Sobre la base del principio de "justicia universal", la Cámara Federal porteña ordenó reabrir y profundizar una investigación desde Argentina por violaciones a los derechos humanos contra la población civil de la comunidad Rohingya en el país asiático de Myanmar.
La decisión fue tomada por la sala I del Tribunal de Apelaciones, firmada por los jueces Mariano Llorens, Pablo Bertuzzi y Leopoldo Bruglia, quienes revocaron una decisión previa de la jueza María Servini. La magistrada había desestimado y archivado el caso por "imposibilidad de proceder". Ahora los camaristas le ordenaron reanudar la investigación y "profundizarla".
"Se debe recordar que nuestro país se encuentra habilitado para proseguir con la pesquisa, aunque los hechos acaecieran en Myanmar, en virtud de la recepción del principio de jurisdicción universal que ha sido consagrado constitucionalmente", concluyeron los camaristas.
Además, la Cámara aceptó como querellantes a un denunciante y a seis mujeres, quienes en una audiencia previa, ante estos tres jueces, de manera remota, ratificaron haber sido víctimas de violaciones, tormentos y contaron cómo fueron asesinados sus familiares.
La denuncia fue presentada a finales de 2019 en los Tribunales Federales de Retiro por Maung Tun Khin, presidente de la Burmese Rohingya Organization UK (Brouk), radicado en Londres. Tanto él como seis mujeres que escaparon a Bangladesh fueron aceptados como querellantes en el caso, y los representó el abogado Tomás Ojea Quintana.
"Los recurrentes sostuvieron que desde el inicio de estas actuaciones los delitos que denunciaron fueron cometidos íntegramente en Myanmar, en la provincia de Rakhine, lugar en el que se llevara a cabo un ataque generalizado y sistemático contra la población civil de la comunidad Rohingya", reseñó la sala I de la Cámara.
El tribunal encomendó además a Servini decidir si acepta como "amicus curiae" (amigos del tribunal) en el caso al abogado argentino Roberto Durrieu y al Centro de Derechos Humanos Robert F. Kennedy.
"No se ignoran las circunstancias señaladas por la jueza de grado en torno a las dificultades que acarrearía la pesquisa y el juzgamiento de sucesos acaecidos en un país geográficamente lejano, con un idioma y una cultura distinta. Pero, a la vez, no puede dejar de ponderarse la existencia de dispositivos de colaboración para la recolección de pruebas los que, en principio, facilitarían la compleja tarea", evaluaron los magistrados.
En ese sentido, recordaron que "el Mecanismo Independiente de Investigación para Myanmar se ha dirigido expresamente al juzgado de origen y ha indicado que se encontraba a disposición para compartir información, documentación y pruebas relevantes".
"La nota remitida ha expresado que la asistencia y cooperación se brindará en un marco de confidencialidad y seguridad de las fuentes, criterios que con independencia de la valoración que la juzgadora podría realizar, implican un medio con miras a facilitar su labor", agregó el fallo.