En menos de una semana de búsqueda activa, el represor y apropiador Juan Carlos Vázquez Sarmiento, quien había logrado mantenerse en libertad desde 2002 fue detenido. A principios de octubre, efectivos de la Policía de Seguridad Aeroportuaria lo identificaron caminando por la calle. La fuerza había sido requerida por el Juzgado interviniente para encabezar su búsqueda apenas días antes, y no hizo más que poner en marcha una de las tantas medidas que puede habilitar la Justicia para dar con el paradero de alguien que está sospechado de haber cometido un delito grave. Una sola. Hacía casi 20 años que Vázquez Sarmiento era “buscado”. ¿Cuántas personas están en su misma situación? ¿Qué está haciendo la Justicia para encontrarlos?
Son 24 las personas investigadas por su vínculo con secuestros, torturas, asesinatos y desapariciones, robo de bebés y de bienes durante la última dictadura cívico militar que están prófugos. La mayoría son militares retirados; también hay policías y civiles. Hasta hace algunos meses, la lista que difundía la Procuraduría de Crímenes contra la Humanidad, a cargo de María Ángeles Ramos, contaba 29 nombres, pero dos obtuvieron la falta de mérito, tres fallecieron y Vázquez Sarmiento fue atrapado. Solo uno en los últimos dos años. El resto está en situación de huída desde hace, en promedio, una década. 15 más están localizades en el exterior, pero todavía no han podido ser extraditades. Se ha avanzado con ese trámite en ocho de esos casos, pero los países en donde viven, trabajan, descansan y gozan libres ha rechazado la posibilidad de enviarlos a Argentina para que sean juzgados. En diciembre de 2019, se logró traer de Francia a Mario Sandoval y en mayo de 2020, a Gonzalo Sánchez desde Brasil.
¿Cómo y quién busca a los prófugos de lesa humanidad?
Una persona se la considera prófuga cuando, sospechada de estar vinculada a algún delito, la Justicia la convoca y no asiste ni se la puede contactar por intermedio de las fuerzas de seguridad públicas. Entonces el juez, la jueza o les fiscales, depende de quien esté a cargo de la investigación, notifican de la situación al Ministerio de Seguridad, a Migraciones y otras carteras, como el Ministerio del Interior, desde donde se encienden alertas.
Consultadas por este diario, las autoridades del Ministerio de Seguridad señalaron el Sistema Federal de Comunicaciones Policiales (SIFCOP) como el dispositivo que intercomunica entre la Justicia y las fuerzas de seguridad la información sobre “imputados que se encuentran judicialmente acusados como autores y/o partícipes de delitos de lesa humanidad”. Ese mecanismo, informaron desde la Secretaría de Seguridad y Política Criminal, a cargo de Mercedes La Gioiosa, “administra una base de datos en la que, por disposición de los magistrados competentes, se carga la información de cada una de las personas que se encuentran requeridas judicialmente. A partir de ello, las fuerzas de seguridad simultáneamente son puestas en conocimiento acerca de cada captura ordenada”.
Por otro lado, la información se “riega” hacia otros espacios de alcance público cuando las búsquedas llegan al Programa “Buscar”, gestionado por intermedio de la Dirección Nacional de Cooperación Judicial y Ministerios Públicos, que fija el pago de recompensas a quienes aporten datos certeros sobre el paradero de les prófugos. Sus nombres, sus fotos --antiguas y en blanco y negro en la mayoría de los represores buscados--, sus datos básicos --DNI, fecha de nacimiento-- y la razón por la que se los busca, “delitos de lesa humanidad”, figuran en afiches con el monto que ofrece el estado a quien, mediante llamado anónimo a la línea 134, aporte información certera sobre sus paraderos: dos millones de pesos.
No todos los prófugos de lesa humanidad, no obstante, están presentes en este programa que, durante la segunda mitad de la gestión de Cambiemos en el gobierno nacional fue virtualmente desactivado --no se actualizaron las partidas presupuestarias--.
Lo que debería ser y lo que es
Sin embargo, una cosa es informar y estar informado sobre la condición de prófuga de una persona y otra, bastante diferente, es buscarla activamente. Y que “hay muchas complejidades” para que lo segundo efectivamente suceda, deslizan pasillos judiciales adentro.
