En Catamarca solo 2 de las 45 comunidades originarias cuentan con el "relevamiento territorial Indígena". La prórroga de esta Ley permitirá otorgar derechos reconocidos en la Constitución Nacional.
Con media sanción en Senadores, el Congreso de la Nación analiza la prórroga de la Ley 26160 de Emergencia Territorial Indígena. El objetivo de esta Ley es poder dar respuesta a un vacío legal que tiene la República Argentina. En 1994, con la modificación de la Constitución Nacional, en su Artículo 75, Inciso 17, se reconoce los pueblos indígenas argentinos, su preexistencia étnica y cultural, también deben contemplarse la posesión de las tierras que tradicionalmente ocupan las comunidades, las que sean necesarias y suficientes, y si es necesario debe proveerse de más territorio.
La importancia que tiene el tratamiento de esta ley y su prórroga, es el financiamiento que plantea desde un principio. Daniel Delfino, director del Instituto Interdisciplinario Puneño de la UNCa, explicó que la última prórroga fue con la Ley Nº 27.400 que caduca el 23 de noviembre, “la Ley Nº 26160 fue prorrogada durante el gobierno anterior y se la desfinanció, ahora la discusión fuerte en el Congreso de la Nación, que ya se dio en senadores y está prevista en la cámara de diputados el 10 de noviembre, tiene que ver con el financiamiento de la misma”.
Esta Ley tiene un presupuesto de 250 millones de pesos por año. A lo largo de su plazo, 4 años, serían 1.000 millones de pesos y de acuerdo con las estimaciones del INAI (Instituto Nacional de Asuntos indígenas), serían alrededor de 70 millones de pesos para la provincia de Catamarca.
En el caso particular de Catamarca, Delfino comentó que cuando se dio la primera promulgación de la Ley en el 2006, la provincia tenía 1 o 2 comunidades, en la actualidad pueden contabilizarse alrededor de 45 comunidades. “Hasta el momento solo 2 de ellas tienen hechos los relevamientos territoriales indígenas, durante los últimos 4 o 5 años no se realizó ningún nuevo relevamiento, esto quiere decir que una ley sin financiamiento, es una Ley que no se puede aplicar, es por eso que la discusión central en el congreso de la Nación pasa por ahí”, explicó.
A su vez, Delfino aclaró que desde el instituto Puneño se viene trabajando en la temática y realizando algunos relevamientos en el norte del departamento Belén, “podemos decir que son estudios realmente costosos, hay que recorrer inmensas extensiones territoriales, los equipos son numerosos en términos de técnicos y profesionales que van recorriendo al lado de los comuneros y comuneras y las autoridades indígenas de las comunidades para reconocer el territorio. El desarrollo de la investigación insume meses de trabajo en territorio para cumplir con los objetivos”.
Convenio con el INAI
Otro de los puntos centrales a tener en cuenta, es el trabajo articulado entre las provincias y el INAI, en el caso de Catamarca y el INAI hay un acercamiento, están apuntando a que se plantee un convenio marco para que luego puedan existir otro tipo de convenios subsidiarios, para el reconocimiento de los estudios que hizo la UNCa y para que se puedan hacer con equipos técnicos, que definirá la provincia, los estudios ulteriores que las comunidades soliciten.
Pero es necesaria una respuesta a las comunidades que tienen las posesiones y puedan reclamar el avance de los trámites que implican la posesión de los títulos de las tierras. "Es por ello que es fundamental hasta tanto esté la Ley de propiedad comunitaria, y para poder avanzar, ya que esto se dirime en la Justicia, que las comunidades tengan las carpetas técnicas en donde se muestra a lo que hace a la posesión ancestral de los territorios", explicó el académico.
Derechos comunitarios
La reforma de la Constitución del año 1994 dejó un vacío legal para las comunidades originarias, la legislación solo contempla los derechos individuales en la posesión territorial, pero no los comunitarios, y en tanto se legisle, la Ley de emergencia territorial indígena es la única herramienta que permite frenar los desalojos que pudiera pesar sobre las comunidades indígenas en todo el país, incluso en la provincia de Catamarca.
Según los datos de la dirección de Tierras del INAI, en la actualidad hay 1756 comunidades originarias inscriptas en el INAI, de las cuales 989 ya tienen sus carpetas en mano y 767 son las que restan relevar, principalmente ubicadas en el norte del país.
Sanción Ley Nº 26160
La Ley nacional 26160 fue sancionada a fines del 2006 por un plazo de vigencia de 4 años, a efectos de dar respuesta a la situación de emergencia territorial de las Comunidades Indígenas del país, en consonancia con el Artículo 75, Inciso 17, de la Constitución Nacional y dando cumplimiento parcial al Artículo 14 inc. 2 del Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo.
La misma fue prorrogada en tres oportunidades: en el 2009 mediante la Ley 26.554; en el 2013 a través de la Ley 26.894, y en el 2017 mediante la Ley 27.400, por la cual se extiende su vigencia hasta noviembre de 2021. Es una ley de emergencia, y de orden público.