Mientras que Alberto Fernández anunció esta semana que enviará al Congreso un proyecto para lograr un régimen de licencias parentales igualitarias, en Catamarca la ley alcanzada en junio de 2021, fue vetada solo dos meses después de su entrada en vigencia.

La diputada del FDT Adriana Díaz, autora del proyecto, marcó el hecho en su IG con una captura de la nota de Página 12, y un descargo: “La Ley Provincial N° 5.696 del Régimen de Licencia Parental para Agentes de la Administración Pública fue sancionada el año pasado y luego vetada por el Ejecutivo”, recordó.

Resaltó además que “esta iniciativa, de mi autoría, que fue considerada positivamente desde diferentes organismos y organizaciones de trabajadoras y trabajadores, puso a nuestra provincia a la vanguardia en ampliación de derechos”.

“Esperemos que ahora que la Nación la pone en el tapete, se sancione definitivamente y podamos finalmente avanzar con esta igualación de derechos en la provincia”, señaló.

La norma había sido celebrada desde la Secretaría de Políticas de Igualdad y Diversidad del Ministerio de las Mujeres. Al respecto, Cecilia Merchán había expresado en un tuit: “Siempre a favor de políticas de tiempo que planteen igualdad en la responsabilidad de cuidar y contemplen a todos los tipos de familia. Felicitaciones Catamarca por esta nueva normativa de licencias que permitirá cerrar brechas y cuidar en igualdad”.

El gobierno argumentó para el veto que: “Hemos asumido un compromiso para lograr la igualdad y equidad de las mujeres, por lo que las transformaciones sociales que se dispongan a tales fines, se efectuarán progresivamente (…)".

Y agregaron: "Dichas transformaciones sociales deben adecuarse en todos los ámbitos laborales, para que no existan brechas desiguales entre todos los trabajadores y trabajadoras que integran el sector público y privado. La norma en cuestión es loable y su implementación deseable, pero es necesario lograr un mayor consenso con todos los sectores involucrados”.

La Ley vetada en Catamarca

La Ley Provincial N° 5.696 del Régimen de Licencia Parental para Agentes de la Administración Pública, que además estaba redactada en lenguaje igualitario, equiparaba por primera vez en la provincia y el país los derechos y obligaciones en cuanto al cuidado de lxs hijxs.

Respondiendo a los paradigmas de derechos humanos, reemplazaba y unificaba los términos de “Licencia por maternidad” y “Licencia por paternidad”, y suprimía el término de “cónyugue” por “conviviente”. Otorgaba la misma cantidad de días de licencia posnatal, o por adopción, de ambos cuidadores parentales.

Su autora había mencionado tres razones que consideró fundamentales en la construcción del proyecto: “los derechos de niños, niñas y adolescentes, el derecho de las mujeres y diversidades sobre todo el cuestionamiento de las tareas de cuidado y de los hombres a ejercer la paternidad en igualdad de condiciones”.