Luego de que el juez Federal de Catamarca, Miguel Ángel Contreras decidiera dictar la falta de mérito al ex Juez Juan Pablo Morales en la causa que lo investiga, junto a otras 7 personas, por comercialización de estupefacientes, la Procuraduría de Narcocriminalidad (PROCUNAR) tomó intervención en el caso. Así, durante la mañana de ayer los fiscales Federales de Santo Reynoso y Rafael Vehils Ruiz, junto al fiscal de la PROCUNAR, Diego Iglesias, apelaron la resolución de Contreras por “arbitraria” y “beneficiar” al imputado y le pidieron que se aparte de la investigación.

Además, detallaron el marco probatorio que existe contra Morales en donde con “diferentes roles y posiciones jerárquicas, se dedicó principalmente al comercio de material estupefaciente en Catamarca, pero esa actividad tuvo ramificaciones también a otras provincias argentinas”. En tanto, también mencionaron que el abogado, único libre de todos los imputados, quiso “entorpecer la investigación”.

Morales fue imputado el 8 de noviembre junto a 7 personas más: Marco Antonio Rearte, Domingo Sebastián Frías, Pablo Andrés Frías, Gabriel Lazarte, Emilce Aráoz, Roque Vizgarra y Ramón Baigorrí, luego de una investigación concretada por Gendarmería Nacional. El 7 de diciembre, el juez Contreras elaboró una resolución y dictó la falta de mérito sólo para el abogado.

En el extenso documento, los tres fiscales señalan todas las intervenciones de Morales desde que inició la pesquisa el 26 de julio. El objetivo, fue el de argumentar por qué solicitan al juez Contreras que deje de intervenir en la causa.

De “la lectura de la resolución puesta en crisis se advierten falencias en cuanto a la  motivación del Juez  que, a criterio de esta representación Fiscal, la tornan arbitraria por no guardar concordancia con los elementos probatorios existentes en el legajo. En consecuencia, este Ministerio Público entiende necesario se disponga el apartamiento del Juez Federal para entender en las presentes actuaciones. Asimismo, señalamos que existe un interés directo en el avance del presente recurso, en tanto la resolución impugnada lesiona la función propia del Ministerio Público, que es la de promover la actuación de la justica en defensa de la legalidad y los intereses generales de la sociedad”, explican.

Como primera cuestión, “vale decir que la presente pesquisa permitió develar el funcionamiento de un entramado delictivo, compuesto por una serie de individuos -entre ellos Juan Pablo Morales-. Concretamente, la organización se proveyó de cocaína y marihuana, -aunque no se descartan otros estupefacientes- en provincias del norte argentino, tales como Salta y Tucumán, manteniendo negociaciones con diferentes personas ubicadas en dichas latitudes, para luego transportar la mercadería ilícita a las provincias de Catamarca y La Rioja, a los efectos de distribuirla entre sus revendedores, no descartando que la banda haya abastecido también a mercados de mayor envergadura, como el de la Ciudad de Buenos Aires”, detallan.

De esta manera, explican que ese entramado pudo comprenderse de las escuchas telefónicas solicitadas por Gendarmería en donde “rara vez los imputados tomaron recaudos a la hora de referirse a sus planes delictivos en las conversaciones. Es decir, las maniobras desarrolladas por esta organización fueron descriptas por ellos mismos en sus conversaciones, con alto grado de detalle”.

Así desentrañan y explican lo escuchado y marcan que ya el 10 de agosto Morales fue mencionado en el marco de una supuesta transacción que se concretaría en Buenos Aires. En este caso, Gendarmería sigue a dos de los involucrados y los ve ingresar al estudio jurídico del abogado ubicado sobre calle República y luego partir en uno de los autos del mismo Morales para regresar media hora más tarde.

Posteriormente elaboran un mapa en donde colocan los nombres de todos los imputados según la provincia en donde actuaban y los roles que ocupaban. 

En este contexto, los fiscales Reynoso, Vehils Ruiz e Iglesias se refieren a lo actuado por Contreras y señalan: “además de la operatoria narcocriminal, la lectura de la causa también permitió a este Ministerio Público Fiscal detectar una serie de circunstancias que no podemos dejar de destacar, debido a que podrían responder a actos de considerable gravedad institucional”.

Según explicaron, “como corolario de las comunicaciones interceptadas, el 31 de octubre de 2021 los efectivos de GNA solicitaron al Juez de la causa una serie de registros domiciliarios y detenciones de varios de los involucrados, medida que fue dispuesta por el Magistrado ese mismo día. No obstante, en dichas diligencias, no sólo se omitió ordenar la detención de Morales, sino que tampoco se dispuso el registro de su estudio, a pesar de que las conversaciones lo indicaban como un posible lugar de reunión y de acopio. Esta circunstancia fue advertida por este Ministerio Público al momento de tomar contacto con el expediente, razón por la cual, se solicitó la inmediata detención, no sólo de Morales sino también de Lazarte y Aráoz”, pero el Juez no lo ordenó.

Por otra parte, resaltan que recién el 9 de noviembre, el Secretario Penal, Luis Barcat, solicitó que se lo inhiba de intervenir en el expediente por ser amigo de Morales, pero ya “había actuado como fedatario a lo largo de toda la pesquisa”. En este punto, detallan que “durante gran parte de la investigación, los efectivos de Gendarmería informaron, tanto al Juez Contreras como al Secretario Baracat, sobre el rol desempeñado por Morales, quien no sólo fue mencionado por los demás involucrados con nombre y apellido en diversos diálogos, sino que además se detectaron numerosas comunicaciones protagonizadas por el propio letrado, en las que claramente hacía referencia a las maniobras narcocriminales que se estaban desplegando”.

Sumado a todo esto, durante el desarrollo los allanamientos “Morales se hizo presente espontáneamente en la casa de Frías y de Rearte el día de los allanamientos alegando ser el abogado de ellos. Y aunque el Fiscal solicitó se cite a declarar a los testigos de ese allanamiento, la medida fue rechazada por el Juez”.

Por otra parte, cuestionan que el Juez conocía la existencia de una nulidad planteada por Morales y su defensor en la causa y “sin correr vista al Ministerio Público Fiscal sobre dicha nulidad, adelantándose, dictó la falta de mérito basándose precisamente en la prueba atacada, lo que demuestra cierto apuro por parte del Juez en beneficio de Morales”, describen y remarcan: “Queda claro que las charlas de Morales no eran conversaciones de asesoramiento jurídico a sus clientes, sino respecto de operaciones de narcotráfico”.

“Por todo lo expuesto, luego de ponderar las probanzas obrantes en la causa, sumado a las situaciones irregulares antes reseñadas, este Ministerio Público no puede más que concluir que los escuetos e inconsistentes fundamentos expuestos en la resolución apelada -y la omisión de muchos otros- fueron considerados de forma discrecional y arbitraria por parte del magistrado, desoyendo la lógica interpretativa propia de la sana crítica, beneficiando de forma desequilibrada a Morales”, refieren los fiscales.

Por último, explican que el Ministerio Público solicitó dos veces la detención de Morales, “en las que se insistió sobre el peligro de entorpecimiento de la investigación, a raíz de diversas actitudes evidenciadas y protagonizadas por el letrado, quien en todo momento, intentó influir en sus coimputados y en el desenvolvimiento del proceso, a los efectos de asegurar su impunidad”.

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