El presidente Alberto Fernández anunció que enviará al Congreso un proyecto de ley para “lograr en nuestro país un régimen de licencias parentales igualitarias”. La propuesta, según adelantó, apunta a ampliar “días por maternidad, paternidad y adopción” y a incluir “a trabajadores monotributistas y autónomos sin generar mayores erogaciones a los empleadores”. En su discurso ante la Asamblea Legislativa, también adelantó que mandará otro proyecto de ley “que establezca un sistema integral de cuidados con perspectiva de género” y “que permitirá crear más de 200.000 puestos de trabajo para quienes cuidan a más de 1 millón de personas que necesitan de esos cuidados”. Se trata de reclamos del movimiento de mujeres y feminista: el reparto desigual de tareas de cuidados en la crianza que recae mayoritariamente sobre las mujeres, es el núcleo de la desigualdad de género porque impacta en su inserción en el mercado laboral, en la posibilidad de desarrollar proyectos personales y el uso del tiempo libre y de ocio. Hubo varios intentos en las últimas dos décadas en el ámbito legislativo para ampliar la licencia por nacimiento por paternidad –que hoy es de apenas 48 horas, igual que por mudanza-- pero no prosperaron por la fuerte presión empresaria.

¿Cómo se modificarán las licencias?

El proyecto para reformar el régimen previsto en la Ley de Contrato de Trabajo amplía en un primer paso las licencias por nacimiento a 15 días para padres y progenitores no gestantes. Y la vuelve obligatoria, es decir, se la tendrá que tomar sí o sí. La experiencia en otros países como Uruguay e incluso Suecia –con uno de los regímenes de licencias más generosos—muestra que si no se convierte en obligatoria los padres y personas no gestantes evitan tomársela para no salir del mercado de trabajo por temor a sufrir perjuicios en sus carreras laborales.

El proyecto oficial prevé además la extensión progresiva de licencias hasta llegar –en un plazo a determinar que podría ser de 8 años— a una licencia de 128 días para madres y personas gestantes y de 90 para no gestantes.

En un primer paso, precisó a Página/12 la ministra de Mujeres, Géneros y Diversiad, Elizabeth Gómez Alcorta, se aumentarían 8 días en el caso de la madre o persona gestante para cumplir con el mínimo de 98 días que recomienda la Organización Internacional del Trabajo; al tiempo que será obligatorio que la mujer o persona embarazada se tome 30 días antes del parto.

“En ningún caso, recaerá el costo sobre el empleador privado. Para monotributistas y autónomos se prevé una asignación equivalente al salario mínimo vital y móvil por mes de licencia”, señaló la ministra Gómez Alcorta.

La iniciativa, que todavía no fue dada a conocer en detalle, también incorporaría nuevas licencias como: cuidado de personas enfermas, violencia de género, por trámites de adopción y acompañamiento de cónyuge/conviviente que se somete a técnicas de reproducción asistida. También contempla la situación de nacimientos múltiples, prematuros y de hijxs con discapacidad; y prevé la adopción. Se refiere a personas gestantes y no gestantes, y así evita referir al género de quien materna.

El proyecto de ley fue elaborado por los ministerios de Trabajo y Seguridad Social y de Mujeres, Géneros y Diversidad.

“Analizamos todos los regímenes del mundo. Cuando las licencias son optativas, se la toman muy pocos los padres o personas no gestantes. Entonces, lo que buscamos además de la “corresponsabilidad” en las tareas de cuidado, es desarmar desigualdades en el mercado de trabajo”, dijo Gómez Alcorta, en referencia a la tendencia de empleadores de optar por contratar varones frente a la posibilidad de que una mujer quiera o atraviese la experiencia de maternar. “También queremos que sea obligatoria porque le hace bien al niño o la niña que estén ambos progenitores para su cuidado. Hoy la ley nos dice que el lugar de los padres frente a la llegada de un hijo es el rol de proveedor, y que tiene poco que hacer frente a la nueva vida, porque lo manda en dos días a retornar a su empleo. Este proyecto de ley es una norma performativa muy clave frente a lo que nosotros tenemos que transformar. Por eso cuidados y licencias van de la mano: tenemos que modificar un modo de organizarnos para la crianza y los cuidados”, agregó la ministra.

--¿En qué consiste la ley que crea un Sistema Integral de Cuidados, anunciada por el Presidente –le preguntó Página/12.

