El Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Cataluña aprobó este jueves el toque de queda de una a seis de la mañana. La medida, que en principio durará dos semanas, fue solicitada por el gobierno regional y entrará en vigor desde la madrugada de este viernes para intentar frenar la ola de contagios de coronavirus. También se limitará el aforo en comercios y la cantidad de asistentes a reuniones sociales en espacios cerrados.
"Ómicron ha cambiado el panorama. Hay que reintroducir medidas que no nos gustan pero que son necesarias", dijo el miércoles el jefe del gobierno regional de Cataluña, Pere Aragonés.
Desde la medianoche del viernes, se limitará a diez personas la cantidad de asistentes a una reunión social. La Generalitat, además, cerrará las discotecas y restringirá al 50 por ciento aforos en interiores de bares y restaurantes y del 70 por ciento en comercios y espacios culturales. De esta forma, Cataluña se convierte en la única comunidad que adopta restricciones en las vísperas de las fiestas.
El Gobierno local había criticado la "inacción" del Ejecutivo Nacional ante el aumento de casos en el país, ya que la única medida anunciada por el presidente Pedro Sánchez fue la obligatoriedad del uso de barbijo en espacios abiertos y ofrecer asistencia del Ejército para acelerar la campaña de vacunación.
En una semana, la incidencia del virus creció un 28 por ciento en España y más del 40 por ciento de los pacientes que están en salas de terapia intensiva tienen coronavirus.
El miércoles Cataluña registraba 1.344 personas hospitalizadas con coronavirus, las unidades de terapia intensiva tienen 356 pacientes con covid y 38 fallecidos ese día.
El fallo del TSJ
El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJ) ha autorizado las dos medidas restrictivas que le había solicitado el Govern para enfrentar los efectos de la nueva ola de coronavirus. La Fiscalía se había opuesto a ambas medidas, pero los jueces del Tribunal dieron el visto bueno, aunque alertaron que incluso "podrían ser insuficientes" porque las reuniones se producen "en entornos cerrados y con elevada interacción entre las personas que asisten".
"La actitud jovial, aglomeración de personas, asociación a la interacción social o dificultad de mantener la distancia social con mascarilla pueden generar un mayor riesgo de contagio por la relajación de algunas cautelas", dice el fallo.
Los magistrados consideraron que las medidas son “necesarias” y que suponen una "reducida restricción de derechos" en comparación con la protección que ofrecen a la salud salud individual y colectiva y a la vida.