Los conductores del Área Metropolitana de Buenos Aires (AMBA), la de mayor densidad poblacional de la Argentina, tienen un conocimiento deficiente de las velocidades máxima y mínimas en las que se debe circular, y en el caso de las calles urbanas casi el 30 por ciento desconoce que no se pueden superar los 40 kilómetros por hora, según advirtieron especialistas en seguridad vial.
Según un sondeo realizado entre mil conductores de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (CABA) y el conurbano, el 71,4% contestó correctamente que la máxima es de 40 km/h, en tanto que un 11,2% dijo que era de 50 km/h, el 9% de 60 km/h y el 8,4% contestó que no sabía la respuesta.
El trabajo, realizado por técnicos del Observatorio Vial de la Cámara de Empresas de Software Vial, señaló también que solo 3 de cada 10 conductores saben cuál es la velocidad máxima de una autopista.
Cuando se consultó a los conductores sobre "¿Cuál es la velocidad máxima en autopistas?", solamente 3 de cada 10 (26,2%) contestó de manera correcta que la máxima para este tipo de camino es de 130 km/h, mientras que el 34,4% dijo 120 km/h, el 27,6%, hasta 110 km/h y el 11,8% dijo no saber la respuesta.
La ley nacional de tránsito 24.449 establece, en su artículo 51, las velocidades máximas que deben respetar los vehículos que circulen la vía pública e indica que estas velocidades máximas deberán ser respetadas, salvo que exista una señalización vial que indique lo contrario.
Durante el sondeo también se preguntó: "¿Cuál es la velocidad mínima en autopistas?" y más de la mitad no supo la respuesta correcta ya que el 26% de los consultados dijo 50 km/h, 9,5% indicó 40 km/h y el 17,6% dijo no saber.
Solo el 46,9% contestó correctamente que es la mitad del máximo para cada tipo de vía, destacó el sondeo.
"Es muy importante que se conozca la normativa vial y que también exista una penalización si no se respetan las velocidades mínimas. Circular por debajo de lo debido es considerado peligroso, por lo que debemos esforzarnos por cumplir las reglas", señaló el vocero del Observatorio, Facundo Jaime.
La ley nacional de tránsito establece en su artículo 52 que las velocidades mínimas "en zona urbana y autopistas" serán "la mitad del máximo fijado para cada tipo de vía" y en "caminos y semiautopistas: 40 km/h, salvo los vehículos que deban portar permisos, y las maquinarias especiales".
También expresa en su artículo 77 que constituye una falta grave "la violación de los límites de velocidad máxima y mínima establecidos en esta ley, con un margen de tolerancia de hasta un diez por ciento (10%)".
"Además de conocer las velocidades máximas de cada camino por el que transitamos, es muy importante considerar la distancia que necesitaríamos para un frenado a cero ya que si circulamos por una calle urbana a 40 km por hora, el vehículo necesitará aproximadamente 25 metros; y si lo hacemos por una autopista a 130 km/h., el auto requerirá unos 150 metros, con el camino seco", señaló Jaime, y advirtió que "estas distancias suelen duplicarse con un camino mojado".
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