--Necesitamos que haya corresponsabilidad en el cuidado y que no recaiga solo en las mujeres pero tampoco solo en las familias. Se debe involucrar el Estado, el sector privado y la comunidad. Lo que propone este proyecto es un marco normativo: por un lado, reconoce a los cuidados como una necesidad, un derecho y un trabajo, aunque quien lo haga reciba o no pago. Además, el proyecto piensa una institucionalidad dentro del propio Estado que establezca cómo avanzar en todos los servicios de cuidado, entre las distintas áreas involucradas como el PAMI, la Agencia Nacional de Discapacidad, Desarrollo Social, Salud, Obras Públicas, y todo pensado con perspectiva de género. Es un marco legal para reconocer el derecho a ser cuidado. Toma mucho de la norma uruguaya. ¿Cómo lo pensamos? Con más Estado, más sector privado y más comunidad involucrada en los servicios de cuidado. Un ejemplo es la reglamentación de la creación de guarderías en el sector privado, prevista en la Ley de Contrato de Trabajo pero que nunca se reguló. Saldrá en los próximos días y se establece que las empresas con más de cien empleadxs deberán contar obligatoriamente con jardines de primera infancia para hijas e hijos de trabajadorxs en sus primeros tres años de vida y pueden ser reemplazados por el pago de una suma de dinero acordada por la representación gremial. La ley hablaba de una obligación para empresas de más de 50 empleadas mujeres. La reglamentación hablará de personas trabajadoras y estaría contemplado que puedan agruparse para brindar el servicio varias compañías si están situadas en la misma área geográfica.

¿Cuáles fueron otros anuncios presidenciales de la agenda feminista?

* "Este año avanzaremos en la construcción de 326 nuevos espacios de Primera Infancia y finalizaremos otras 200 obras de mejora edilicia para 50 mil niños y niñas de hasta 4 años de edad." 

* "Estamos construyendo una Red de 30 Centros Territoriales de Políticas de Género y Diversidad en todas las provincias, para resolver las situaciones de violencia por motivo de género."

* "Estamos creando 80 equipos interdisciplinarios que asistan en casos de violencias de género y promuevan derechos en todo el territorio nacional."

* "Y vamos a fortalecer la Educación Sexual Integral. Queremos que los niños, niñas y adolescentes, sepan cuidar de sus cuerpos y de su salud reproductiva y sean responsables y tengan respeto con sus pares y, en particular, con las mujeres y las personas de las diversidades sexuales”.

Actualmente, entre quienes cuentan con licencia por maternidad paga, la legislación no contempla la maternidad por adopción, ni se prevén diferencias en casos de nacimientos múltiples, de pretérmino o de hijos e hijas con discapacidad. 

A nivel nacional, antes de la pandemia, las mujeres realizaban en promedio el doble de horas diarias que los varones en estas tareas. Durante la pandemia esta situación se intensificó aún más, siendo las mujeres quienes asumieron mayormente las tareas de cocina (79%), limpieza (77%) y apoyo escolar de chicos y chicas (78%) en los hogares, según las encuestas rápidas 2020-2021 realizadas por UNICEF en hogares con niños, niñas y adolescentes.

¿Cuántos días de licencia por paternidad ofrecen otros países?

En América, Argentina es de los países más atrasados en este tema. De aquellos que cuentan con licencias por paternidad, solo Guatemala tiene 2 días. Le siguen: Bolivia, Panamá y El Salvador con 3 días, Chile, Brasil y México con 5, Ecuador con 10, Uruguay con 13 y Colombia y Venezuela con 14. Con este proyecto, la Argentina contaría con una licencia por paternidad de 15 días que irá creciendo. En Europa, Italia tiene una licencia por paternidad de 10 días obligatorios y uno opcional, Francia tiene una licencia por paternidad de 28 días, y España ha igualado recientemente ambas licencias que, a partir del 2021, son de 16 semanas para ambxs progenitorxs. Países escandinavos como Suecia, por ejemplo, tienen un esquema aún más extenso de 480 días para repartirse entre ambos progenitores. La experiencia internacional demuestra que sólo las licencias con misma cantidad de días, mismo grado de obligatoriedad y misma fuente de financiamiento son las que garantizan una verdadera igualdad de género en el cuidado.

En el país, algunos sindicatos, como el de Trabajadores Judiciales de la Ciudad de Buenos Aires (Sitraju) ya lograron mejoras: en 2010 consiguieron en el convenio colectivo ampliar las licencias por maternidad a 120 días, es decir, un mes más que lo que indica la LCT. Y en el caso de parto múltiple o con complicaciones, la llevaron hasta 180 días. Además, la licencia por paternidad –y también por comaternidad, para cuando se trata de dos madres– es de 60 días, plazo que la debe ubicar entre las más altas del país. En la provincia de Buenos Aires se acaba de anunciar un incremento de días para el sector público. En otros ámbitos del trabajo estatal también están vigentes regímenes más beneficiosos que el que establece la Ley de Contrato de Trabajo.

¿Cuáles son los objetivos de la ampliación de licencias parentales?

→ Mejor distribución de las tareas de cuidado dentro del hogar

→ Más familias con derechos

→ Mejor inserción laboral de las mujeres.

¿Qué es el trabajo de cuidado?

Son todas las actividades que hacemos a diario para asegurar nuestra subsistencia y la de lxs demás. Cocinar, limpiar, ordenar, hacer las compras o estar al cuidado de niñxs, personas mayores o personas con discapacidad que requieran apoyos de algún tipo. Son tareas relacionadas con la reproducción, el bienestar y el sostenimiento de la vida.