Para que cualquier fuerza de seguridad intervenga activamente en la búsqueda de un prófugo, quien esté a cargo de la investigación debe pedirlo expresamente a través de un "oficio de tareas investigativas", dice Maximiliano Lencina, director ejecutivo del Centro de Análisis, Comando y Control (CEAC) de la Policía de Seguridad Aeroportuaria. “Es el juez --la jueza o les fiscales-- quien tiene la obligación de investigar y determinar las medidas que considere más conducentes a la hora de encontrar a un prófugo”, insistió Lencina.
La selección de la fuerza a convocar queda, también, a criterio de quien esté al frente de la investigación judicial: la mayoría de las veces se participa a la Policía Federal o la Gendarmería, fuerzas con las que “no se tuvieron buenas experiencias. Hay excepciones, pero en general no buscan de manera exhaustiva”, indicaron desde sectores que participan en los expedientes. Algunas otras, y muchas veces por pedido de la Fiscalía y las querellas, se da intervención a la PSA. Según su oficina de difusión, esa fuerza participó “positivamente” en 479 casos vinculados a crímenes de la última dictadura.
Voces del Ministerio Público Fiscal y de las querellas particulares advirtieron más de un problema a la hora de describir las actividades que el Estado lleva a cabo para dar con estos prófugos. Por empezar, reconocen que “más de uno está durmiendo” en cuanto a la búsqueda de los represores prófugos. Hay una especie de “limbo” en donde caen las líneas de trabajo que deben apuntar a hallar a un prófugo: se libra la orden de captura, se notifica a las fuerzas, las autoridades, los ministerios. Y empieza a correr el tiempo. “Es como que se espera toparse con el prófugo, o esperar a que cometa un error como ir a votar o querer salir del país. En algún momento eso sucedía, pero ya no pasa, ya no se equivocan casi. Entonces nadie los busca, solo se espera a que aparezcan”, confió una fuente que prefiere mantener el anonimato. Desde algunos juzgados aportaron otra mirada: “Si no lo piden las partes, el juez muy poco puede hacer”, advirtieron.
El rol activo de las acusaciones
“Para el Poder Ejecutivo, la política de memoria, verdad y justicia tiene prioridad absoluta”, asegura Andrea Pochak, subsecretaria de Protección y Enlace Internacional en Derechos Humanos. En ese marco, la búsqueda y el hallazgo de represores y personas investigadas por cometer crímenes de lesa humanidad durante la última dictadura es “un deber”: “Las diferentes áreas tenemos el deber de garantizar la colaboración activa a la Justicia en la búsqueda. Es importante que estas personas sean encontradas y juzgadas”, remarca y añade, a la dicusión sobre el “limbo” mencionado anteriormente que “todas las instancias del Estado deben buscar a esta gente. No corresponde que nos quedemos con los brazos cruzados. Si no hay orden de captura, es deber de los jueces dictarla. Y una vez que está esa orden, corresponde colaborar”.
Pochak coincide en la “necesidad” de que las partes acusadoras en las investigaciones sobre crímenes de Lesa Humanidad tenga un “rol activo”. “Algo que siempre tenemos que hacer es evitar que los pedidos de búsqueda, las alertas de interpol, los pedidos de extradición --en los casos en los que ya hayan sido localizados en otros países-- se caigan”. Cosa que pasa a veces porque pasó el tiempo sin resultados o porque la Justicia deja de buscarlos “al entender que no hay prueba suficiente para avanzar”. En ese sentido, también es “responsabilidad de las querellas y Fiscalía alimentar periódicamente las causas, seguir buscando pruebas”.
Cuando una persona es encontrada en otro país, pero su pedido de extradición es rechazado, la Secretaría de DDHH "impulsa juicios en los países en donde están junto con la Cancillería, las embajadas. Intentamos, además, constituirnos como querellas institucionales --representantes del Estado argentino--”, explicó Pochak. Fiscales y abogades de querellas particulares suman una acción más: apelar decisiones que atentan contra el proceso, en donde no tienen demasiada suerte. En San Nicolás, por ejemplo, dos represores --Aníbal Sánches y Rubén Alcuri-- que nunca se presentaron a declarar fueron “salvados” con la falta de mérito, y aunque la Fiscalía y las querellas se opusieron.