La fiscal Valeria Haurigot logró aplicar por primera vez el criterio de reducción del derecho de un detenido al contacto con el exterior. Lo hizo en una fallo dictado por el juez Nicolás Foppiani, sobre un preso imputado por hacer más de 200 llamadas con fines extorsivos desde el penal número 6 de Rosario. Haurigot pidió aplicar "un régimen especial de comunicación con el exterior, el que va a consistir en limitar el contacto con terceras personas no privadas de la libertad a una video conferencia de no menos de media hora de duración cada 15 días mediante, con presencia de personal de Servicio Penitenciario en sala de conferencia". 

La fiscal reveló además que “cuando escuchábamos la línea telefónica del penal que estaba intervenida, se escuchaban otras voces de presos que parecían estar haciendo el mismo tipo de maniobras”. Hecho esto, también se identificó “a una persona que no está privada de la libertad y que cumplía el rol de recaudar lo que se lograba en este tipo de estafas”.

Y en esa línea explicó que imputaron "la figura de asociación ilícita porque hay una continuidad en la realización de este tipo de hechos. Y no se pide la prisión preventiva para los dos reclusos identificados porque estaban cumpliendo condenas a 17 años y 8 años, respectivamente, sino una reglamentación del contacto para asegurar los fines del proceso: que las víctimas puedan venir a declarar presentarse espontáneamente sin tener temor de que las vuelvan a contactar”.

“El juez Foppiani adaptó mi petición al sistema específico de una videollamada cada 15 días y de media hora de duración, con presencia de personal penitenciario y por el plazo de 90 días”, ratificó. “Se requiere una cantidad de costosas medidas probatorias y enviar las grabaciones a Buenos Aires para poder identificar las voces. Hay muchas voces de mujeres que son escuchadas” en las grabaciones. Justamente, la semana pasada, tanto Haurigot como el secretario de Seguridad pública, Jorge Bortolozzi, ubicaron a las visitas íntimas como momentos en los que se concretaban los acuerdos para actividades delictivas entre el interior del penal y el exterior. 

“Las líneas usadas son muchísimas. A una misma persona le llegaban llamados y mensajes escritos desde varias líneas”, precisó la fiscal. Y adelantó: “La defensa va a apelar” la resolución, “pero la restricción es totalmente válida y está fundada en el riesgo del proceso y en la necesidad de cortar con el delito”, aseveró Haurigot.