La causa conocida como Hotesur y Los Sauces, donde se investiga supuesto lavado de dinero a través de alquileres de propiedades y plazas hoteleras, entró en una etapa de definiciones ya que el Tribunal Oral Federal 5 (TOF) deberá resolver si hace lugar al pedido de sobreseimiento de Cristina Fernández de Kirchner y sus hijos Máximo y Florencia. La Unidad de Información Financiera (UIF) hizo una presentación donde pide avanzar en esa resolución antes de decidir si se avanza o no con el juicio oral y, aunque no se expide sobre la discusión de fondo, aclara que para que haya lavado debe haber un ilícito previo, pero eso es precisamente parte de lo que la defensa puso en discusión al plantear que un peritaje mostró que todas las operaciones se hicieron en forma bancarizada y que el supuesto delito "precedente" (que según la acusación sería la construcción de rutas en Santa Cruz) ya fue sobreseído. El fiscal Diego Velasco tiene tiempo de expedirse hasta este miércoles.
La vicepresidenta y sus hijos hicieron el pedido de sobreseimiento después que se conoció el resultado de un peritaje que confirmaba que los alquileres siempre se hicieron en blanco, a través de movimientos bancarios corroborables, a precios de mercado, por lo tanto no sería dinero negro. Si hubiera blanqueo, debería ser derivado de un delito anterior. Pero los abogados Carlos Beraldi y Ary Llernovoy señalaron que tampoco existe ese ilícito, que en el requerimiento de elevación a juicio se identifica con la construcción de obra pública, en especial de rutas. La hipótesis del expediente, por la que se pretende juzgar a CFK, es que los Kirchner en realidad cobraban retornos de la obra pública bajo la máscara de alquileres a Lázaro Báez, a Cristóbal López y a Fabián de Sousa, entre otros empresarios. Se señalaba el pago por habitaciones en el Hotel Alto Calafate o el alojamiento para la tripulación de Aerolíneas Argentinas.
Así, para la defensa, además de que los pagos fueron en blanco, hay una lista de obras que implicarían el supuesto origen espurio del dinero, por las que ya hubo sobreseimientos hace tiempo, y otras que son parte del juicio de "Vialidad" o de la "Obra pública", que está transcurriendo en la actualidad, a cargo del Tribunal Oral Federal 2. Los hechos señalados abarcan el período de 2008 a 2016 y, según la defensa, debería aplicarse la ley 25.246, que exige identificar el delito en el que se basaría el lavado, lo que en este caso y desde este ángulo no sería posible.
La presentación de la UIF --organismo que está en un proceso de transición, tras la renuncia de su extitular Carlos Cruz-- pide algo elemental: que se defina si se puede hablar de lavado, de delito precedente, y que se tenga en cuenta que según la defensa de la vicepresidenta podría haber riesgo de un doble juzgamiento, algo que está prohibido.
Hay un párrafo que aclara cuál es el criterio a tener en cuenta al analizar el posible delito con cierta coincidencia sutil con la defensa: “Toda maniobra de lavado de activos reconoce como paso previo un delito precedente sin el cual no resulta posible comprender acabadamente los hechos aquí investigados ya que aquél constituye un elemento ineludible a la hora de analizar un delito complejo como lo es el lavado de dinero. Por ello, para comprender la maniobra es necesario efectuar un análisis del ilícito precedente que originó los fondos que luego fueron ingresados a la maquinaria de lavado para disimular su origen y permitir su disponibilidad”.
Según la UIF, una clave sobre qué deberá analizar el TOF 5 es esta: "Las cuestiones planteadas por los defensores, que hacen a la imposibilidad de juzgamiento del delito precedente (...) tornan ineludible dilucidar la cuestión con carácter previo a que se juzguen hechos por lavado de activos, dado que la existencia de un delito precedente o un ilícito previo constituye un elemento ineludible para la existencia de lavado de activos".
Es esperable que el fiscal Velasco intente avanzar con la acusación. Los jueces que tienen a cargo una definición son Adrián Grünberg, Daniel Obligado y Adriana Palliotti. Los dos primeros ya participaron en resoluciones que decidieron no hacer juicios orales: el primero con el Plan Qunita y el segundo con el Memorándum con Irán. Otro antecedente es el de la causa Dólar Futuro, donde la decisión de no avanzar fue de la Sala I de la Cámara de Casación, la misma que intervendría en Hotesur-Los Sauces.