El conductor televisivo y radial Eduardo Feinmann deberá pagar 30 mil pesos por calumnias. Así lo dispuso el juez Javier De la Fuente, a cargo del Tribunal Oral 24.
El fallo deberá publicarse en los medios del multimedios América, donde se difundió la calumnia, y Feinmann tendrá que pagar los costos del juicio.
La causa fue iniciada por el exmarino Julio César Urien, quien estuvo preso durante la última dictadura cívico militar.
El 30 de octubre de 2019, a través de la pantalla del canal A24, Feinmann aseguró que Urien era “odiado en la Armada Argentina, porque como exguardiamarina el tipo mató a un cabo a sangre fría, cuando siendo oficial de guardia de la ESMA la quiso tomar y le pegó un balazo en la cabeza".
El episodio en cuestión alude a un hecho ocurrido el 16 de noviembre de 1972, cuando, en la víspera del regreso de Juan Domingo Perón a la Argentina, tras 17 años d eexilio, un grupo de suboficiales, entre los que se hallaba Urien, tomó la Escuela de Mecánica.
Hubo resistencia y durante el incidente fue muerto el cabo Leonardo Contreras. Los sublevados fueron detenidos, entre ellos Urien, y recuperaron la libertad con la amnistía de mayo de 1973. Al momento de la muerte de Contreras, Urien ya había sido reducido.
"Yo quiero recordar que, a pesar de haber sido encarcelado y después dado de baja, Néstor (Kirchner) lo ascendió, una cosa rarísima, rarísima, lo ascendió dos grados, a teniente de fragata, y le pagó todos los sueldos caídos de 30 años", agregó Feinmann. "¿Es muy impresionante, no? Bueno, este tipo es uno de los asesores del actual presidente electo en temas de seguridad y de Fuerzas Armadas”, añadió, en alusión a Alberto Fernández, que acababa de derrotar a Mauricio Macri.
Ante esos dichos, Urien llevó al conductor ante la Justicia. El juez De la Fuente determinó que “se afirmó un hecho falso, sumamente grave, afectando el honor del querellante, lo que evidentemente excede todos los límites que rigen respecto del ejercicio del derecho de información, la libertad de prensa y la función del periodista”.
El magistrado remarcó que "por la trayectoria, la formación y la calidad de abogado de Feinmann, es evidente que no se ha comportado conforme a las exigencias del orden jurídico (...) lo cual pone en evidencia una mayor consciencia del ilícito”.
Más adelante el juez advirtió que “no hay ninguna razón para pensar que Feinmann hubiese hecho esas manifestaciones en la creencia de que lo que decía se ajustaba a la verdad”.
Durante el proceso, Feinmann afirmó que no quiso injuriar a Urien "sino simplemente informar hechos, amparado en su derecho constitucional de libertad de expresión y trabajo”.
No obstante, la sentencia puntualizó que no estaba en debate la libertad de prensa “sino exclusivamente el haber atribuido falsamente la comisión de un homicidio” al querellante.
"No se limitó a emitir opiniones críticas o juicios de valor, que puedan resultar ofensivos para terceros o el propio destinatario, sino que afirmó un hecho objetivo que no se ajusta a la realidad", sostiene la sentencia.
Además, el juez desestimó el argumento del abogado querellado, según el cual "Urien era el líder de un grupo terrorista" y que él "únicamente procuró describir un acto terrorista, puesto que ese grupo de terroristas fue el que mató", aunque "Urien no haya disparado, pues era el líder de quienes integraban ese grupo, a quienes calificó como asesinos”.
De la Fuente desmontó el argumento recordando que “No es lo mismo acusar a alguien de ser el cabecilla o de participar en un intento de motín en el que se causó la muerte de la víctima, que ser el autor del homicidio”.
De la Fuente citó el Código de Ética del Foro de Periodismo Argentino (Fopea), según el cual "los periodistas deben evitar la difusión, propagación o multiplicación de información falsa, errónea o tergiversada, negándose a dar entidad a versiones que no hayan sido confirmadas por fuentes fiables".
Ahora, además del cumplimiento del fallo, queda por ver si Urien querella a Feinmann por daños y perjuicios.