El Tribunal de Trabajo N°1 de La Plata confirmó la multa impuesta a la empresa Pedidos Ya por irregularidades en el registro de los trabajadores de la plataforma. Fue tras una apelación de la empresa. Con esta confirmación, ya son tres los tribunales que resolvieron a favor de la provincia de Buenos Aires y acreditaron que las empresas de plataforma tienen una relación laboral con los repartidores

La decisión se suma a una medida tomada en el mismo sentido por el Tribunal de Trabajo Nº 2 de La Plata contra la empresa Rappi, el 29 de septiembre con argumentos similares; y del Tribunal del Trabajo Nº 4 de la misma ciudad que confirmó el 10 de septiembre la vigencia de las multas a la plataforma digital Glovo por un incumplimiento similar de las normativas laborales. 

Las sanciones, que se aplicaron en junio, se desprendieron de un operativo realizado en 2020 en el que se relevó la situación de 172 trabajadores de La Plata, San Isidro, Vicente López, Avellaneda, Lanús, Lomas de Zamora, Quilmes y La Matanza. Se detectó falta de cobertura en materia de salud laboral, pago de aguinaldo y el otorgamiento de vacaciones entre más del 97 por ciento de las y los repartidos relevados. 

Una vez hecho el relevamiento, se le pidió a las empresas que envíen la información correspondiente en función de cada irregularidad registrada. Podían presentar los papeles que acreditaran el cumplimiento de la normativa o realizar un descargo, camino que eligieron las plataformas sosteniendo que no tienen trabajadores en relación de dependencia porque son emprendedores y usan su tiempo libre en esta actividad. Esta narrativa contrasta con el resultado del relevamiento: el 73 por ciento de las personas trabajan los siete días de la semana, es decir sin jornada de descanso. A esto se le suma la intensidad de la carga horaria diaria promedio: el 53 por ciento trabaja nueve horas o más por día. 

Lo central del asunto es que por primera vez un ente estatal, la cartera de Trabajo bonaerense que actúa de policía de trabajo, determinó la responsabilidad que tienen las empresas en estas relaciones: "Los trabajadores tienen una relación de dependencia técnica, jurídica y económica con las empresas y por lo tanto corresponde registrarlos para que accedan a sus derechos laborales como ART, aguinaldo y vacaciones", explicó a PáginaI12 la ministra de Trabajo bonaerense, Mara Ruiz Malec.

Las multas aplicadas ascienden a 17,7 millones de pesos para Pedidos Ya, 16,4 millones para Rappi y 6,3 millones para Glovo. El monto fue determinado en función de las infracciones que cometió cada empresa: "La más grave es la del no registro como trabajadores en relación de dependencia, pero además encontramos infracciones en las condiciones de salud y seguridad en el trabajo", indicó la ministra. En la provincia es obligatorio que las empresas confeccionen e implementen un protocolo especial para la covid, que tampoco se cumplía. 

"Nuestra intención no es recaudar, sino que se pretende que la empresa además de pagar arregle la situación que generó esa multa. Las evidencias que encontramos son súper contundentes: los trabajadores reciben órdenes, trabajan con elementos entregados por las empresas con sus logos, no pueden negociar la cantidad ni los plazos del dinero que perciben por sus trabajos que, además, es su principal fuente de ingresos", explicó Ruiz Malec.

"Queremos que se visibilice y que se negocien condiciones de trabajo entendiendo que estas empresas están por fuera de la normativa laboral", sentenció Ruiz Malec. "Se trata de una actividad bastante tradicional que es el reparto en este caso de comida u otras cosas a domicilio, donde hay una herramienta novedosa que es una aplicación que determina otra manera de realizar el trabajo. Pero la relación laboral de dependencia no se exime".