El comodoro retirado Jorge Alberto Espina fue condenado a 14 años de prisión por crímenes de lesa humanidad en perjuicio de diez víctimas, según el veredicto comunicado hoy por el Tribunal Oral en lo Criminal Federal 2 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, que investigó los delitos cometidos durante la última dictadura cívico militar en el centro clandestino de detención y tortura conocido como Virrey Cevallos.
Al formular sus últimas palabras ante el tribunal en la causa denominada Virrey Cevallos II, Espina alegó que "no sabía nada" de lo acontecido en el centro clandestino ubicado en el barrio porteño de Monserrat y que funcionó bajo la órbita de la Fuerza Aérea.
El acusado aseguró que "no cometió los delitos que se le imputaban; no recibió órdenes, ni participó" en las sesiones de torturas que se llevaron a cabo en ese lugar y añadió que esperaba "una declaración de inocencia" por parte de los magistrados.
El tribunal, integrado por Rodrigo Giménez Uriburu, Jorge Gorini y Javier Ríos, con la intervención del fiscal general Pablo Ouviña, resolvió que los delitos investigados debían ser considerados como crímenes de lesa humanidad y condenó a Espina a la pena de "14 años de prisión, inhabilitación absoluta y perpetua" por considerarlo coautor penalmente responsable de los delitos de "privación ilegítima de la libertad, agravada por haber sido cometida por funcionario público con abuso de sus funciones o sin las formalidades prescriptas por la ley y por mediar violencia y amenazas", como así también por "su duración de más de un mes en concurso ideal con la imposición de tormentos en relación con las condiciones de cautiverio impuestas reiterado en tres ocasiones en perjuicio de Carlos Daniel Gurbanov, Miriam Liliana Lewin y Osvaldo Antolín".
De acuerdo con el tribunal, esos delitos concurren, entre otros, con los reiterados en nueve ocasiones en perjuicio de Juan Crisoto Alcaráz, José Oscar Osuna, Osvaldo Antonio López, Vilma Gladys Aoad, Osvaldo Gabriel Lanzilloti, Jorge Augusto Lorenzo y Alejandro Andrés Lorenzo.
En el juicio se investigaron los crímenes de lesa humanidad cometidos en 1977 en el centro clandestino de Virrey Cevallos, localizado en la calle Virrey Cevallos 628, 630, 636 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y que funcionó bajo la órbita de la Jefatura II de Inteligencia de la Fuera Aérea.
Espina, quien a la época de los hechos era vicecomodoro de la Fuerza Aérea, fue acusado como autor mediato de los delitos de privación ilegal de la libertad --agravada por mediar violencia o amenazas-- reiterada en diez ocasiones que concurren realmente entre sí, de los cuales tres casos se encuentran agravados por durar más de un mes, en concurso ideal con el delito de imposición de tormentos en ocho ocasiones que concurren en forma real entre sí.