Febrero es un mes con mucho movimiento artístico en La Rioja. La Fiesta de la Chaya y el resto de los carnavales se extienden por toda la provincia con distintos festivales. En este marco, un hecho ocurrido durante un evento transmitido en vivo por la cuenta oficial de Facebook del municipio de Chilecito, en ocasión de sus tradicionales corsos, determinó medidas en favor de una bailarina agredida por lxs locutores.

Los micrófonos quedaron abiertos y se empezaron a escuchar burlas de los locutores (un varón y una mujer) sobre los cuerpos de las bailarinas y apuntaron en especial contra una de ellas. Ely, la bailarina perjudicada, comenzó a recibir mensajes de quienes miraban el desfile de comparsas sobre la actitud de quienes conducían el evento. Además de realizar la denuncia por sus redes, concurrió a la Fiscalía.

El Juzgado de Instrucción de Violencia de Género y Protección Integral de Menores con sede en Chilecito, determinó dictar medidas de protección a favor de una bailarina que denunció a dos locutores por discriminación mientras se desarrollaban los corsos de carnaval en la localidad de Chilecito. 

La jueza María Beatriz Romano resolvió calificarlo como un hecho de violencia de género, conforme a lo establecido en la Ley 26485 de protección integral para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres. En este sentido determinó que hubo violencia mediática y psicológica.

Asimismo, la magistrada dispuso medidas como el cese y abstención de todo acto de perturbación, comentario, publicación, intimidación o cualquier tipo de violencia, prohibición de acercamiento a la denunciante, a su residencia habitual, lugar de desempeño laboral, estudio, esparcimiento y lugares de habitual concurrencia de la misma. Además, ordenó la realización de lxs denunciadxs de una capacitación en temática género.

En diálogo con La Rioja 12, Ely se mostró conforme con la determinación de la jueza, porque era su demanda y adelantó que también se presentará ante el INADI. Desde Villa Unión, otro departamento del oeste provincial, confirmó que la notificación llegó a su domicilio.

La ley 26485 establece tipos y modalidad de violencia. La violencia psicológica es un tipo de violencia que causa daño emocional y disminución de la autoestima o perjudica y perturba el pleno desarrollo. Mientras que la violencia mediática contra las mujeres, establecida como modalidad, hace referencia a las publicaciones o difusiones, mensajes e imágenes estereotipados a través de cualquier medio masivo de comunicación, que de manera directa o indirecta promueva la explotación de mujeres o sus imágenes, injurie, difame, discrimine, deshonre, humille o atente contra la dignidad de las mujeres, como así también la utilización de mujeres, adolescentes y niñas en mensajes e imágenes pornográficas, legitimando la desigualdad de trato o construya patrones socioculturales reproductores de la desigualdad o generadores de violencia contra las mujeres.

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