El fiscal Penal N° 2, Ramiro Ramos Ossorio, interviene ante la denuncia de un vecino de Atocha, municipio de San Lorenzo, contra la curtiembre Lauju SRL por desobediencia judicial. El vecino denunció que la empresa continúa vertiendo efluentes en el arroyo Isasmendi y para respaldar la denuncia, presentó cuatro videos que fueron grabados en presencia de personal policial: fotografías del arroyo, la pileta y del ducto vertiendo un líquido rojo.

La Secretaría de Recursos Hídricos, había dispuesto la suspensión temporaria del uso del agua subterránea que interviene en el proceso productivo de la curtiembre y del vuelco de efluentes al Arroyo Isasmendi, lo que el juez de la Sala III de la Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial, Marcelo Domínguez había considerado suficiente para resguardar el medio ambiente, rechazando medidas cautelares pedidas por el Ministerio Público Fiscal que buscaba la suspensión de la actividad de la empresa, y que incluyó el 3 de septiembre un recurso presentado en ese sentido ante la Corte de Justicia, "en defensa y protección del medio ambiente y los derechos de incidencia colectiva en general".

Según el Boletín Oficial de la provincia, la firma Lauju tiene como socios a Julio Javier Moreno Buliubasich, de profesión contador público, y a Marta Inés Buliubasich, quien figura como esposa de Julio Aurelio Moreno Ovalle.

Ramos Ossorio pidió pericias al Cuerpo de Investigadores Fiscales, como la toma de muestra bioquímica del agua de la salida del caño para verificar cambios al vertirse en el caudal de agua y después del contacto con el agua del arroyo, entre otras.

El 20 de septiembre, el Poder Judicial informó que Domínguez dispuso dar trámite al amparo colectivo promovido contra Lauju SRL por el que se busca que se ordene la clausura de la curtiembre.  En su resolución el juez puntualizó que “la acción se encuentra dirigida a prevenir los alegados daños ambientales derivados de la actividad industrial que Lauju S.R.L desarrollaría, sin cumplir con los recaudos exigidos por la normativa ambiental, consistente en el curtido de pieles de animales. Se alega al respecto que en razón de la referida actividad se generan efluentes -que en su composición poseen metales nocivos, peligrosos para la salud y el ambiente-, los cuales se vuelcan al Arroyo Isasmendi, sin ningún tipo de estudio ambiental”.

En la causa el fiscal Civil, Comercial, del Trabajo y en lo Contencioso Administrativo Rodrigo Erazo Schmidt  solicitó que luego de la notificación de la demanda a la empresa, se comunique de manera pública “la existencia del presente proceso, a los efectos de que llegue a conocimiento de los habitantes de la ciudad de Salta”.

El 30 de septiembre, el Ministerio Público Fiscal informó de la nueva denuncia contra Lauju realizada por un vecino y que tramita por el fiscal Ramos Ossorio. Anteriormente ya había otra denuncia de vecinxs en la Fiscalía a cargo de Gustavo Vilar Rey por la rotura de un ducto por el que la empresa vuelca efluentes con olor nauseabundo y que se ha ofrecido como prueba en la causa civil que tramita en paralelo Erazo Schmidt.

Este último fiscal había solicitado tres veces medidas cautelares para la suspensión provisoria de la curtiembre por contaminacion ambiental ante el juez Domínguez, pero ésta las rechazó.

Erazo Schmidt interviene desde 2019 en la causa civil, desde que asumió el procurador general Abel Cornejo y lo designó para investigar este tema. Cornejo decidió que la causa no sea archivada ya que se había iniciado en 2009 con la publicación de una noticia en la que vecinxs de Atocha denunciaban los olores nauseabundos que provenían de la curtiembre pero la investigación iniciada en el Ministerio Público se estancó desde aquella fecha. 

La curtiembre funciona hace 45 años en Atocha, en los que habría cambiado de propietarios. El Boletín Oficial informa que la fecha de constitución de la firma Lauju con lxs actuales socixs es el 31 de enero de 2019.

El fiscal Erazo Schmidt señaló que la actividad industrial comenzó sin un proceso de evaluación de impacto ambiental previo. Sin embargo, la ley de ambiente 7070 rige desde el año 2000, por lo que consideró que se está ante un notorio incumplimiento.

El departamento Técnico Científico del Área Ambiente del CIF en una inspección realizada encontró sulfato de cromo, manganeso y cobre en los efluentes vertidos por la curtiembre Lauju. La firma había informado que “para el curtido de cuero utiliza únicamente extracto de quebracho, tanino, que se trata de un método de curtido vegetal, sin uso de sulfato de cromo”. 

Sin embargo, el CIF encontró en el lugar bolsas con sulfato de cromo que según la empresa eran “muestras” enviadas por una empresa química, y aseguró además que su presencia en los efluentes podría provenir de algún residuo o estar dentro de otros compuestos que se utilicen el proceso. Además el CIF encontró que “el valor obtenido para el parámetro de DQO (que marca la cantidad de sustancias susceptibles de ser oxidadas por medios químicos que hay disueltas o en suspensión en una muestra líquida) supera ampliamente lo establecido en la normativa legal”.