "Principalmente" la Ley "crea el Programa de Regularización Dominial y Asistencia para pequeños productores agropecuarios y familias rurales, estableciendo sus funciones”. 

Es así que para el Juzgado de Nieto “es entonces la autoridad administrativa quien determina -de acuerdo a criterios objetivos- las condiciones necesarias para ser considerado pequeño productor, teniendo en cuenta las pautas que la ley señala”. Actualmente el programa enmarcado en la ley está a cargo de la Secretaría de Tierras y Bienes del Estado de la provincia.