El fiscal general ante la Cámara Federal de Casación, Javier De Luca, respaldó el pedido del equipo fiscal para que la titular del Juzgado Federal N° 2 de Bahía Blanca, María Gabriela Marrón, sea apartada del caso por la desaparición y muerte de Facundo Astudillo Castro. "No practicó ninguna medida conducente, denegó las propuestas por la fiscalía, hizo perder un tiempo precioso a la pesquisa ('el tiempo que pasa es la verdad que huye') e incorporó elementos que en lugar de esclarecer, entorpecen la búsqueda de la verdad real", sostuvo el fiscal general, y remarcó que la magistrada obstaculizó “líneas de investigación que pudieran comprometer la actuación de las fuerzas de seguridad del lugar en los hechos”. Así lo informaron las querellas de la familia, de la Comisión Provincial por la Memoria y el sitio fiscales.org.

La intervención de De Luca se dio a partir del recurso de queja abierto por la Sala I del máximo tribunal penal, interpuesto por los fiscales Horacio Azzolín y Andrés Heim, ante la confirmación del rechazo a la recusación de la jueza -y posterior rechazo del recurso de casación frente a esa decisión- dispuesto por la Cámara Federal de Bahía Blanca. La misma sala también abrió para el tratamiento otro recurso de queja de los fiscales frente a la decisión de la jueza Marrón -confirmada por el tribunal revisor bahiense- de ordenar la producción de un informe pericial mientras la investigación se encontraba delegada --aun lo está-- en el Ministerio Público Fiscal. Esa fue la razón por la que los fiscales recusaron a la jueza. Azzolín y Heim entendieron que había perdido la imparcialidad y solicitaron que se declare la nulidad de su orden de oficio, por considerarla una "intromisión" en las facultades de los fiscales.

"La descripción de las circunstancias del caso en estudio no deja lugar a dudas respecto de que la jueza de la causa ya tiene una posición tomada (un prejuicio) sobre cómo se sucedieron los acontecimientos que derivaron en la muerte del joven Astudillo, lo cual es totalmente incompatible con la actitud y apertura mental que debe adoptar cualquier magistrado en la etapa de investigación o averiguación de un posible crimen", señaló De Luca. De hecho, en esta causa -delegada en manos de Azzolín, Heim y la fiscala Iara Silvestre- se dispusieron en 2020 una serie de medidas de prueba que buscaban despejar interrogantes sobre las razones por las cuales el cuerpo de Facundo Astudillo Castro, cuya desaparición fue denunciada el 30 de abril de 2020, fue hallado en el estuario de Bahía Blanca el 15 de agosto de ese año.

Cuando un juez o jueza delegan la instrucción de una causa en manos de la fiscalía precisamente entrega a manos de fiscales la orientación de la investigación. Sin participación ni control de las partes –esto es, querellas y fiscalía– la jueza federal María Marrón dispuso de oficio la realización de un segundo informe sobre las mareas al Instituto Argentino de Oceanografía (IADO) que, sin rigor científico y sin que sea esa su función, aventura hipótesis sobre un posible recorrido de Facundo para concluir que se trató de una muerte accidental mientras caminaba por la zona del cangrejal en Villarino Viejo. La fiscalía había solicitado el primer informe de mareas pero luego de cuatro meses lo que le entregaron excedía lo que había pedido, y fue calificado como tan "trucho" que directamente lo devolvió. Todo indica que la jueza quería ese documento sí o sí en el expediente, por lo cual ordenó de oficio hacer el otro, una réplica que mencionaba la misma hipótesis, pero que resultó "incompleto y desprolijo", dado que se hizo en "tiempo record". Aunque los fiscales Silvestre, Azzolín y Heim pidieron la nulidad del mismo, Marrón lo incorporó a la causa. Ese dossier menciona una profundidad de cuatro metros del mar sobre el cangrejal cuando todas las evidencias recogidas en la causa marcan que lo máximo que llega el agua es a la altura de las rodillas.

