Ninguna mujer colombiana irá presa por decidir interrumpir el embarazo hasta la semana 24 de gestación. Tras aplazar la decisión en varias ocasiones, este lunes la Corte Constitucional de Colombia votó y aprobó la despenalización del aborto en los primeros 168 días de embarazo.
Desde ese plazo en adelante, la interrupción del embarazo podrá hacerse en base a tres causales (riesgo para la salud física y/o mental de la mujer, malformación del feto y que la gestación sea producto de un abuso), es decir que en lugar de Interrupción Voluntaria del Embarazo (IVE) se considerará Interrupción Legal del Embarazo (ILE).
Hasta ahora, Colombia permitía la práctica desde el año 2006 únicamente en alguno de los tres causales.
La votación, postergada durante semanas, finalizó con 5 votos a favor (cuatro jueces, una jueza) y 4 en contra (3 juezas y 1 juez) En los primeros días de febrero, el máximo tribunal había designado nuevos conjueces luego de que uno de los magistrados fuera acusado de imparcialidad.
Qué dice el fallo de la Corte
La "conducta del aborto solo será punible cuando se realice después de la vigésimo cuarta (24) semana de gestación y, en todo caso, este límite temporal no será aplicable a los tres supuestos fijados en la Sentencia C-355 de 2006", explica el fallo de la Corte.
"Es un reconocimiento a la libertad y autonomía de las mujeres para decidir sobre sus cuerpos y proyectos de vida, características fundamentales de una ciudadanía plena", afirmó la colectiva Causa Justa, que reunión a organizaciones del activismo feminista que desde hace un año y medio reclama a la Corte que ponga fin a la lista de ciudadanas criminalizadas por abortar. En Colombia, cada año alrededor de 400 mujeres son llevadas ante los tribunales por interrupir el embarazo y se exponen a ser castigadsd con penas de entre 16 y 54 meses de cárcel.
En un comunicado, la Corte exhortó al Congreso y al gobierno a que, en el menor tiempo posible, formulen e implementen una política pública integral que evite la desprotección de la dignidad y los derechos de las mujeres gestantes, y, a la vez, proteja el bien jurídico de la vida en gestación sin afectar garantías de las ciudadanas.