La Cámara de Diputados avanza con el tratamiento de un proyecto que crea un registro público de condenados por violación y otros delitos contra la integridad sexual, para que cualquier persona pueda consultarlo en la comisaría de su barrio y conocer así la identidad, el domicilio real y el laboral y una fotografía –que deberá actualizarse cada 3 años– de quienes hayan sido sentenciados, y recuperen su libertad. La iniciativa forma parte de un paquete legislativo que impulsó en las últimas semanas en el Congreso el oficialismo, al calor de la conmoción social que causó el femicidio de Micaela García y que parecen más intentos de maquillaje que una respuesta seria a un problema complejo. En la opinión pública, entre funcionarios y legisladores está instalada la creencia de que se trata de delincuentes con un alto índice de reincidencia. Pero lo cierto es que no hay estadísticas oficiales en el país que certifiquen esa afirmación. ¿Qué muestran algunas investigaciones sobre ese punto? Los registros de este tipo se fundamentan en la idea de que la difusión pública implica prevención. ¿Sirven efectivamente para proteger a la población? A través de distintas voces e investigaciones, PáginaI12 intentó encontrar respuestas para aportar elementos a la discusión de un tema por demás sensible.
El proyecto fue presentado por el diputado Diego Mestre (UCR-Cambiemos). La última semana recibió un amplio apoyo en el plenario de las comisiones de Legislación Penal, Justicia y Presupuesto y Hacienda, donde obtuvo dictamen de mayoría. Lo firmaron legisladores de casi todos los bloques, incluido el FpV-PJ. Diana Conti pidió que los datos no sean publicados en el sitio web del Ministerio de Justicia, como planteaba el texto original, sino en cada comisaría. Es decir, los datos serán públicos, porque cualquier ciudadano podrá pedirlos, pero no publicitados, una diferencia que podría derivar en reclamos de inconstitucionalidad. La información de cada condenado deberá estar disponible por 20 años. La iniciativa está en condiciones de ser tratada en el recinto.
El objetivo es “crear un sistema de alertas a la población para los condenados por este tipo de delitos”, detalló durante el plenario la presidenta de la Comisión de Legislación Penal, Gabriela Burgos (UCR-Jujuy). Mestre aclaró que el proyecto permitiría que “los habitantes de todo el país puedan acceder y ver la información sobre condenados por delitos de abuso sexual con o sin acceso carnal”, al advertir que se trata de un delito “que tiene alto índice de reincidencias”. Lo cierto es que no hay estadísticas oficiales sobre reincidencia en este delito (ver aparte).
La violación es uno de los delitos más repudiados por la sociedad. Por esa razón puede resultar incómodo cuestionar el proyecto. Se corre el riesgo de que la postura se malinterprete como una defensa de los agresores sexuales. Nilda Garré del FpV-PJ, por un lado, y Pablo Sebastián López, del FIT, por otro, directamente expresaron su rechazo al proyecto, con distintos argumentos, que sobre todo apuntan a señalar que el registro no va a ser una herramienta efectiva para evitar las violaciones y que no es más que un proyecto oportunista, en un año electoral, frente a un problema muy complejo.
También ofrecieron otras miradas sobre la utilidad del registro el diputado Juan Carlos Giordano, de Izquierda Socialista en el Frente de Izquierda, quien alertó que podría funcionar como “una incitación a la justicia por mano propia” y firmó un dictamen de minoría (ver aparte), y Ana Copes, del Partido Demócrata Progresista, que presentó una disidencia parcial.
Para la diputada Garré se trata de una propuesta que “no sirve para nada”. “No sé bien qué podría hacer una persona para protegerse con la información que pueda suministrar el registro. Habitualmente recomendamos a nuestros hijos e hijas, y nietos que no vayan o hablen con desconocidos. Lo que puede generar es que se tengan más miedo, y en consecuencia que haya reacciones violentas. El Estado tiene la obligación de ofrecerles a las personas condenadas por estos delitos un abordaje terapéutico, como prevé la ley, pero sabemos que no se hace. El Estado se borra. El Patronato de Liberados no tiene presupuesto. Por otra parte, la mayoría de los abusos sexuales se dan en el seno del hogar y no se denuncian. Con este proyecto estamos dando un chupetín. Son delitos complicados y la única forma abordarlo es ofreciendo algún programa especial de tratamiento”, opinó Garré, consultada por este diario.
