El Tribunal Oral Federal N° 1, integrado por el juez Marcelo Juárez Almaraz, comenzó anteayer el segundo juicio a funcionarios públicos de la provincia investigados por el cobro irregular del Ingreso Familiar de Emergencia (IFE), beneficio implementado por el gobierno nacional tras la declaración de la pandemia por la covid-19.
En la primera audiencia el fiscal Ricardo Toranzos expuso las acusaciones contra Paola Cantarella, Jesús Cuellar, Héctor Cari, Gabriela Cazón, Osvaldo Reynaga, Nicolasa Maras, Julio Pedro Laxi y Santos Palma. Todas estas personas gestionaron el cobro del IFE cuando ocupaban cargos de concejales en distintos municipios de la provincia. En el caso de Cantarella, Cuellar y Cari fueron reelectos en cargos legislativos durante los comicios de 2021, cuando ya estaban siendo investigadas.
El fiscal acusó a Cantarella, Cuellar, Cari y Cazón por defraudación a la administración pública en concurso con ideal con el delito de incumplimiento de deberes de funcionario público, en calidad de autores.
La misma acusación, pero en grado de tentativa, recayó sobre Reynaga. En tanto que la acusación contra Maras, Laxi y Palma es por incumplimiento de deberes en calidad de autores.
La fiscalía adelantó que apunta a probar que Cantarella, quien al momento del hecho era concejala de la localidad de Pichanal, solicitó ser beneficiaria con el IFE el 30 de marzo de 2020, sabiendo que el decreto 310 del Poder Ejecutivo Nacional, mediante el cual se puso en marcha este subsidio, impedía que los funcionarios públicos se postulen para cobrar la ayuda excepcional de $10 mil. En los primeros testimonios se mencionó que la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS) acreditó el beneficio a Cantarella en su cuenta sueldo del banco Macro el 13 de julio de ese año.
Cari era, y es, edil en Guachipas. El fiscal indicó que repitió la misma maniobra y percibió una cuota del IFE.
A Cuellar, de la localidad de Urundel, el beneficio le fue acreditado en dos ocasiones, igual que a Cazón, quien era concejal en Aguas Blancas, pueblo que limita con Bolivia.
En la audiencia, el fiscal ratificó la acusación penal resaltando que el subsidio había sido implementado para ayudar a las personas que no tenían relación de dependencia, es decir las más vulnerables durante el Aislamiento Social Preventivo y Obligatorio (ASPO).
Toranzos subrayó que las pautas de incompatibilidades para los postulantes del IFE estaban claramente establecidas en el decreto de implementación, en el que se aclaró que el ingreso de datos, al momento de solicitar el beneficio, tenía carácter de declaración jurada.
Beneficios sociales
Reynaga, Laxi, Maras y Palma, quienes integraban los concejos deliberantes de las localidades de San Lorenzo, Animaná, Los Toldos y Coronel Juan Sola (también conocida como Morillo o Rivadavia Banda Norte) respectivamente, fueron incluidos en el pago del beneficio porque cobraban la Asignación Universal por Hijo (AUH).
En su acusación, el fiscal dijo que la situación de estas personas es diferente a la de las otras cuatro. En esta situación, comentó el fiscal que se aprovecharon de una situación irregular, como la de ser beneficiarios der la AUH para percibir el IFE ilegalmente. Al mismo tiempo afirmó que hicieron incurrir en un error a la ANSeS, organismo que apremiado por otorgar la ayuda social con celeridad, dispuso que aquellas personas que percibían beneficios sociales, como la AUH, percibieran el IFE de manera automática.
Según el letrado "por su condición de funcionarios electos" estas personas debieron corregir de inmediato la situación, con excepción de Cari, que devolvió el dinero cobrado ilegalmente. Sin embargo, en el caso de Maras, se sabe que había declinado cobrar la dieta de concejala porque era tan mínima que estaba por debajo de la AUH que venía cobrando antes de ser electa.
Toranzos destacó que al tratarse de funcionarios elegidos por el voto popular, habían asumido el deber de cuidar y velar por los bienes pertenecientes al Estado, premisa también establecida por el Código de Ética de la Función Pública en el cual estaban comprendidos.
Cerró su alocución afirmando que en el debate aportará prueba documental y testimonial para demostrar que estas personas cometieron los delitos que se les atribuyen. Las defensas no estuvieron de acuerdo y sostuvieron que no hubo delitos, ya que no falsearon sus datos para solicitar el beneficio y el Estado Nacional tenía el deber de verificar si les correspondía el subsidio.
Más de mil denuncias
Ninguna de las personas acusadas quiso declarar ayer, jornada en la que comenzaron a escucharse los testimonios. Por pedido de la fiscalía, declararon funcionarios de la ANSeS y a un asesor legal del banco Macro.
Sheila Borzani, coordinadora de Asuntos Penales de la ANSeS, reveló que este organismo realizó unas mil denuncias penales por el cobro ilegal del IFE en distintos puntos del país. La funcionaria contó que quienes percibieron el subsidio de manera irregular recibían una carta documento con un plazo de 10 días para devolver el dinero y si no lo hacían, se realizaba la denuncia penal.
Sobre los hechos concretos que se investigan en este debate, dio detalles de las gestiones y el cobro del IFE por parte de los acusados y acusadas. Entre otros datos, aportó los números de IP de las computadoras desde donde solicitaron percibir ese beneficio.
Susana Aramayo, ex directora local de la ANSeS, ratificó los cobros ilegales y sostuvo que ante el escándalo suscitado quiso denunciarlos en la fiscalía federal y que fue objeto de hostigamiento interno dentro de la ANSeS.
En este sentido comentó que la ex concejala Maras se presentó en su oficina y le reveló que había renunciado a cobrar la dieta para no perder el cobro de la AUH, cuyo monto era mayor.
El juicio seguirá el próximo martes, con más testimonios.
En el primer debate por estos delitos, realizado en agosto pasado, el mismo tribunal condenó a Viviana Fernández y Javier Navarreta, ex gerenta y ex gerente de las agencias del PAMI en las localidades de Orán y Embarcación, a 3 años de prisión en suspenso e inhabilitación perpetua para ejercer cargos públicos.