De cara a las elecciones generales que se celebrarán el próximo 14 de noviembre, las personas con discapacidad podrán ingresar al cuarto oscuro con el presidente de mesa o con una persona de confianza mayor de edad y tendrán prioridad de voto para evitar la fila. Así lo recordó este martes el Consejo Argentino para la Inclusión de las Personas con Discapacidad (Caidis).
Además, en el lugar de votación habrá un Cuarto Oscuro Accesible (COA) que deberá estar ubicado en el lugar más cercano al ingreso del establecimiento y estará destinado al voto de personas con discapacidad o con movilidad reducida.
El COA también está destinado a adultos mayores, mujeres embarazadas, personas que sufren lesiones temporales en miembros superiores o inferiores, personas con discapacidades invisibles (pacientes con cardiopatías, diálisis o en tratamientos oncológicos, enfermedades psiquiátricas no incapacitantes, entre otras).
Podrán votar todas las personas, incluidas las que se encuentran en establecimientos de salud mental o discapacidad, un derecho establecido por la Ley Nacional de Salud mental 26.657 y la Ley 26.571. Las personas con discapacidad podrán ingresar al cuarto oscuro con la persona que elijan mostrando su documento de identidad. Los datos personales quedarán inscriptos en el padrón electoral y no podrá asistir a otra persona en la misma elección.
El voto asistido no es sólo para personas con discapacidad visual, sino para toda persona con discapacidad o con una limitación física permanente o transitoria puede usar asistencia para emitir el sufragio. Las personas con discapacidad también pueden asistir a ejercer su derecho con su perro guía y aquellas que tienen una sentencia de incapacitación –insania/curatela- , estarán excluidas del padrón electoral.
En este caso, se puede pedir la revisión de la sentencia cuando la persona lo requiera (art. 40 Código Civil y Comercial de la Nación) y reclamar su inclusión en el padrón electoral, como así también que se designen apoyos para poder ejercer sus derechos políticos.
El Caidis recordóque hay accesibilidad cuando los edificios donde se vota tienen rampas que permiten el acceso y desplazamiento dentro del edificio; cuando las indicaciones son claras y hay dispositivos que permiten que las personas con discapacidad visual las conozcan. Y también cuando las autoridades de mesa están capacitadas para dar los apoyos que requieren las personas con discapacidad.
En caso de que en el establecimiento de votación existieran barreras arquitectónicas (escalones, escaleras) deberá dirigirse al Delegado de la Justicia Nacional Electoral o al personal del Comando General Electoral, quienes le proporcionarán la ayuda necesaria para que pueda ejercer su derecho.
El presidente del Caidis, Daniel Ramos, afirmó que “para que haya inclusión es fundamental el derecho a la participación política de las personas con discapacidad, que todos conozcan sus derechos, los ejerzan y que puedan exigir que se cumplan en el momento de ir a votar”.
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