Finalmente el ex intendente de Aguaray, Enrique “Quique” Prado, fue declarado culpable por el Tribunal Oral Federal 2 de Salta (TOF 2) tras cinco meses de juicio y una larga jornada de audiencia que arrancó ayer pasadas las 8.30 y culminó pasadas las 21 horas.
Junto a él, estaban imputadas nueve personas más. De ésas se culpó por defraudación a la administración pública, y robo agravado por ser cometido en despoblado y en banda, en su carácter de delito continuado, y en calidad de coautor junto a Prado, al empresario y dueño de OSIP SA, Diego Alos. Sobre el joven Adrián Vera, si bien descartaron la figura de defraudación, sí lo consideraron culpable del delito de falsificación de documentos. Los demás imputados fueron absueltos.
El presidente del tribunal, Abel Fleming, junto a los vocales Gabriela Catalano y Domingo Batule, tras escuchar a los acusados, dieron a conocer un extenso veredicto que se prolongó por horas, en el que detallaron cada uno de los momentos del robo y dieron los argumentos jurídicos que sustentan su decisión. Concluyendo que tanto Prado, como Alos y Vera son autores responsables del robo de al menos 161 caños del Gasoducto GNEA que quedó inconcluso en la gestión de Mauricio Macri y que habían quedado abandonados a la vera de la ruta que pasa por las inmediaciones del poblado de Aguaray, en el departamento de San Martín, valuados por la empresa estatal IEASA (Integración Energética Argentina, exENARSA), en al menos 5 millones de dólares.
Sobre los demás, decidieron la absolución por distintos motivos. Tal y como había indicado la fiscalía a cargo de Eduardo Villalba, decidieron absolver a Dante Rodríguez, imputado por el delito de robo agravado de 14 caños, por el beneficio de la duda, al igual que al gerente de la empresa Perterser SRL, Andrés Ayala.
En cuanto al exsecretario de Hacienda, Fredy Marcelo Céspedes, quien había firmado la resolución 1215 para disponer de los caños junto a Enrique Prado, también fue absuelto de culpa y cargo sin más detalles. Lo mismo que los gerentes de la firma MyP Servicios Especiales, Miltón Saavedra y Bruno Degoy; el titular de la empresa Comarfil SA, Matías Rossi, y Cristián Buczek, encargado de la empresa Vera SA.
Los jueces calificaron la conducta de Prado y Alos como de un “plan criminal”, que buscó saquear la mayor cantidad de caños del gasoducto. Y coincidiendo nuevamente con Villalba, apuntaron a que la resolución municipal, a contrapelo de los argumentos del exintendente y su defensa, fue justamente la herramienta, urdida por ambos en una reunión de una estación de servicios de la zona de la que hay registro audiovisual. Sobre Vera sostuvieron que era un mentiroso y un estafador.
En sus argumentos, Fleming volvió varias veces sobre la resolución municipal 1215, con la que, consideró, “se cometió un delito de falsificación ideológica de instrumento público, que si bien no entró dentro de la acusación, lo vemos”. “Ese instrumento era falso, porque si era lícito no había delito”, agregó en otro pasaje, y luego detalló que gracias a ese papel en el que “se ve el sello de un intendente y de un secretario y nos dicen que van a hacer un trabajo de saneamiento ambiental cuando es falso, porque no existía una operatoria ligada a ese propósito”, le otorgaron a la empresa OSIP SA, de Alos, la posibilidad de remover los caños autorizando su traslado. “Acá nadie entregó caños, sino que los robaron, se los llevaron”, sentenció, recordando que eran del Estado nacional y no del municipio.
“Los caños se vendieron y se compraron, son cosas muebles, eso sucedió”, indicó posteriormente, por lo que con la justificación de calificarlos como pasivos o no ambientales, “no podían llevárselos a la casa, algo que es totalmente distinto”.
Antes, y como había advertido Villalba, todos los defensores habían apuntado contra Vera, a quien sindicaban como el que estafó a los demás, y declararon a sus defendidos, víctimas o simples compradores pero desconociendo que eran elementos producto de un robo. Este último fue detenido un par de semanas antes de iniciarse el juicio ya que estaba prófugo, y fue quien declarándose “imputado colaborador” le dio pistas al fiscal de la causa para imputar a los demás.
La defensa de Prado
Como desde el principio, el defensor del ex jefe comunal, Fernando Teseyra, consideró que no podían acusar a su defendido ni a los demás imputados por las declaraciones de Vera, a quien los mismos jueces catalogaron de “vende humo”.
Mientras que Prado reconoció como “un error” haber firmado la resolución 1215, y aseguró que no tenía la intención de cometer delito sino “de dar trabajo y cuidado por el medio ambiente y hacer que las empresas cumplan con lo que se pacta en un municipio”, ya que se basó en leyes provinciales para emitir la resolución que “actualmente están en vigencia en la provincia de Buenos Aires”. Por lo que no se hizo cargo “de lo que se hizo con la resolución, que hicieron un uso excesivo de la misma, de alguien que estuvo recorriendo todo el país con mi resolución”, dijo.
También adujo que la Carta Orgánica municipal lo avalaba, “me daba la facultad de tener el control de policía en esta cuestión”, por lo que para el finalmente condenado por robo y defraudación, su resolución “jamás tuvo, como dicen, las grandes portadas”, la intención de robar el Gasoducto.
“Lo único que dice la resolución era el saneamiento ambiental en base a pasivos ambientales”, que, relató “En Aguaray hay muchos” debido al abandono de materiales y maquinarias de obras inconclusas. “Los pasivos ambientales son recursos económicos muy importantes para los municipios”, dijo. “Se hace una obra que, eso es un artilugio que tienen las empresas, no terminan con la tarea de saneamiento ambiental, luego quiebran y se van”, se explayó el intendente depuesto a meses de haber asumido.
Expresó que a Vera no lo conocía y que no había tenido contacto con él, “no lo conozco, jamás hablé con él”. Y pidió que se remitan a las cámaras de seguridad “para ver si me reuní con él”.
"Una maniobra criminal"
La acusación del fiscal Villalba contra los finalmente declarados culpables sostuvo que Vera, que es de Mendoza, llegó a Salta a instancias de su comprovinciano Alos y de Prado, quienes lo contrataron para que fuera "el brazo ejecutor de la maniobra criminal”, porque tenía experiencia en el mercado de caños. Además del robo, le atribuyó la falsificación de documentación, entre ellos los remitos para trasladar los caños. Pero fue el primero en poner el eje en la resolución municipal, que fue a la postre, la que permitió el traslado de la mayoría de los caños que luego se vendieron en el mercado negro.
La ejecución de la megaobra del Gasoducto del NEA, proyectada en 2003 con el objetivo de llevar gas natural al noreste de Salta y a las provincias del Chaco, Formosa, Corrientes y Santa Fe, con una inversión de 2 mil millones de dólares, fue suspendida con la llegada del macrismo al gobierno nacional.
Si bien se había finalizado el 80% del tramo en las demás provincias, fue en Salta donde quedaron paralizadas las obras. Allí se depositaron los caños, valuados en unos 5.000 dólares cada uno, que quedaron acumulados a la vista de quienes por allí circulaban.
El robo de al menos 228 de estos caños, a finales de 2019 y comienzos de 2020, es el hecho que se investigaba en el juicio oral que comenzó a finales de junio ante el Tribunal Oral en lo Criminal Federal 2 de Salta, y que culminará el lunes con la lectura de los penas impuestas a los tres declarados culpables en la causa.