"Además de nula, los fiscales consideraron que la decisión de la jueza de forzar la realización de ese estudio implicaba cristalizar su postura sobre el caso, que había insinuado previamente, y que se traduce en que Facundo Astudillo Castro falleció ahogado accidentalmente en el estuario de Bahía Blanca, el cual habría pretendido cruzar a pie. Los fiscales indicaron que esto implica perder la imparcialidad debida a todos los jueces y por eso solicitaron su apartamiento", resumió De Luca. 

Responsabilidad internacional

En su dictamen ante la Cámara Federal de Casación, el fiscal De Luca señaló que "la cuestión no es banal, porque esta actividad de la magistratura puede implicar la responsabilidad internacional del Estado argentino, la cual se produce, cabe recordar, tanto por acción como por omisión". Agregó que "las quejas de los fiscales sobre la invasión de potestades de los investigadores (porque la instrucción había sido delegada) no es más que la forma mediante la cual se viene produciendo algo mucho más grave". Y, en efecto, señaló:

* "Al hacerlo, sus decisiones terminaron produciendo obstáculos y desvíos de la investigación hacia un único rumbo, el de su hipótesis".

* "De este modo, se viene obturando la posibilidad de los acusadores de profundizar las líneas de investigación que ellos consideran correctas y pertinentes, de acuerdo al bagaje probatorio colectado durante la instrucción de esta causa, guiado por la experiencia criminalística y la triste historia argentina de hechos similares que nos han enseñado a no descartar ninguna posibilidad".

* "Cuando la investigación es delegada en cabeza del Ministerio Público Fiscal, éste es el exclusivo órgano encargado de la recolección de las pruebas que van a alimentar la pesquisa, y en base a ellas, establecer la o las hipótesis investigativas que considere razonables para la dilucidación del hecho y de sus autores".

* "En la actualidad el Ministerio Público Fiscal ha dejado de ser un convidado de piedra en el proceso" y "precisamente, la tarea de investigar es uno de los cometidos esenciales del Ministerio Público Fiscal moderno, lo cual viene de la mano con el predominio de procesos netamente acusatorios".

* "A lo largo de toda esta etapa investigativa, la magistrada ha demostrado una actitud refractaria hacia todas las medidas de prueba que la fiscalía solicitara. Ello ocurrió cuando se intentó avanzar en líneas de investigación que pudieran comprometer la actuación de las fuerzas de seguridad del lugar en los hechos. Para ella, toda hipótesis que se aparte del mero 'accidente' y se dirija hacia la posibilidad de un homicidio, doloso o culposo, o un encubrimiento de éste, es inmediatamente negada. 

* En tal sentido, De Luca recordó que, cuando solicitaron el allanamiento a los domicilios de dos agentes policiales, los fiscales requirieron la implementación del secreto de sumario de las actuaciones pues los efectivos ya contaban con abogados defensores en la causa. "Si bien ello fue autorizado, el Juzgado notificó digitalmente a través del Lex 100 a la Fiscalía el término del secreto de sumario, pero no ocultó esa notificación en el sistema", puntualizó el fiscal general.

* "Desde la solicitud efectiva del allanamiento la jueza dejó pasar doce días hábiles sin emitir ningún tipo de respuesta al respecto", lo cual implicó que "dejó vencer el secreto de sumario y notificó a las defensas al momento de rechazar las medidas de coerción. Es decir, adoptó una actitud totalmente incompatible con la debida en la etapa de investigación, con grave perjuicio a la búsqueda de la verdad jurídica objetiva".

* "La medida más demostrativa de su parcial proceder fue la de suplir la actividad de los titulares de la acción penal pública al requerir unilateralmente un informe al IADO. Ello, con el único objetivo de reforzar su propia visión de los hechos". Esa visión, indicó De Luca, tenía el sentido de "profundizar la hipótesis que ya había referido en su auto del 15/10/20 sobre que Astudillo había 'muerto ahogado' en el mar".