El Juzgado en lo Contencioso Administrativo Federal 5 rechazó este martes un pedido de Carlos Tevez para quedar exento de pagar el Aporte Solidario de las grandes fortunas.

Para la Justicia, no debe proceder la medida cautelar que presentó el exjugador de Boca, quien había cuestionado que el impuesto es "confiscatorio".

Según los abogados del delantero, el impuesto implicaba una "incidencia del 200% de sus rendimientos percibidos durante 2020, es decir, absorbía el equivalente a la renta obtenida en dos ejercicios anuales completos".

Pero para el juzgado, "se rechaza la medida cautelar solicitada" ya que el asunto "excede ostensiblemente el instituto cautelar, en tanto las cuestiones planteadas requieren un estudio más profundo del que aquel autoriza y demandan una mayor amplitud de debate y prueba".

Entre los deportistas o exdeportistas que presentaron recursos judiciales para no pagar el Aporte Solidario figuran Gabriel Batistuta, Diego Placente, polistas de La Ellerstina y el excorredor de rally Luis Pérez Companc.

"Ello es así en función de que el planteo efectuado por la actora y rechazado por la demandada, involucra cuestiones que presentan, en sí, significativa complejidad, requieren de debate, prueba y mayor análisis y, por lo tanto, exceden el acotado marco de conocimiento preliminar de esta medida cautelar solicitada", sostiene el fallo contra Tevez.

En este sentido, se ha dicho que "cuando el objeto de la cautelar solicitada coincide con el del juicio, ello impide el dictado de la tutela anticipada, pues no procede una medida cautelar si de la consideración de las circunstancias que señala la actora, se exigiría avanzar sobre los presupuestos sustanciales de su pretensión que, precisamente, constituyen el objeto del litigio; es decir, habría que adelantar un pronunciamiento sobre el fondo de la cuestión".