Recién el año pasado se implementó un proyecto del Servicio Penitenciario Federal –iniciado durante la gestión del ex ministro de Justicia Julio Alak– por el cual se creó el Programa para Ofensores Sexuales (POS) en el penal de Senillosa, en Neuquén. El traslado de los reclusos hacia esa cárcel es voluntario. Habrá que esperar la evaluación de sus resultados. Hay otra experiencia piloto en la Unidad Penal N° 1 de Viedma, Río Negro, donde en 2015 se puso en marcha un Programa de Tratamiento Penitenciario para Personas Condenas por Delitos de Índole Sexual. En el resto de las cárceles provinciales, los condenados por violación están separados del resto de los convictos porque suelen ser acosados y atacados. Lo habitual es que la asistencia que reciben sea voluntaria, es decir, a pedido, y a veces se reduce a una entrevista de apenas 5 minutos, pero no hay abordajes específicos y estructurados. Aunque una reforma a la Ley de Ejecución de la Pena –aprobada en 2012, tras otro femicidio que causó gran conmoción social– obliga al Estado a implementar distintos dispositivos para evaluar la situación de los condenados por violencia sexual y someterlos a un seguimiento específico, junto con el cumplimiento de su condena. Entre las exigencias previas a la concesión de una libertad anticipada para condenados por agresiones sexuales, se estableció la necesidad de elaborar un informe especial por parte de una comisión interdisciplinaria y se estableció el acompañamiento de un equipo especializado durante el periodo en que la persona se encuentre en libertad. Poco o nada se cumple.
En su rechazo al proyecto del diputado Mestre, López, del FIT, dijo que “el argumento de los altos índices de reincidencia no cuenta con fundamentación sólida”. En Argentina, una de las pocas investigaciones conocidas fue realizada por la perito forense argentina Irene Corach, a través de un programa de Extensión de la Facultad de Psicología de la UBA, sobre los 171 casos que estaban bajo supervisión de los 3 juzgados de Ejecución de la Pena de la Ciudad de Buenos Aires entre noviembre de 2009 y enero de 2010. De ese total, el 15 por ciento había sido condenado previamente por otro delito. Pero de ese 15 por ciento –que era reincidente–, 6 personas –es decir, un 5 por ciento de la muestra total– tenía condenas previas por un delito contra la integridad sexual. “Hay que tener en cuenta que en este tipo de delitos entra un abanico grande de conductas, desde abuso sexual simple, agravado, exhibición sexual obscena, corrupción de menores, facilitación de la prostitución ajena”, señaló Corach a PáginaI12, quien actualmente se desempeña en los tribunales de Viedma. Lo que sí observó de esos 6 reincidentes es que la naturaleza del delito de la nueva condena era más violenta que el anterior.
–¿Qué se debe hacer con las personas condenadas por violación? –preguntó este diario.
–Cualquier psicólogo que trabaje en estos temas debería comprometerse, pensar y sostener hasta el fin que se puede cambiar la conducta. Es una cuestión de ética profesional. He visto funcionar tratamientos, como el que se está llevando adelante en la Unidad Penal N° 1 de Viedma. Hay un equipo interdisciplinario que trabaja con ofensores sexuales. Tienen armado un dispositivo, con pautas de ingreso, de diagnóstico y de seguimiento, que comparten con el Patronato de Liberados. Tienen 50 casos. Comenzaron a trabajar en 2015. Hasta el momento no registran ninguna reincidencia. No puedo decir que no va a haber reincidencia. Si puedo decir que se tiene que intentar.