Una mujer fue a iniciar los trámites de jubilación en la ciudad rionegrina de General Roca y se encontró con una sorpresa: durante toda su vida utilizó la identidad y el DNI de otra

Cuando la protagonista de la historia envió los papeles correspondientes a la Anses se enteró de que no podría acceder al beneficio porque otra mujer, con su mismo nombre y DNI, ya gozaba de su jubilación

Como tampoco contaba con un acta de nacimiento en el Registro Civil, debió intervenir la justicia de General Roca.

Tras la intervención de la jueza Moira Revsin, quien calificó el enredo como una "sumatoria de errores", la mujer podrá cobrar su jubilación aunque no haya registros acerca de su nacimiento ni sobre su filiación. 

El acta de nacimiento de una hermana mayor permitió comprobar la identidad del padre, pero no la de la madre ya que las dos personas son hijas de distintas mujeres. 

Hasta 1985, año en que entró en vigencia la Ley de Filiación, los hijos de personas no casadas podían ser inscriptos por cualquiera de los progenitores

Según la jueza, no se puede "omitir el contexto socio-geográfico e histórico en el cual se produjeron los nacimientos", y que todos los involucrados vivían en zonas rurales muy alejadas de centros poblados.

Revsin subrayó, además, que en ese momento, la inscripción de las filiaciones requería el consentimiento (individual y expreso) por parte de la madre y del padre cuando se encontraban en convivencia no matrimonial, por lo cual "abundan partidas de nacimiento de personas de áreas rurales en las que no están hechos los emplazamientos maternos, es decir, que figuran personas que tienen padre pero no tienen madre”, como el caso en cuestión.