Mientras se cumplen dos años de iniciado el juicio y a pocos días de la sentencia, se produjo la audiencia de alegatos de la defensa en el proceso contra los militantes Daniel Ruiz (PSTU) y Daniel Arakaki (PO), acusados de intimidación pública y atentado agravado a la autoridad por su participación en la movilización del 18 de diciembre del 2017. El juicio llevado adelante por el Tribunal Oral (unipersonal) 3, a cargo del juez Javier Feliciano Ríos, está cerca de su finalización. En noviembre de 2019 comenzó el proceso contra cinco de los manifestantes que aquella jornada participaron del repudio masivo a la reforma jubilatoria que impulsaba el gobierno de Mauricio Macri, que comenzó con represión cerca del Congreso y afectó incluso a legisladores, siguió con una lluvia de piedras durante varias horas contra las fuerzas policiales y la posterior cacería de los uniformados que dejó graves heridos y varias personas que perdieron un ojo.

"El análisis presentado por la acusación resultó sesgado, ni la materialidad ilícita, ni la autoría fueron comprobadas, el análisis realizado por la fiscalía no se condice con lo que realmente pasó", dijo a PáginaI12 Martín Alderete, abogado de Ruiz, sobre su alegato.

"Es un perseguido político por el solo hecho de salir a manifestarse, de ser el compañero de Sebastián Romero (estigmatizado como "Gordo Mortero") y de haber tenido una actitud de resistencia si se quiere más simbólica que en los hechos frente al avance policial que se dio ese día frente a la Plaza de los Dos Congresos”, agregó.

El defensor Alderete, miembro de CADEP (Coordinadora Antirrepresiva por los derechos del Pueblo), planteó en primer lugar el contexto en que se realizaron los hechos, el fuerte repudio social de amplios sectores que presentaba el proyecto de reforma previsional que se estaba tratando en el Congreso, y las violentas represiones de los días anteriores a la manifestación del 18 de diciembre del 2017. "Con la presente causa lo que se busca es limitar el derecho a la libre expresión y a la protesta", dijo en la audiencia. En relación a los hechos que se le imputan a su defendido, señaló que se le adjudicó a haber participado, junto con Arakaki, Javier Ponce, Romero y Mariano Stansiola de una sucesión de ataques contra el personal policial, pero nunca fue posible determinar con el "plexo probatorio" cuál es esa participación en común, ni se especificó qué vinculo existía entre ellos.

"Lo único probado fue que Daniel Ruiz y Sebastián Romero eran parte de una organización política. Más allá de que uno vivía en Rosario y el otro en Comodoro Rivadavia, no se acreditó si se conocían personalmente, qué vinculo tenían con los otros imputados, si intervinieron espontáneamente o hubo un acuerdo previo", dijo Alderete. El abogado remarcó que la acusación hizo referencia a distintas conductas que habría manifestado Ruiz, “una supuesta sucesión de ataques al personal policial fue valiéndose de determinados elementos”, pero no se explicó cuáles y la prueba no demostró que se haya valido de alguno de estos elementos. "Solo de pirotecnia. Se habló de elementos cortantes, armas de fabricación casera, sustancias inflamables, materiales con capacidad para producir explosiones, tuercas, canicas, piedras", expresó.

La única conducta que se le atribuyó a Ruiz y fue probada en el debate fue la de efectuar dos disparos de “proyectiles contra personal policial, valiéndose de un arma de fuego de factura casera, descripción que es falsa", porque fueron disparos de pirotecnia de un mortero, dijo Alderete. "No hay uno sola constancia en la causa que haya permitido hacer esa acusación al juez de instrucción. No es lo mismo disparar un arma de fuego que un elemento pirotécnico por más riesgoso que sea, y no es lo mismo disparar dos proyectiles que pirotecnia". En lo referido a los peritajes realizados en la causa, el abogado defensor tomó en consideración dos:

* El de balística de la Policía Federal (PFA), que se limitó a explicar qué es un arma de fabricación casera, una descripción de la que surgía que Ruiz no tuvo nada que ver.

* El informe del licenciado Enrique Prueger, quien determinó que lo que utilizó Ruiz fue lo que se denomina un “mortero con bomba”, un elemento de venta libre, que ató a una rama con cinta de embalar y que evidentemente no lo usó de acuerdo a la prescripción que debía. El primer disparo explotó a 29.43 metros de altura y a 27 de distancia del tirador y el segundo a 13.30 metros y 35 de distancia del tirador. El perito pudo determinar que el disparo que más bajo explotó fue cerca del cuarto piso de la altura del edificio que se encuentra en Solís e Hipólito Yrigoyen. También pudo determinar que Ruiz se encontraba a 12 metros del cordón policial al momento de realizar los disparos. "La única conducta registrada controlada y comprobada que es la que se ve en el marco de esos videos, fue efectuada hacia arriba, la explosión a una altura y distancia imposible de causar daño". 

Dijo el abogado del militante del PSTU: "No está probado que Daniel Ruiz haya disparado directamente contra personal policial, si hubiera querido lo hubiese hecho porque no había nada entre él y los policías. Su actitud fue plantarse y oponerse frente al personal policial y no una conducta delectiva como pretende la acusación". Alderete destacó que su defendido fue detenido cuando en la misma causa los demás imputados ya habían sido excarcelados, y estuvo 13 meses preso en la cárcel de Marcos Paz, donde fue espiado ilegalmente, "de manera injustificada".