El Ministerio de Igualdad de España presentó su proyecto de reforma para garantizar que las adolescentes gestantes de entre 16 y 18 años puedan acceder de forma "autónoma" a la interrupción voluntaria del embarazo (IVE). El texto de reforma de la ley de salud sexual también propone eliminar los "tres días obligatorios de reflexión" entre la solicitud de la práctica y su realización, y la creación de un registro de objetores de conciencia.
La modificación busca terminar con los "obstáculos" y el "estigma social" de la interrupción del embarazo y, a la vez, "blindar" este derecho para garantizarlo en todos los establecimientos de salud pública, explicó la ministra de Igualdad, Irene Montero.
Según indicó la ministra, la modificación responde "a las denuncias de mujeres que afirmaron no poder abortar porque hay hospitales donde todos los médicos eran objetores de conciencia, entre otros impedimentos". Las personas gestantes a partir de los 16 años "del mismo modo que son responsables para trabajar o para tener relaciones sexuales, lo son para decidir sobre sus cuerpos", advirtió la funcionaria.
Los cambios
Montero detalló que la propuesta establece bajar de 18 a 16 años la edad mínima a partir de la cual una persona puede decidir abortar sin necesidad de contar para ello con el consentimiento de sus padres. El requisito había sido introducido en la ley por el anterior gobierno.
La reforma también busca garantizar la creación de una línea telefónica especializada en derechos sexuales y reproductivos, que informará sobre el procedimiento que debe seguirse para asegurar la IVE. Si la persona solicitante tuviera dificultad en el acceso, el servicio deberá detallarle sus derechos y cómo ejercerlos de manera plena.
Montero remarcó que deberá ser la persona solicitante quien elija el método de interrupción, por lo que los centros de salud tendrán que brindarle la información necesaria para que tomar la decisión. Además, el gobierno busca eliminar el requisito obligatorio de "reflexionar" durante tres días antes de realizarse la práctica.
Según el proyecto de reforma, todos los hospitales públicos con servicio de ginecología y obstetricia deberán contar con profesionales que puedan practicar la IVE. Para ello, la ley reformada será "compatible" con el "derecho a la objeción de conciencia" y creará un registro de objetores, indicó Montero. En 2020, en España solo el 15,49 por ciento de los abortos se practicó en centros públicos, por las objeciones de conciencia.
En Argentina
La Ley 27610 de Acceso a la Interrupción Voluntaria del Embarazo (IVE), sancionada en 2020, establece que las personas gestantes mayores de 16 años de edad tienen plena capacidad para prestar su consentimiento para abortar cuando lo solicitan.
La norma indica que los profesionales de la salud que deban intervenir de manera directa en la práctica tienen derecho a ejercer la objeción de conciencia, pero no es legal que todo el personal del servicio se declare objetor.
Sin embargo, el personal médico no puede negarse a realizar la práctica en el caso de que la vida o salud de la persona gestante esté en peligro y requiera atención inmediata e impostergable.
La ley argentina, por otra parte, establece que la objeción de conciencia no puede alegarse para negar atención sanitaria postaborto.