Las cooperativas y asociaciones civiles, entre otras entidades sin fines de lucro dejarán de pagar la percepción de 35 por ciento por las operaciones alcanzadas por el Impuesto PAÍS. En detalle, la medida de la AFIP dispone que "no se encontrarán alcanzadas por el régimen de percepción las entidades enunciadas en los incisos b), d), e), f), g), l) y p) del artículo 26 de la Ley de Impuesto a las Ganancias, texto ordenado en 2019". Estas entidades fueron incorporadas al conjunto de sujetos no alcanzados por el régimen de percepción a cuenta de los impuestos a las Ganancias y sobre los Bienes Personales por las operaciones con moneda extranjera. 

A su vez, las entidades beneficiadas son las asociaciones deportivas y de cultura física; las entidades religiosas; las instituciones internacionales sin fines de lucro con personería jurídica y con sede central en la Argentina. También asociaciones, fundaciones y entidades civiles de asistencia social, salud pública, caridad, beneficencia, educación e instrucción, científicas, literarias, artísticas, gremiales y las de cultura física o intelectual.